
Una decisión de alto impacto judicial y ambiental sacudió a la región del Delta del Paraná: la Justicia Federal de Victoria resolvió dictar la falta de mérito para los diez hombres investigados por los incendios masivos que, en julio de 2022, cubrieron de humo a Rosario y otras ciudades santafesinas, en plena etapa final de la emergencia sanitaria por covid-19.
El fallo, firmado por el juez Federico Ángel Martín, cuestiona el alcance de las pruebas reunidas y deja un interrogante abierto sobre la identificación de responsables en uno de los episodios de mayor degradación ambiental de los últimos años.
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El humo de esos focos se extendió durante semanas, alterando la vida cotidiana de miles de personas y poniendo al límite los sistemas de salud de la región. La extensión del desastre, en un contexto de vulnerabilidad social y sanitaria, multiplicó los reclamos de justicia y la presión sobre los organismos estatales para hallar culpables y evitar la repetición de estos hechos.
El magistrado examinó el expediente y concluyó que no es posible vincular de manera directa a los acusados —todos propietarios o responsables de predios en la zona isleña— con la organización o ejecución de las quemas.
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Según el fallo, “el conjunto probatorio es insuficiente para acreditar que los imputados hayan sido los autores materiales o intelectuales” de los incendios. De este modo, la investigación judicial retrocede en su objetivo de encontrar responsables claros, aunque el proceso penal sigue abierto.
El juez Martín fundamentó su resolución en el examen de los informes técnicos presentados durante el proceso. Uno de los elementos centrales fue el peritaje realizado por la División Bomberos de la Policía Federal, que determinó que la naturaleza del terreno y el tiempo transcurrido imposibilitaron identificar con precisión el área de inicio del fuego, la cantidad exacta de hectáreas afectadas y, sobre todo, la causa concreta de los incendios.
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En su análisis y de acuerdo a lo informado por el portal Rosario3, el magistrado puso especial atención en el uso de imágenes satelitales, herramienta cada vez más habitual en investigaciones ambientales. Señaló que, si bien el sistema “Firms” de la Nasa resulta vital para la detección y prevención temprana de incendios, la presencia de un “punto de calor” en un mapa no constituye una prueba suficiente para responsabilizar penalmente al dueño del terreno. El fallo advierte que la tecnología, por sí sola, no puede sustituir la necesidad de pruebas fehacientes sobre la participación activa de los imputados.
Es de destacar que la hipótesis inicial de la fiscalía, que atribuía responsabilidad a los titulares de los campos por el solo hecho de su propiedad, perdió sustento jurídico ante la falta de pruebas directas.
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Entre los beneficiados por la resolución aparecen C.A.S., L.J.Z., L.C.P., M.G.D.I., J.A.O., R.C.C.F., O.G.O., A.R.B., E.R.S. y H.J.P., quienes estaban imputados por posibles infracciones a los artículos 186 y 194 del Código Penal, vinculados con incendios y entorpecimiento de servicios públicos. El fallo ordena levantar las medidas restrictivas sobre ellos, pero aclara que la investigación no se archiva definitivamente.
El juez Martín insistió en que la falta de mérito no equivale a una declaración de inocencia, sino a la necesidad de recolectar nuevas pruebas o elementos que permitan avanzar en el esclarecimiento del hecho. La resolución deja abierta la posibilidad de reactivar el proceso si surgen datos concretos sobre la identidad de los autores materiales.
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En su fallo, el magistrado emitió una recomendación dirigida al Comité Interjurisdiccional de Alto Nivel (CIAN). Planteó que las fuerzas de seguridad deberían contar con un protocolo de actuación coordinado para preservar de inmediato las pruebas en el terreno cuando se detecta un foco de incendio, con el objetivo de facilitar futuras investigaciones y mejorar la respuesta estatal ante emergencias ambientales.
La recomendación del juez apunta a superar las limitaciones que afectan tanto la identificación de los responsables como la recolección de evidencia confiable en escenarios de difícil acceso como el Delta. El texto judicial alienta a que el CIAN elabore mecanismos que permitan documentar los hechos en tiempo real y evitar la destrucción de pruebas por el avance del fuego o el paso del tiempo.
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