Un hombre fue condenado a 15 años de prisión por abusar sexualmente a su pareja, quien se encontraba internada e inmovilizada tras sufrir un ACV. El brutal episodio ocurrió en la ciudad de Dolores, provincia de Córdoba donde la víctima estaba en un estado de vulnerabilidad, con un cuadro de salud delicado desde hace más de 3 meses.
El fallo fue dictado por el vocal Santiago Camogli en la sala 1 de la Cámara del Crimen y Correccional de Traslasierra. En el debate, el fiscal de Cámara Sergio Cuello había pedido 16 años, de acuerdo con ElDoce. Sin embargo, tras declararlo responsable del crimen, la Justicia de Villa Dolores condenó al hombre identificado como O.V. a 15 años de prisión.
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Los hechos se cometieron en el paraje La Costa, en el departamento San Javier, entre febrero y abril de 2025. Según la causa, el hombre, de 53 años y oriundo de Mendoza, se aprovechó de la situación crítica de la víctima en la vivienda que compartían.
La mujer, de aproximádamente 50 años, también atravesaba otros problemas de salud tras sufrir una peritonitis, cáncer de mama y de útero, por lo que le habían extirpado el sistema reproductor. Por este motivo, los profesionales que la atendían le indicaron que no mantuviera relaciones sexuales. La situación de vulnerabilidad de la mujer se profundizó ante la falta de movilidad y la dependencia de cuidados, lo que agravó el impacto de los hechos denunciados.
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La investigación estuvo a cargo de la fiscal María Ferreyra, titular de la Fiscalía de Instrucción de Segunda Nominación, a partir de una denuncia presentada por familiares en la Unidad Judicial de Villa Dolores. El medio señaló que en el juicio se comprobó que el acusado cometió abusos con acceso carnal en dos oportunidades, pese a las indicaciones médicas.
El caso salió a la luz luego de que la persona a cargo del cuidado de la víctima intervenga, al descubrir uno de los abusos y alertar al entorno íntimo. Este relato fue clave para la investigación judicial, junto con el testimonio del neurólogo. El médico, que asistía a la mujer, también fue determinante para la causa ya que advirtió comportamientos extraños cuando sus familiares la acompañaron a continuar el tratamiento tras el abandono de su pareja luego del ACV.
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Finalmente, la causa avanzó tras la denuncia realizada en la Unidad Judicial de Villa Dolores y derivó en la citación a juicio en septiembre de 2025. El proceso judicial permitió acreditar que la violencia ejercida por el acusado no se limitó al abuso sexual. Durante la relación, que comenzó en 2013 y se extendió por más de una década, la víctima también sufrió agresiones verbales y psicológicas, además de una desvalorización permanente. La reconstrucción de estos antecedentes fue clave para comprender el contexto en el que se produjeron los abusos y la dimensión del daño causado.
A pesar de estas agresiones verbales, la pena fue dictada solo por el delito principal de abuso sexual, ya que la calificación legal y el monto de la condena corresponden a esos delitos reiterados en disitntas oportunidades. Las agresiones previas y la violencia psicológica sirvieron como contexto para valorar la magnitud del daño y la situación de sometimiento.
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En la etapa oral, la fiscalía y la querella insistieron en la gravedad de los hechos y en la responsabilidad del imputado, quien fue hallado culpable por el tribunal de la Cámara del Crimen de Traslasierra. El tribunal consideró especialmente la gravedad de los hechos por haberse cometido en un contexto donde la mujer no podía defenderse ni prestar consentimiento, tal como establece el Código Penal argentino para los delitos sexuales agravados.
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