
La causa por la muerte del estudiante, Thomás Octavo, de 17 años durante su viaje de egresados en Bariloche dio un nuevo paso judicial luego de que la jueza Romina Martini rechazara los pedidos de sobreseimiento y resolviera que dos acusados enfrenten un juicio oral por homicidio culposo. Se trata de un auxiliar de enfermería del hotel donde se alojaba y de un coordinador de la empresa de viajes.
Ambos fueron señalados por la fiscalía por una cadena de omisiones ante el cuadro de salud que derivó en el fallecimiento del adolescente. Luego de una audiencia donde los abogados defensores plantearon la inexistencia de deberes de cuidado y el vínculo causal entre las conductas atribuidas y la muerte del joven. La fiscalía y la querella, rechazaron esos argumentos.
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El caso se remite a octubre de 2022, cuando el estudiante viajó a San Carlos de Bariloche, en la provincia de Río Negro. Durante su estadía, comenzó con fiebre, dolor corporal, molestias estomacales y dolor de garganta. Seis días más tarde, el 25 de octubre, murió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por una falla multiorgánica asociada a un cuadro de sepsis por Streptococcus pyogenes.
La acusación fiscal ubica una etapa decisiva entre el 21 y el 24 de octubre. En ese tramo, una pericia médica consideró que una intervención adecuada podía haber alterado la evolución del cuadro infeccioso. Ese informe fue destacado por el fiscal jefe Martín Lozada, quien sostuvo que allí se concentró una ventana crítica para una derivación o un tratamiento médico oportuno.
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La imputación contra el auxiliar apunta a que atendió al adolescente en el hotel sin poseer título médico habilitante. Según la acusación, le indicó paracetamol y más tarde le administró un medicamento inyectable, pese a la persistencia de la fiebre, sin ordenar una consulta profesional ni una derivación a un centro asistencial. Para el Ministerio Público Fiscal, esa conducta configuró una intervención por fuera de sus competencias y sin la respuesta que imponía el agravamiento del paciente.
En el caso del coordinador, la fiscalía le atribuyó no haber gestionado una nueva evaluación médica a medida que el cuadro empeoraba. El joven presentó vómitos y tos y, pese a ese deterioro, el cuidado cotidiano recayó en sus compañeros.
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Uno de los puntos centrales de la acusación es el regreso del adolescente a Buenos Aires en un trayecto terrestre de alrededor de 21 horas, sin asistencia ni seguimiento médico. Para los investigadores, el fallecimiento era evitable y la muerte fue consecuencia de una sucesión de omisiones que vulneró los deberes de cuidado de los dos imputados.

Durante el control de acusación, las defensas pidieron el sobreseimiento y cuestionaron tanto el alcance de las responsabilidades como la relación directa entre esas omisiones y el desenlace fatal. Una de las representaciones estuvo a cargo de la defensora pública penal Natalia Araya. La jueza Martini rechazó esos planteos luego de un cuarto intermedio y habilitó el avance del proceso hacia la instancia de debate oral.
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La resolución judicial no implicó una definición sobre la culpabilidad, aunque sí consolidó el criterio de que existen elementos suficientes para discutir el caso en juicio. En esa etapa, las partes deberán producir la prueba ya ofrecida, entre ella documentación sobre la contratación y la organización del viaje, registros de permanencia del contingente en Bariloche, actas de allanamiento, evidencia digital e historias clínicas.
Asimismo, se incluyen dos informes forenses y una extensa lista de testigos. Se encuentran allí familiares del joven, quienes compartieron el viaje con él, madres que acompañaban y otras personas presentes durante los días en los que la enfermedad se hizo evidente. La parte querellante aceptó tanto el relato de los hechos expuesto por la fiscalía como la tipificación jurídica sugerida.
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La magistrada pidió a la Oficina Judicial que fije la fecha del debate y que integre el tribunal que intervendrá, de acuerdo con la pena en expectativa.
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