
Un productor rural de Santa Fe será sometido a juicio oral tras ser acusado de reducir a la servidumbre a trabajadores en un campo de frutillas de Arroyo Leyes, una localidad situada a 22 kilómetros de la capital provincial.
El acusado está identificado como Francisco Poccia, de 25 años. Durante la elevación a juicio, la Fiscalía federal solicitó una pena de 8 años de prisión efectiva para Poccia, quien permanece detenido desde octubre de 2025. La imputación abarca delitos de trata de personas con fines de reducción a la servidumbre, agravados por la cantidad de víctimas y su situación de vulnerabilidad.
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Según la acusación, al menos 20 personas fueron sometidas a condiciones de vida y trabajo que los fiscales calificaron como “particularmente lesivas” para los derechos fundamentales.
El proceso se inició en septiembre de 2025, cuando 3 trabajadores lograron escapar del predio y denunciaron los hechos en una comisaría local.
La investigación, a cargo del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Santa Fe y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), llevó pocos días después a la detención de Poccia y a la identificación de otras posibles víctimas.
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De acuerdo con lo informado por el portal del diario La Capital de Rosario, el campo de frutillas donde ocurrieron los hechos se encuentra en el kilómetro 17,5 de la Ruta Provincial 1. Durante un allanamiento realizado el 1° de octubre de 2025, las autoridades identificaron a 42 trabajadores en el lugar, quienes se sumaron a los tres denunciantes iniciales.

La mayoría de las personas provenía de la provincia de Chaco, especialmente de las localidades de San Bernardo y La Clotilde, y habían sido trasladadas bajo promesas laborales que, de acuerdo con la acusación, nunca se cumplieron.
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La pesquisa determinó que Poccia financiaba los pasajes de los trabajadores y luego descontaba esos montos de los salarios, lo que generaba un sistema de endeudamiento inducido. Estas prácticas, según la acusación presentada por los fiscales Walter Rodríguez, Milagros Traverso y Marcelo Colombo, configuraban una situación de sometimiento económico y social para las víctimas.
Los fiscales resaltaron en su presentación: “Debe valorarse la naturaleza y gravedad del hecho, ya que el caso se inscribe dentro de una modalidad delictiva particularmente lesiva, como lo es la trata de personas con fines de reducción a servidumbre, fenómeno criminal que constituye una de las manifestaciones contemporáneas más severas de vulneración de los derechos fundamentales, en la medida que implica la cosificación de la persona y la supresión fáctica de su libertad y dignidad mediante mecanismos de sometimiento económico, social y material”.
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La acusación formal sostiene que las víctimas se encontraban en condiciones de extrema precariedad. Los trabajadores dormían en galpones o construcciones improvisadas, con techos de chapa y pisos de tierra, utilizando cajones de madera como camas. El lugar carecía de instalaciones sanitarias adecuadas y de acceso regular a agua potable.
De acuerdo con los testimonios recogidos durante la investigación, las víctimas debían higienizarse en zonas de monte con baldes y consumir agua almacenada en bidones que previamente habían contenido agroquímicos. Las jornadas laborales comenzaban alrededor de las 3 de la madrugada y se extendían por más de doce horas, de lunes a lunes, sin descansos y con remuneraciones por debajo de los mínimos legales.
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La elevación de la causa a juicio oral fue solicitada por los fiscales federales mediante una acusación presentada por escrito, en la que se detalla el alcance del daño sufrido por los trabajadores. La acusación subraya que la reducción a la servidumbre implica la supresión efectiva de la libertad y dignidad de las víctimas, quienes eran sometidas a mecanismos de control material y social. Los fiscales remarcaron que la gravedad del delito radica en la cosificación de las personas, transformadas en instrumentos de explotación económica.
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