El empresario Juan Ignacio Suris, quien fue ex pareja de la vedete Mónica Farro, fue detenido en la provincia de Santa Fe luego de haber recibido una nueva condena en la ciudad de Bahía Blanca a cinco años de prisión por ser considerado jefe de una asociación ilícita que estafó a la AFIP con la elaboración de facturas truchas.
La Justicia ordenó que repare el daño causado con la devolución de más de 85 millones de pesos, confirmaron fuentes judiciales y policiales.
El nuevo fallo fue dictado por el juez Ernesto Sebastián, titular del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, en el marco de un juicio abreviado, y la condena se unificó en 8 años de prisión, ya que a principios de noviembre Suris había recibido 6 años de cárcel como jefe de una banda dedicada a la comercialización de estupefacientes.
El juez Sebastián ordenó la captura de Suris, quien fue detenido por personal de la Policía Federal durante un allanamiento en una vivienda de la ciudad de Esperanza, en Santa Fe, donde el ex novio de la vedete Farro se había instalado meses atrás.
Fuentes policiales confirmaron que Suris no se resistió a la detención y quedó alojado en una dependencia de la PFA de Santa Fe, a la espera de ser trasladado en las próximas horas a Bahía Blanca, donde deberá cumplir la condena impuesta.

La nueva condena fue rubricada hoy por el juez Sebastián tras un acuerdo de juicio abreviado entre el fiscal federal Gabriel González Da Silva y los abogados defensores, el que contó con la oposición de la AFIP, que pretendía una pena más gravosa.
En la misma resolución, el juez fijó que Suris y sus cuatro cómplices, entre los que está su padre, Eduardo Suris; reparen el daño causado a la AFIP con la devolución de unos 246 mil dólares que, según el fallo, traducido al cambio oficial del 25 de octubre último alcanzarían los 85.625.636 pesos.
Facturas truchas
La causa por las facturas truchas comenzó en 2012 a raíz de la denuncia de la AFIP, que en el expediente actuó como querellante. Según el organismo público, en aquel momento se detectó que se habían creado sociedades inexistentes con el fin de vender facturas de operaciones falsas para evadir el pago de impuestos, y que la estafa alcanzó unos 40 millones de pesos en aquel momento.
“El objeto de la creación de las sociedades era emitir y comercializar facturas apócrifas a través de operaciones simuladas de compraventa de bienes y/o servicios a terceros contribuyentes que sí ostentaban una actividad comercial real, a fin de permitirles disminuir su carga tributaria, al computar dichas facturas en su contabilidad”, señaló el juez en el fallo.
“Quedó acreditado que las sociedades creadas por los imputados, pese a estar legalmente constituidas, inscriptas o con el trámite de inscripción iniciado –y amén de no realizar actividad comercial real–, eran integradas con el capital mínimo exigido por las reglamentaciones, con actividades materialmente imposibles de ejecutar si se tiene en consideración el escaso capital social integrado al momento de la creación, sin personal obrero ni profesional idóneo declarado, sin bienes de uso registrables o contratados, con objetos sociales amplios y heterogéneos, en muchas de ellas”, agregó.
El 7 de noviembre pasado, el mismo juez Sebastián, en forma unipersonal, había condenado a Suris a la pena de 6 años de cárcel al considerarlo “coautor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercialización agravado por la intervención organizada de tres o más personas”.

Para la investigación, la banda que lideraba Suris comercializó estupefacientes entre el 2011 y diciembre del 2013 especialmente en la ciudad de Bahía Blanca y sus alrededores. En el marco de la causa por narcotráfico, otras siete personas ya habían sido condenadas con anterioridad a penas de entre 3 y 6 años de prisión en otro juicio abreviado.
Suris, como el resto de los acusados en el marco de esa causa, había sido absuelto en 2015 durante un juicio oral que fue luego anulado por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó que se lleve a cabo un debate nuevo, al que finalmente se arribó en un acuerdo de penas.
En el primer juicio de 2015, los jueces Beatriz Elena Torterola, Juan Leopoldo Velázquez y Raúl Fernández Orozco absolvieron a todos los acusados al declarar nulas una serie de escuchas telefónicas.
Sin embargo, en 2016, los camaristas Eduardo Rafael Riggi, Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani convalidaron esas escuchas y revocaron la absolución de primera instancia, lo que derivó en un nuevo debate.
*/Con información de la agencia Télam
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