Congreso de Tlaxcala aprobó castigar con cárcel las terapias de conversión

Con la reforma, la entidad se suma a los otros seis estados que por ley han prohibido este tipo de tratamientos de tipo psicológico, entre ellos Ciudad de México, Estado de México y Baja California Sur

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El Congreso del Estado de
El Congreso del Estado de Tlaxcala aprobó una reforma que prohíbe y castiga con hasta 4 años de cárcel las terapias de conversión (EFE/Sáshenka Gutiérrez)

El Congreso del Estado de Tlaxcala aprobó una reforma que prohíbe y castiga con hasta 4 años de cárcel las terapias de conversión, llamadas Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), que afectan a la población LGBTTIQ+.

Con la publicación de un número extraordinario del Periódico Oficial del Gobierno de Tlaxcala, entró en vigor la reforma al Código Penal local que castiga con cárcel las terapias de conversión sexual, sumándose así a los otros seis estados que por ley han prohibido este tipo de tratamientos de tipo psicológico, entre ellos Ciudad de México, Estado de México y Baja California Sur.

El documento señala que una terapia de conversión sexual se vale de sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que “tienen el objetivo de anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona”.

Además, reconoce que el Código Penal para el Estado ya contiene un capítulo relativo a delitos que violan la identidad sexual, específicamente en el artículo 295 Ter, que establece penas de dos a cuatro años de prisión a quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión sexual.

La reforma establece penas de
La reforma establece penas de dos a cuatro años de prisión a quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión sexual (REUTERS/Daniel Becerril)

El artículo indica que la sanción también se impondrá a quien imparta el mismo tipo de terapia sin el consentimiento de la persona a la que se le aplica. Sin embargo, en el caso de que la víctima de los delitos que impliquen cualquier tipo de violencia sexual sea menor de edad al momento del agravio, la pretensión punitiva y la potestad de ejecutar las penas y las medidas de seguridad, son imprescriptibles.

Estados mexicanos que prohíben las terapias de conversión

Los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género llamadas ECOSIG cada vez pierden más fuerza a lo largo del país, ya que son prácticas violatorias de los derechos humanos y de la autodeterminación de quienes se identifican con la comunidad LGBTTIQ+.

Entre 2020 y 2021, algunos estados de la República han comenzado a aprobar reformas para que estas prácticas queden prohibidas, y de esa manera sancionar con cárcel a quienes las impartan; entre estos estados se encuentran:

Entre 2020 y 2021, algunos
Entre 2020 y 2021, algunos estados de la República han comenzado a aprobar reformas para que estas prácticas queden prohibidas (EFE/Sáshenka Gutiérrez)

Ciudad de México

La capital se convirtió en el primer estado en prohibir las terapias de conversón desde el año pasado, pues el 24 de julio de 2020 el Congreso de la CDMX aprobó una iniciativa sobre el tema, presentada por Temístocles Villanueva.

Las personas que impartan las terapias de conversión recibirán penas de entre tres y cinco años de prisión y deberán realizar entre 50 y 100 horas de trabajo comunitario; en caso de que la víctima sea menor de edad, las penas aumentarán en un 50 por ciento.

Estado de México

EDOMEX fue el segundo estado en prohibir las ECOSIG el pasado 20 de octubre del 2020 cuando el Congreso mexiquense aprobó una reforma presentada por la diputada Beatriz García Villegas e impulsada por Fuera del Clóset A.C.

La reforma modificó el artículo 21 del Código Penal del Estado, sancionando con entre uno y tres años de cárcel a quienes realicen esas prácticas, así como multas que van de los 50 a 200 día de salario mínimo y entre 25 y 100 días de trabajo comunitario.

La capital se convirtió en
La capital se convirtió en el primer estado en prohibir las terapias de conversón desde el año pasado (Congreso cdmx)

Baja California Sur

El 28 de junio del 2021 el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y al Código Penal estatal propuesta por la diputada Mercedes Maciel Ortiz.

Con la reforma, podrá ser sancionado entre dos y seis años de cárcel quien imparta terapias de conversión, además de recibir multas de entre mil y 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Zacatecas

El Congreso de la entidad se sumó a la lista de estados que prohíben las ‘terapias de conversión’ el 25 de agosto de 2021, al aprobar una reforma al artículo 182 Bis del Código Penal local.

Con ello, en Zacatecas se imponen sanciones de entre uno y tres años de prisión a quienes impartan ECOSIG. Las sanciones también contemplan multas de entre 50 y 200 veces el valor de la UMA, así como 300 días de trabajo comunitario.

En Zacatecas se imponen sanciones
En Zacatecas se imponen sanciones de entre uno y tres años de prisión a quienes impartan Ecosig (Congreso cdmx)

Yucatán

Junto a Zacatecas, Yucatán sancionó los “tratamientos” para reprimir el libre desarrollo de la personalidad, la orientación sexual o la identidad de género; además, en la histórica sesión extraordinaria también se aprobó el matrimonio igualitario.

Colima

El Congreso de Colima aprobó la iniciativa para prohibir los ECOSIG en el estado; la decisión trae consigo la reforma de diferentes cuerpos normativos de la entidad, como el Código Penal y la Ley de Salud estatal.

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