
La Administración de Parques Nacionales (APN) oficializó, mediante la resolución 460/2025 publicada en el Boletín Oficial, un nuevo marco regulatorio que habilita la realización de actividades de pequeña escala en el Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú. Esta medida, de carácter experimental, introduce el concepto de “microeventos” para referirse a encuentros de hasta 60 personas, bajo estrictas condiciones ambientales y operativas. El objetivo principal es permitir propuestas de uso público controlado en uno de los destinos turísticos más visitados del país, garantizando la protección del entorno y la seguridad de los asistentes.
La decisión responde a una solicitud elevada por la Intendencia del Parque Nacional Iguazú, que planteó la necesidad de agilizar la tramitación de actividades sistemáticas de baja complejidad, sin generar impactos negativos ni cambios permanentes en la infraestructura del lugar. La Dirección de Comunicaciones y Relaciones Institucionales de la APN avaló el planteo, indicando que este tipo de eventos se desarrollan con el acompañamiento de prestadores habilitados y bajo dispositivos de control destinados a mitigar cualquier riesgo ambiental u operativo. Para poder autorizar estas iniciativas, la normativa exige la presentación de una ficha de proyecto junto a una declaración jurada de compromiso ambiental, documentos que serán evaluados por la autoridad local antes de conceder el permiso.
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El nuevo régimen establece que los microeventos solo podrán desarrollarse en sectores del Área Cataratas con límites precisos en cuanto a cantidad de asistentes, frecuencia, equipamiento y simultaneidad. Según lo dispuesto, la participación máxima de 60 personas resulta compatible con la capacidad instalada y la dinámica habitual del parque. El texto de la normativa, firmado por el directorio de la APN, puntualiza que, en caso de superarse ese umbral, la actividad deberá encuadrarse en el “Reglamento para la Realización de Eventos Especiales” y someterse a una evaluación de impacto ambiental más exhaustiva.

Las actividades solo podrán llevarse a cabo por prestadores y concesionarios previamente habilitados, quienes deberán velar por la seguridad de los participantes y el cumplimiento de todas las medidas de manejo ambiental. Estas condiciones fueron delineadas por la Dirección Técnica de Conservación, que consideró que, bajo este esquema, la incidencia ambiental potencial se reduce a niveles mínimos, integrando las actividades a la tipología de Proyectos Tipo 4 del reglamento vigente.
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Para acceder al permiso, los interesados deben presentar la documentación requerida con al menos cinco días hábiles administrativos de antelación. La autorización, una vez concedida, tendrá vigencia por un año desde la publicación de la resolución, manteniendo su carácter excepcional y experimental. Durante este período, la Intendencia del Parque Nacional Iguazú será la responsable directa de controlar, fiscalizar y eventualmente suspender o revocar los permisos ante cualquier incumplimiento, riesgo para la seguridad o afectación de los objetivos de conservación.
El listado de medidas de manejo ambiental obligatorias y el modelo de declaración jurada de compromiso ambiental fueron aprobados como anexos de la resolución. Estas herramientas buscan asegurar que los microeventos se desarrollen bajo parámetros estrictos de control, evitando impactos acumulativos y asegurando la compatibilidad con los valores de conservación del parque. El desarrollo de las actividades estará limitado a los sectores consolidados de uso público intensivo, como el Área Cataratas, donde la infraestructura y la planificación permiten evaluar la viabilidad de este tipo de propuestas.
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El esquema experimental impone la obligación de que, antes de cumplirse el plazo de un año, la intendencia presente un informe de cierre para evaluar el funcionamiento del mecanismo y definir futuras acciones técnicas y administrativas. La iniciativa fue refrendada por los miembros del directorio de la Administración de Parques Nacionales, quienes remarcaron que la medida responde a una necesidad operativa concreta y a la baja complejidad de las actividades involucradas, manteniendo como prioridad la preservación del entorno natural.
En síntesis, la nueva reglamentación ofrece un marco controlado para que entidades, empresas o particulares puedan organizar eventos privados de pequeña escala en las Cataratas del Iguazú.
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