
El juicio por el femicidio de Lucía Pérez, la adolescente de 16 años abusada y asesinada en 2016 en la ciudad bonaerense de Mar del Plata, comenzará en julio próximo, tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que a fines de noviembre dispuso la realización de un nuevo debate para los dos imputados luego de que ambos fueron absueltos y esa sentencia, revocada.
Así lo confirmó a la agencia Télam Marta Montero, la madre de Lucía, aunque aclaró que aún no se fijó la fecha exacta del inicio del proceso, que estará a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata. En la causa están acusados Matías Gabriel Farías (27), Juan Pablo Offidani (46) y Alejandro Alberto Maciel (62), que murió hace dos años.
Lucia tenía 16 años e iba a la escuela Media 3 de Mar del Plata. Según la hipótesis de la causa, ella y Farías se habían conocido el 7 de octubre de 2016 cuando el acusado fue a venderle marihuana al colegio y la adolescente le habría quedado debiendo 100 pesos. Quedaron en verse al día siguiente.
La investigación se centró en lo que pasó ese 8 de octubre de 2016. Farías (que en ese momento tenía 23 años) y Offidani (entonces de 41) fueron a buscarla. La llevaron hasta la casa de Farías en el barrio Alfar. En el camino compraron facturas y cigarrillos. Al llegar a la casa, Offidani se fue. La Fiscalía sostuvo que allí la joven fue drogada y abusada hasta la muerte, y que el cuerpo fue llevado a un centro asistencial de Playa Serena, luego de haber sido lavado y acondicionado con la ayuda del tercer acusado.

Las defensas negaron esas acusaciones. Afirmaron que las relaciones sexuales con Farías fueron consentidas y que la chica sufrió una asfixia tóxica producto del consumo de drogas que derivó en su muerte. Admitieron la venta de estupefacientes pero pidieron la pena mínima. Y cuestionaron a la primera fiscal del caso por haber tratado como “animales” a los imputados tras sostener que nadie en esta causa podía sacarse de la cabeza aquella imagen inicial hablando de un empalamiento.
El Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Mar del Plata, integrado por los jueces Juan Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, dio su veredicto. A dos de ellos los condenados a ocho años de prisión pero por “tenencia de estupefaciente con fines de comercialización”. Por unanimidad, se absolvió a los tres imputados por el abuso sexual y femicidio de Lucía Pérez.
“De las conversaciones mencionadas (chats) surge claramente que Lucía tenía relaciones sexuales con quien y cuando quería”, dice un fragmento de la sentencia. En ese sentido, los jueces dieron a entender que era una persona “experimentada”, que sabía lo que hacía. Uno de los jueces llegó a decir que no existió “ni violencia física, psicológica, subordinación, ni humillación, ni mucho menos cosificación”.
El fallo generó indignación. Miles de personas, encabezadas por la madre y el hermano de Lucía, se convocaron frente a los Tribunales porteños y marcharon a Plaza de Mayo, bajo las consignas #FueFemicidio y #JusticiaPorLucía. A la movilización se sumaron organizaciones de mujeres, feministas, organismos de derechos humanos, movimientos gremiales y estudiantiles.

Mientras tanto, tanto la familia de la víctima como la fiscalía apelaron. En agosto del 2020, el Tribunal de Casación bonaerense anuló el escandaloso juicio y ordenó que se realice un nuevo debate “con la premura que el caso amerita”.
Los jueces Mario Eduardo Kohan, Carlos Ángel Natiello y Fernando Luis María Mancini señalaron que el fallo contenía “intolerables prejuicios” y “suposiciones basadas en estereotipos de género”. Y sostuvieron que era inexplicable que el foco estuviera puesto en indagar la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, su forma de relacionarse con los hombre, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal.
La defensa oficial apeló a la Corte bonaerense. Sostuvo que sus representados no podían volver a ser juzgados dos veces por un mismo hecho. Pero el máximo tribunal de justicia provincial rechazó esos planteos en mayo del año pasado y ratificó que la resolución dictada en ese momento no era un acto válido: le faltó perspectiva de género.
El caso tiene, además, otro escenario en la Justicia. Es que mientras por un lado proliferaban pedidos de justicia y expresiones de rechazo al fallo del TOC 1 de Mar del Plata, por el otro se promovieron denuncias contra los magistrados que dictaron ese veredicto.

En una decisión unánime, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados bonaerense hizo lugar a la acusación contra los jueces Gómez Urso y Viñas y resolvió suspenderlos para que sean sometidos a un jury y retenerles el 40 por ciento del sueldo. El tercer integrante el tribunal, Aldo Carnevale, decidió jubilarse en 2019, por lo que esquivó las sospechas sobre su accionar. En este caso, la fecha del debate público aún no fue dispuesta.
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