El Tribunal Oral en la Criminal Nº 30 porteño condenó a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo al ex jugador de Boca Juniors, Nahuel Zárate, quien, en septiembre de 2018, embistió a un taxi con su auto y provocó la muerte de dos personas en el cruce de la Avenida General Paz con Madariaga, en Villa Riachuelo.
Los jueces Guillermo Friele, Marcela Rodríguez y Luis María Rizzi dieron a conocer el fallo condenatorio del futbolista, tras un debate oral y público que se llevó a cabo en forma virtual, pese al pedido efectuado por las partes de hacerse en forma presencial. Además de la condena a cinco años de prisión, el TOC inhabilitó a Zárate para conducir rodados automotores por diez años. La detención será efectiva una vez que la condena quede firme.
Al momento de efectuar sus alegatos, la fiscal de juicio Graciela Gils Carbó solicitó la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, por considerar a Nahuel Zárate autor penalmente responsable del delito de doble homicidio culposo de Norberto Rodolfo Brienza (55) y Néstor Francisco Mormandi (54), previsto y reprimido en el Artículo 84 Bis del Código Penal, siguiendo así la misma acusación prevista por la fiscal instructora en su requerimiento de elevación a juicio
Contrariamente a ello, la querella, representada por los abogados Gabriel Iezzi y Ana Laura Palmucci, solicitó la imputación del delito previsto en el Artículo 79 del Código Penal, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de doble homicidio por dolo eventual, peticionando en dicho sentido la pena de 17 años de prisión y la inmediata detención, fundando la misma en el peligro de fuga del imputado, debido a su inconducta procesal demostrada en el desarrollo de la investigación.
Los considerandos del fallo se harán saber a las partes el próximo 6 de septiembre, mediante la notificación electrónica de sus fundamentos, dando lugar de este modo a la querella para avanzar en la siguiente etapa procesal al recurrir en casación la sentencia dictada.

El caso
El 9 de septiembre de 2018, luego de arrollar al auto, Nahuel Zárate resultó herido y fue trasladado al Hospital Santojanni. Horas después, fue llevado a la comisaría vecinal 8C, donde quedó detenido e imputado por las dos muertes. El taxi, un Chevrolet Corsa, quedó con el baúl y el techo completamente destruidos por el impacto.
Tras el fatal siniestro, la investigación permitió establecer que al momento del impacto el futbolista se hallaba bajo los efectos del alcohol -1,74 ml/alcohol por litro en sangre- y además estaba hablando con su teléfono celular, respondiendo a sus amigos que lo esperaban para ir a una fiesta. Como si fuera poco, a través de los distintos peritajes se determinó que Zárate, al momento del impacto, llegó a alcanzar una velocidad máxima de 191 kilómetros por hora.
Aunque en ese momento quedó detenido, a los pocos días Zárate fue puesto en libertad por la decisión de la Cámara Criminal y Correccional. De esta manera, continúo jugando al fútbol. Actualmente se encuentra en el Club Atlético Güemes, de la provincia de Santiago del Estero y participa del torneo nacional de ascenso.

Antecedentes
Según indicaron desde la querella, Zárate ya había tenido un accidente similar meses antes de provocar la muerte de Brienza y de Mormandi. El episodio ocurrió el día 4 de junio de 2017, cuando el acusado manejaba por la Avenida 27 de febrero, cerca de las 07, presuntamente excediendo la velocidad permitida y con una graduación alcohólica en sangre de 1,34 m/l, no vio un obrador y lo chocó. Luego, se llevó por delante varios tambores de 200 litros pintados de color naranja que señalizaban obras de repavimentación. Por ese episodio no fue imputado, ya que ninguna de las personas que iba en el auto con él presentó la denuncia.
De este modo, los abogados querellantes consideran que Zárate sabía -por haberlo padecido- que conducir a excesiva velocidad y bajo los efectos de alcohol puede provocar la muerte propia y de terceros. Por eso pidieron el cambio de calificación legal de homicidio culposo agravado por la de doble homicidio por dolo eventual, que significa una pena mayor de prisión que va de 8 a 25 años de prisión.
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