La jueza Julieta Makintach, licenciada por la Suprema Corte de Justicia bonaerense tras el escándalo del documental “Justicia Divina” del juicio por la muerte de Diego Maradona, enfrenta este martes un día clave para su futuro. Es que, desde las 11, se reúne el jurado de enjuiciamiento por primera vez para evaluar si las ocho denuncias contra ella, siete particulares y una del procurador Julio Conte Grand, tienen la entidad suficiente para iniciarle el jury.
Durante esta primera audiencia, los ocho miembros del jurado se reunirán en el Salón Dorado del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, en La Plata, para evaluar si Makintach cometió irregularidades durante en el debate por la muerte de Maradona.
La presidencia del jurado está a cargo de Hilda Kogan, presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Los cinco conjueces titulares elegidos son Álvaro García Orsi y Pablo Agustín Grillo Ciocchini (La Plata), Fabián Ramón González (Morón), y María Victoria Lorences y Mirta Daniela Greco (Lomas de Zamora). Los tres suplentes, por su parte, son Alberto Biglieri (Lomas de Zamora), Lisandro Benito (Junín) y Guillermo Andrés Marcos (Bahía Blanca).
Como conjueces legisladores titulares, se nombró al senador Ariel Martínez Bordaisco, a la diputada Abigail Gabriela Gómez, al senador Sergio Raúl Vargas, a la senadora María Lorena Mandagarán y a la diputada Maite Milagros Alvad
Fuentes del caso explicaron a Infobae que, en esta primera reunión, el jurado decide si toma o no competencia en el asunto, o sea, si las denuncias que se presentaron tienen la entidad suficiente para dar comienzo al jury.
“Si determinan que sí, es el puntapié inicial del jury. Y si dicen que no, la causa se archiva”, detallaron y contaron que se toman en cuenta las siete presentaciones particulares y la del Procurador General Bonaerense, aunque la conducta reprochada a la magistrada es casi la misma en todas las presentaciones.
En caso de que el jurado decida que las denuncias son admisibles, se pone el proceso del apartamiento preventivo de Makintach en marcha, aunque ella ya fue licenciada por 90 días por Suprema Corte Bonaerense.
“Se decide si deben apartarla preventivamente de su función, más allá de la licencia que tiene de la Corte. Los efectos son los mismos, pero lo que cambia es que es apartada por un órgano político”, describieron.
En caso de que se tome el camino afirmativo, Makintach debe responder ante esta decisión y luego se toma la determinación. Mientras tanto, sigue licenciada. Y, en paralelo, continúa el proceso de jury, dándose traslado a los denunciantes para que hagan sus acusaciones. Para ello tienen 15 días de corrido.

Una vez cumplido este paso, se le pide a Makintach que haga su descargo. También tiene un plazo de 15 días corridos. “Con todo eso se vuelve a reunir el jurado y ahí se dispone la admisibilidad o no de la acusación, y si corresponde la suspensión. Qué significa esto: hacerle una quita del 40% del salario hasta el debate. Pero con un detalle: ya no puede renunciar porque el Poder Ejecutivo no puede aceptarle la renuncia a partir de este paso”. Queda sí o sí sujeta al proceso.
En caso de que la vía afirmativa continúa, comienza el juicio político en sí contra la jueza que, tanto para las partes del debate por la muerte de Maradona como para los magistrados que integraban junto a ella el Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 de San Isidro -donde se desarrollaba el juicio que luego fue nulo- su participación en el documental denotó que tenía otros intereses en la causa y una mirada sesgada del hecho procesal.
El Jury de Enjuiciamiento se centra en investigar la conducta de los jueces y funcionarios judiciales de instancias inferiores. Tiene naturaleza política y su función principal es decidir si el denunciado debe seguir en su cargo o no, sin entrar en decisiones sobre hechos delictivos o el grado de condena, tareas que corresponden a los magistrados penales.
La denuncia clave
Son siete las denuncias contra Makintach, pero la de Julio Conte Grand es la que más peso específico conlleva, ya que es el jefe de los fiscales quien la acusa. Estos son sus argumentos:
- Acceso irregular al edificio judicial: Makintach habría autorizado el ingreso de personas ajenas al Poder Judicial, entre ellas el productor José María Arnal Ponti, presidente de Ladoble S.A., a los tribunales de San Isidro un domingo, dos días antes del inicio del juicio, utilizando la entrada reservada para magistrados.
- Filmaciones no autorizadas en el recinto: según la denuncia, la jueza permitió registros fílmicos y fotográficos de manera furtiva y clandestina dentro de la sala de audiencias, con el propósito exclusivo de producir el documental “Justicia Divina”.
- Violación de la prohibición de grabar: Makintach habría desobedecido la prohibición expresa del propio tribunal que integraba, que impedía grabar o filmar el desarrollo del debate oral por la muerte de Diego Maradona.
- Presunto uso de dispositivos encubiertos: se documentó que Arnal Ponti utilizó lentes de sol en el recinto, a pesar de la ausencia de luz directa, lo que despertó sospechas fundadas de que se trataban de gafas inteligentes con capacidad de grabación, según un informe de la fiscalía especializada en ciberdelitos.
- Abuso de autoridad judicial: la jueza habría impedido la acción de personal policial que intentó frenar el ingreso no autorizado de personas, y utilizó instalaciones y recursos públicos —incluyendo personal de seguridad judicial— con fines personales y sin autorización institucional.
- Negación reiterada de su rol en el documental: Makintach habría mentido sistemáticamente sobre su participación en el proyecto audiovisual, incluso cuando se le presentaron imágenes que la mostraban en pleno rodaje, según el escrito de Conte Grand.
- Ocultamiento deliberado ante terceros: la jueza habría negado su implicancia tanto ante la prensa nacional e internacional como frente a sus colegas, abogados, partes del juicio y el público general.
- Parcialidad manifiesta: el procurador consideró que su conducta expuso una mirada sesgada del proceso, lo cual derivó en la nulidad del debate oral del Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 de San Isidro.
- Grave daño institucional y social: Conte Grand enfatizó el repudio generalizado que generó el caso, y sostuvo que la participación de Makintach provocó un perjuicio severo a la imagen del Poder Judicial, con consecuencias que trascendieron las fronteras del país.
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