
El juez federal de Garantías Nº1 de Salta, Julio Bavio, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Rodrigo Ismael González, interno del Complejo Penitenciario Federal NOA III, a tres años de prisión por el delito de homicidio simple con exceso en la legítima defensa, en perjuicio de Braian Ezequiel Flores, también privado de su libertad. El crimen ocurrió el 9 de septiembre de 2024 en el Pabellón Funcional 3 “B”, tras una discusión iniciada por un corte de cabello no concretado.
La sentencia fue dictada el pasado 19 de junio y unificó la pena con otra anterior, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 5 de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que González deberá cumplir una pena única de siete años de prisión.
La salida alternativa fue impulsada por el fiscal general Carlos Martín Amad, la Defensa Oficial y el Defensor Público de Víctimas, Nicolás Escandar, segúnfiscales.gob.ar.
Durante la audiencia, la auxiliar fiscal Carolina Jorge Monge reconstruyó lo sucedido aquel día. González, que había sido trasladado al penal pocos días antes, buscaba entablar vínculos con otros internos y se ofreció a cortarles el cabello.
En la mañana del 9 de septiembre cumplió con varios pedidos, pero, ya agotado, se negó a cortarle el pelo a Flores, quien le reclamó de forma insistente, lo que generó malestar.
Esa tarde, las cámaras de seguridad registraron a ambos internos en el sector de duchas, intercambiando palabras. Luego ingresaron a la celda 3, ocupada por González. Dentro, volvieron a discutir y se tomaron a golpes. A las 19:03, se los observó salir: Flores lucía visiblemente herido. Un minuto después, regresó con una faca en la mano. González también se armó.
El enfrentamiento se trasladó al frente de la garita del celador, conocida como “la pecera”. A las 19:05, la pelea culminó con Flores tendido en el suelo y González refugiado en su celda, mientras otros internos pedían ayuda a gritos y golpeaban los vidrios del puesto de guardia.
La auxiliar fiscal detalló que, tras la agresión, una frazada fue arrojada desde la planta alta del pabellón, sobre la cual los internos cargaron a Flores. Cuando se abrió la puerta, lo trasladaron hasta el sector médico. Dadas las graves heridas en tórax y abdomen, el interno fue derivado en código rojo al hospital Joaquín Castellanos de General Güemes, donde murió a los pocos minutos de haber ingresado.
El informe forense indicó que Flores sufrió múltiples lesiones, pero tres de ellas fueron letales: dos heridas en el pulmón derecho y una en la región hemática le provocaron un shock hipovolémico irreversible.
González también presentaba lesiones compatibles con el enfrentamiento, aunque de menor gravedad.
La investigación incluyó entrevistas a otros reclusos del pabellón, quienes coincidieron en que la discusión se originó por el corte de pelo negado. Los registros audiovisuales mostraron que ningún interno ni personal penitenciario intervino para detener la pelea.
Una requisa posterior no logró ubicar las armas utilizadas, aunque se hallaron otras similares en el lugar. En la celda donde comenzó el conflicto, se identificaron rastros de sangre de ambos protagonistas.
Inicialmente, González fue imputado por homicidio simple. Sin embargo, la fiscalía modificó su postura tras considerar elementos atenuantes, entre ellos la declaración del propio acusado.
Qué contó el condenado
Según González, Flores lo abordó esa tarde cuando salía de bañarse, insistió con el tema del corte de pelo y lo invitó a su celda. Allí, le reiteró el pedido y, ante la negativa, lo golpeó.
González sostuvo que intentó sacar la pelea fuera de la celda para que quedara registrada por las cámaras, pero que Flores le anticipó que lo iba a apuñalar. Ante esto, tomó un palo de escoba para defenderse.
En ese contexto, la fiscalía mantuvo la acusación, pero contempló el exceso en la legítima defensa. El acuerdo se alcanzó con el aval de la defensa, del imputado y del representante de la víctima. La pena de tres años se sumó a otra condena previa de cinco años que González cumplía por robo agravado por el uso de armas.
Un celador imputado
En paralelo, la fiscalía abrió una segunda línea de investigación que alcanzó al celador Mauricio Aguilera Shloter, quien fue imputado el 8 de mayo pasado por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público.
La fiscal subrogante Josefina Martínez Vázquez lo señaló por omisión o retardo en el cumplimiento de sus funciones, al no intervenir ni accionar los protocolos ante una alteración del orden.
La funcionaria recordó que el manual del Servicio Penitenciario Federal indica que, ante disturbios, el celador debe acercarse al sector, intentar resolver el conflicto y, de ser necesario, accionar la alarma o dar aviso a la jefatura de turno.
Los testimonios recabados aseguran que los reclusos gritaron y golpearon el vidrio para pedir auxilio, sin obtener respuesta del guardia.
“Este hecho sucedió bajo custodia estatal, bajo la guarda del Servicio Penitenciario Federal”, remarcó la auxiliar fiscal, y subrayó que el Estado Nacional tiene responsabilidad sobre la integridad de las personas privadas de libertad.
Según la fiscalía, Aguilera Shloter presenció la pelea sin intervenir y no alertó sobre el uso de armas blancas, incumpliendo con sus deberes funcionales. La investigación sobre su conducta sigue en curso.
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