Arturo Zaldívar dijo que habrá cero tolerancia con el juez federal señalado por acoso laboral

En breve tomará una decisión sobre el caso que involucra al juez Alejandro Castro Peña, tras circular un video en el que se le observa gritando al personal bajo su cargo

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(Foto: SCJN)
El titular de la SCJN y el CJF, Arturo Zaldívar, adelantó que habrá cero tolerancia al acoso laboral (Foto: SCJN)

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) señaló que en breve tomará una decisión sobre el caso que involucra al juez Alejandro Castro Peña, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa del Estado de Jalisco, tras circular en días recientes un video en el que se le puede observar gritando al personal bajo su cargo.

El CJF dijo que se encuentra analizando con detenimiento los videos que se difundieron en redes sociales acompañados de denuncias de empleados por los constantes maltratos a cargo del juzgador. Ante esta situación, el órgano del Poder Judicial señaló que los jueces tienen la obligación de conducirse con respeto en todo momento.

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Sobre este incidente, Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien además preside al Consejo de la Judicatura Federal, indicó a través de sus redes sociales que habrá cero tolerancia al acoso laboral en el PJF.

En la grabación se aprecia al juez Alejandro Castro Peña sosteniendo una fuerte discusión con su secretario de acuerdos. a quien le ordena “hágalo, maldito haragán” mientras que el subordinado le pide no gritar.

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UNA DE LAS MAYORES QUEJAS DE LAS PERSONAS QUE SUFREN ACOSO LABORAL ES EL EXCESO DE TRABAJO, LO QUE LES GENERA DOLORES DE CABEZA, INSOMNIO, PROBLEMAS DE ESPALDA, AUSENTISMO Y RETARDOS (FOTO: COLPRENSA-JOSE RUIZ).
UNA DE LAS MAYORES QUEJAS DE LAS PERSONAS QUE SUFREN ACOSO LABORAL ES EL EXCESO DE TRABAJO, LO QUE LES GENERA DOLORES DE CABEZA, INSOMNIO, PROBLEMAS DE ESPALDA, AUSENTISMO Y RETARDOS (FOTO: COLPRENSA-JOSE RUIZ).

México y el acoso laboral

Este 15 de marzo de 2022, el Senado de la República aprobó por unanimidad el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que elimina la violencia y el acoso laboral y sexual, al considerarse como una violación a los derechos humanos, además de representar una amenaza para los mexicanos para acceder a un trabajo digno.

La senadora Malú Micher destacó que 22.6 por ciento de las mujeres trabajadoras en México han sufrido acoso laboral y de ese porcentaje, el 19 por ciento es por acoso sexual.

Además, la Cámara Alta destacó las reformas a la Ley Federal del Trabajo donde se estipula e el derecho a la desconexión digital fuera del horario laboral.

¿Qué es el acoso laboral?

Senado de la República (FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM)
Senado de la República (FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM)

El Convenio sobre la violencia y el acoso 190 señala que la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género

Al ratificar este convenio, México deberá adoptar una legislación que exija a los empleadores tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, en particular, en la medida en que sea razonable y factible.

La OIT subraya que la violencia y el acoso son incompatibles con la promoción de empresas sostenibles y afectan negativamente a la organización del trabajo, las relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la reputación de las empresas y la productividad.

La Ley Federal del Trabajo de México en su artículo 132 indica que es obligación de los patrones implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.

En el artículo 133 se establece que todo patrón tiene prohibido realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo.

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