La Policía de la Ciudad, en coordinación con la Unidad Técnica Operativa Judicial (UTOJ), ejecutó un allanamiento en un comercio de la localidad de Avellaneda y secuestró 831 pares de zapatillas falsificadas de primeras marcas, por un valor estimado de 35 millones de pesos. Según informaron las autoridades, se trató de un cargamento ingresado al país de forma ilegal desde Brasil, con mercadería de origen en China y Vietnam.

El operativo se fundamentó en una investigación de ciberpatrullaje que permitió identificar no solo la operación digital de la empresa involucrada, sino también el emplazamiento físico de su local y uno de los domicilios de los sospechosos.
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El dato diferencial surgió de la detección del mecanismo utilizado: la mercadería ingresaba al país a través de una empresa de micros de larga distancia, punto clave en el trazado de la logística del contrabando. Todas las evidencias colectadas fueron puestas a disposición del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°4 y de la Secretaría N°4, responsables formales de la causa.

Durante la intervención, los agentes secuestraron no solo el calzado, sino también dos dispositivos posnet, una notebook y documentación considerada de interés. Las zapatillas incautadas simulaban ser de principales marcas internacionales y carecían de respaldo legal sobre su procedencia, infringiendo de manera directa la Ley de Marcas vigente en Argentina.
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La actuación en la vivienda del principal imputado permitió el decomiso de un celular y una libreta con anotaciones vinculadas a la operativa comercial del grupo, materiales que ahora serán sometidos a peritajes para determinar la amplitud de la organización y la potencial red de distribución dentro del país.

El avance judicial fue encabezado por el juez Alejandro Catanea y el secretario Diego Martin Fera Gómez, quienes avalaron la ejecución simultánea de los dos procedimientos en territorio bonaerense, articulando colaboración entre la Policía de la Ciudad, personal de Aduana y las unidades de investigación técnica.
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El pedido de documentación a la empresa de micros de larga distancia representa una vía estratégica para trazar el circuito internacional del contrabando, ya que los registros de viajes pueden revelar la magnitud de la red, posibles operadores adicionales y eventuales responsables internos en el sector del transporte.

Qué dice la Ley de Marcas
La Ley Nº 22.362 establece el marco legal para la protección y el registro de marcas en Argentina. Esta norma, sancionada en 1980, regula el modo en que personas y empresas pueden distinguir productos y servicios a través de signos identificatorios. Según lo dispuesto, la propiedad sobre una marca y su uso exclusivo surgen únicamente a partir del registro oficial ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI).
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El texto legal considera marca a cualquier signo con capacidad distintiva, incluyendo palabras, dibujos, emblemas, combinaciones de colores, envases, letras, números, frases publicitarias y otros elementos gráficos. No pueden registrarse aquellos signos que designan de manera habitual o necesaria el producto o servicio, ni los que resultan descriptivos, genéricos o que hayan pasado al uso general antes de la solicitud. Tampoco se aceptan formas, colores naturales, marcas idénticas o similares a otras ya registradas, denominaciones de origen, ni aquellas susceptibles de generar confusión o engaño respecto de la naturaleza, calidad, origen o precio de los bienes y servicios.

La exclusividad de uso se obtiene únicamente con el registro, que tiene una vigencia de diez años y puede renovarse indefinidamente si la marca ha sido utilizada en los cinco años precedentes a cada vencimiento. El derecho de prelación corresponde a quien primero presenta la solicitud, y es posible la titularidad conjunta de una marca si así lo solicitan varias personas.
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En materia penal, la norma sanciona con prisión de tres meses a dos años y multas de hasta ciento cincuenta millones de pesos a quienes falsifiquen, imiten o utilicen indebidamente marcas registradas o designaciones protegidas. El titular damnificado puede solicitar el comiso, venta o destrucción de los elementos en infracción, así como medidas cautelares como el embargo o secuestro preventivo de mercadería. El derecho a reclamos civiles prescribe a los tres años de la infracción o al año de haberse tenido conocimiento de la misma.
El antecedente contra el contrabando
Hace poco más de una semana, la Policía de la Ciudad secuestró 137 bultos con prendas de vestir de primeras marcas norteamericanas y europeas que habían sido ingresadas de contrabando al país. El valor estimado de la mercadería supera los 150 millones de pesos.
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El operativo se realizó en un comercio ubicado en Monroe al 2500, en el barrio de Belgrano. La intervención fue el resultado de una investigación de dos meses, según informó la fuerza de seguridad.
Participaron agentes de la División Contravenciones y Faltas y de la Unidad Técnica Operativa Judicial (UTOJ), dependientes del Ministerio de Seguridad de la Ciudad. Identificaron un local que ofrecía ropa supuestamente usada, aunque en realidad se trataba de mercadería nueva de marcas como Nike, Adidas, Banana Republic y Hollister, entre otras.
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A través de redes sociales, el comercio promocionaba ropa deportiva —calzas, camisetas de fútbol y fútbol americano, camisas, remeras, abrigos, chombas— y también accesorios como lentes de sol. En esos perfiles se mostraban las prendas ingresadas y a la venta, además de promociones y días de feria con descuentos. En una de las últimas publicaciones ofrecían la posibilidad de que los clientes llevaran ropa usada para venderla, que luego era revendida por el local. “Te asesoramos con los respectivos costos, condiciones, etc”, indicaban.
Luego de la denuncia presentada por la UTOJ, el Juzgado Penal y Económico N° 8, a cargo de Gustavo Meirovich, autorizó el allanamiento en el local de Belgrano.
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Durante el procedimiento, personal de la Policía y de ARCA realizó una inspección exhaustiva. Como resultado, se requisó una gran cantidad de indumentaria importada. Ninguna de las prendas contaba con la documentación respaldatoria necesaria.
La causa judicial avanza por infracción a la Ley 22.415 (Ley de Contrabando), mientras se analizan los dispositivos y documentación incautados en el comercio de Monroe al 2500.
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