
La Administración de Parques Nacionales formalizó una medida que prohíbe el uso del fuego en áreas naturales protegidas de la Patagonia y otras zonas del centro del país ante el aumento del riesgo de incendios forestales para la temporada de verano 2025-2026.
Los especialistas advierten que las condiciones meteorológicas actuales y las perspectivas para los meses estivales aumentan la amenaza de incendios en la región patagónica y una parte significativa de la región centro, lo que justifica la adopción de medidas de carácter urgente. La decisión tuvo en cuenta un informe técnico titulado “Aplicación regional de prohibición de uso de fuego para las diferentes áreas protegidas de la Administración de Parques Nacionales” que acompañó la resolución 390/2025 publicada este martes.
El documento “expone la situación actual y la proyección para los próximos meses en las diferentes regiones del país respecto de los riesgos de incendios, advirtiéndose para la región patagónica un nivel alto de riesgo de incendios y recomendándose la adopción de restricciones específicas al uso del fuego”.
“Deberá también disponerse la prohibición, a partir del dictado de la presente y durante todo el período que dure la temporada de riesgo, de la realización de cualquier quema y establecer medidas complementarias para regular el uso del fuego en las áreas de uso público de los Parques Nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces, que constituyen las Áreas Protegidas con mayor riesgo de incendios forestales”, detalla la norma.
Al mismo tiempo, la reciente norma menciona que varias provincias del sur ya declararon la emergencia ígnea a través de la aplicación de decretos que implementaron reglas de prevención y control ante la amenaza de incendios forestales en una región que ya atravesó siniestros de considerable magnitud en los últimos años.
“Que atendiendo a estas circunstancias las provincias del Neuquén, Río Negro y Chubut han declarado la emergencia ígnea mediante los Decretos Provinciales Nros. 198/2025, 1.004/2025, y 1.392/2025 respectivamente, estableciendo medidas complementarias de prevención y control de incendios dirigidas a concesionarios turísticos y comunidad en general”.
Bajo estos argumentos, el Gobierno ordenó que desde el 5 de diciembre y hasta el 30 de abril de 2026, queda prohibida cualquier quema en los parques mencionados, permitiéndose únicamente el uso de instalaciones habilitadas para la cocción de alimentos en campamentos organizados por prestadores turísticos autorizados (concesionarios o permisionarios), dado que “resulta necesario reforzar las medidas de prevención respecto del uso del fuego en todas las Áreas Protegidas”.
La resolución aprobada por el Directorio dispone además la remoción de una normativa dictada en mayo pasado, que habilitaba el uso de fuego con autorización de las intendencias, habilitando ahora un criterio único y más restrictivo. Pero resalta que en las regiones no incluidas, la posibilidad de emplear fuego quedará sujeta a la autorización de la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, conforme a procedimientos establecidos en resoluciones anteriores.
El nuevo marco legal establece que “ante la constatación de infracciones, no solo se efectuará la denuncia penal correspondiente, sino que se aplicarán sanciones máximas como lo estipula la normativa vigente en la materia, especialmente en los casos en que la acción desencadene focos de incendio”, aunque no se detallaron cuáles serán las mismas.

Hace apenas unos días la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Estado Nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Victoria y Rosario implementar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP) para frenar los incendios en la región. El fallo se emitió después de constatar que las quemas reiteradas vulneraron el derecho a la salud y a un ambiente sano de los habitantes del Delta.
La decisión exigió la instalación de infraestructura específica, como una red de faros de conservación y sistemas de alerta temprana, para frenar las quemas, que en 2020 consumieron 487.000 hectáreas—equivalente al 21% del Delta—según datos oficiales. El proceso judicial se inició en 2020 tras una demanda de la Asociación Civil Equística Defensa del Medio Ambiente, que alertó por el humo y hollín generados.
Durante el expediente, los informes técnicos señalaron que muchos focos tuvieron origen intencional, vinculados al manejo ganadero de pasturas en un contexto de sequía y bajante hídrica. El Ministerio de Ambiente coincidió en el diagnóstico, advirtiendo sobre intoxicaciones respiratorias y daños en la biodiversidad.
Los jueces consideraron insuficiente la actuación de las autoridades y, aunque no mantendrán monitoreo judicial continuo, impusieron la ejecución del plan y de mecanismos de control, subrayando la obligación de preservar el ambiente mediante una acción federal coordinada.
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