
María Cristina Portillo Martínez tenía 27 años, era paraguaya y vivía en la Argentina desde la adolescencia junto a su hermana menor. Residía en la zona de Congreso y trabajaba en un consultorio chino de nutrición y acupuntura. El 28 de junio de 2018, fue a un centro médico privado en Recoleta para hacerse un estudio por dolores lumbares. La consulta terminó en tragedia: la joven murió durante el procedimiento.
Por aquella muerte, la Justicia investigó un caso de mala praxis y, tras ocho años, la causa se cerró este jueves con una condena en suspenso para una médica radióloga. Así lo resolvió la Corte Suprema de Justicia al rechazar un planteo de la defensa y dejar firme la sentencia.
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De acuerdo a la investigación del caso, María asistió ese día al Instituto Diagnóstico Médico por indicación de su médico de cabecera. El diagnóstico previo era una hernia de disco que le provocaba dolor de espalda. El procedimiento indicado era un bloqueo radicular, una técnica habitual que consiste en aplicar un anestésico local en la zona lumbar.
La atención médica estuvo a cargo de María José Basaury, especialista en diagnóstico por imágenes, y de un radiólogo encargado del tomógrafo. La víctima llegó acompañada por un amigo. La intervención estaba pensada como un trámite breve y de rutina. El procedimiento se llevó a cabo y, al finalizar, la paciente sufrió una descompensación cardíaca.
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Tras la complicación, se convocó al servicio de emergencias contratado por el centro de salud y también la ayuda de otros médicos que en ese momento se encontraban desarrollando tareas laborales en el edificio. Antes de la llegada de la ambulancia, Basaury decidió intubar a la paciente para asegurar la vía aérea. Pero introdujo el tubo por el esófago y no por la tráquea, lo que impidió una correcta reanimación cardiopulmonar.
María falleció en la sala de tomografía. La autopsia determinó luego que tenía una cardiopatía de base -una displasia arritmogénica del ventrículo derecho-, pero los peritos concluyeron que la mala técnica en la intubación resultó determinante en el desenlace.
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Basaury fue imputada por homicidio culposo y el caso llegó a juicio en 2023, con el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°22 de la Capital Federal a cargo.
Los magistrados analizaron si el origen de la muerte fue una reacción alérgica a la medicación, la patología de base de la paciente o un error humano en el procedimiento de emergencia. Declararon testigos, peritos forenses y médicos especialistas. Se revisó en detalle la autopsia y también los protocolos internos del centro médico y la actuación del personal de salud.
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El tribunal finalmente consideró que la omisión del deber de cuidado quedó probada en la intubación fallida, que no fue advertida ni corregida durante la maniobra de resucitación. Así, condenó a Basaury a un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial para ejercer la medicina por cinco años.
Por su parte, el cardiólogo que intervino en la reanimación fue absuelto.
Después de la condena, la defensa de la médica recurrió la decisión ante la Cámara Nacional de Casación Penal, que confirmó el fallo, y luego ante la Corte Suprema.
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El máximo tribunal penal se expidió este jueves: dejó firme al desestimar el recurso extraordinario presentado por la defensa por incumplimientos formales en la presentación. De esta manera, el expediente se cerró definitivamente, ocho años después de la muerte de María.
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