
Ana Baquedano, una joven yucateca de 23 años, fue víctima de lo que llaman "pornovenganza" cuando tenía 16. Su novio se aprovechó de un "pack", es decir, de fotografías compartidas con él, en las que ella aparecía desnuda en el baño, y la subió a una página de internet para extorsionarla.
Su imagen apareció en un extinta página web llamada "Yucatercos", que resultó ser parte de una red de trata de personas y en la que exhibían también datos personales como números telefónicos y direcciones.
"Se enteró toda mi escuela, mi familia, a donde fuera la gente ya había visto la foto, invadió todas mis esferas, sé lo que es contemplar suicidarte con tal de que la gente no vea esa foto", dijo la joven en entrevistas con medios locales.
A partir de esa experiencia, en diciembre de 2017 Ana le propuso al gobierno del estado combatir estas prácticas. Con ayuda de abogados comenzó a redactar la iniciativa, que buscaba castigar a quienes abusan de la confianza de las jóvenes y comparten en internet y redes sociales imágenes íntimas o contenido sexual sin su autorización.
La joven lo logró y los diputados locales aprobaron por unanimidad una reforma al Código Penal local que castigará hasta con cárcel a quienes incurran en "pornovenganza" o compartan un "pack" sin autorización.

Las penas, según la gravedad, van de 6 meses a 9 años de prisión, y la norma ya está vigente desde el pasado 1 de agosto.
De esta manera, Yucatán se convierte en el primer estado en el país en aprobar una ley que busca inhibir este tipo de prácticas que afectan psicológica y socialmente a la víctima.
Celia Rivas, presidenta de la Junta de Gobierno del Congreso explicó que no se sanciona "la conducta de tomarse fotos entre parejas –lo que se conoce como sexting–". Lo que está penalizado ahora es que, sin permiso de una de las partes, esas imágenes, videos o sonidos sean compartidos o utilizados para amenazar o extorsionar a la persona.
Por lo tanto, la legislación estableció que se castigará de 6 meses a cuatro años de cárcel, a quien intenta extorsionar, presionar manipular u obligar a otra persona con la amenaza de publicar su contenido sexual.
También se prevé de 1 a 5 años de cárcel a quien publique o comparta el contenido sexual sin autorización de la persona que aparece en la imagen, video, texto, audio o fotografía, dependiendo del nivel de difusión y de la cercanía de la persona con la afectada.
El castigo se incremente hasta 9 años de cárcel si la víctima es menor de edad.
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