
La Ciudad de Buenos Aires alcanzó durante 2024 un mínimo histórico de violencia letal, con la menor cantidad de homicidios registrada en las últimas tres décadas. De acuerdo a los datos oficiales, la tasa de asesinatos en el distrito descendió un 14% con relación al año anterior, consolidando una tendencia a la baja que las autoridades adjudican, entre otros factores, al endurecimiento de ciertos dispositivos preventivos en el espacio público. Entre estas medidas figura el control policial sobre la portación de elementos cortopunzantes, como cuchillos y navajas, una política activa que, según el gobierno porteño, habría resultado clave para reducir los ataques cometidos con armas blancas.
Sin embargo, este descenso en los indicadores de letalidad convive con un nuevo frente de discusión judicial. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), organización referente en defensa de los derechos humanos, presentó un planteo ante la Justicia de la Ciudad para objetar los procedimientos policiales que permiten la requisa a transeúntes y el secuestro de cuchillos, navajas u otros objetos considerados peligrosos.
En su presentación, el CELS remarcó que tales controles pueden ser contrarios a la protección de garantías fundamentales y pidió la suspensión de los operativos preventivos en la vía pública mientras se resuelve su legalidad.
La entidad sostiene que la facultad de revisar personas y retener objetos cortantes genera prácticas que “estigmatizan” y “criminalizan la pobreza”. El argumento central del CELS es que, al focalizarse en determinadas zonas o poblaciones, estos controles adquieren un carácter discriminatorio que refuerza los prejuicios y vulnera derechos como la libertad ambulatoria, la privacidad, la intimidad y la dignidad humana.
En el escrito judicial se citan el artículo 14 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de transitar libremente, y el artículo 18, sobre la protección contra detenciones arbitrarias. Además, se invocan normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículos 7 y 11), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Al advertir que los controles podrían perpetuar la estigmatización de sectores sociales vulnerables, el CELS solicitó que la Justicia dicte una medida cautelar que frene los secuestros preventivos de cuchillos y navajas hasta que haya un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión. El reclamo, que recoge los lineamientos de tratados internacionales incorporados al sistema constitucional argentino, expone la tensión entre la eficacia de las políticas de prevención y el respeto de las libertades individuales.
La respuesta desde sectores judiciales y de seguridad del gobierno porteño es respaldar la licitud de los procedimientos. Voceros oficiales remarcan que las tareas de prevención y control de la portación de materiales punzocortantes se ajustan a la normativa vigente, y que la merma de homicidios vinculados a armas blancas es consecuencia directa de estos dispositivos. Argumentan que la preservación de la seguridad pública requiere de mecanismos de intervención para evitar situaciones de riesgo y que el éxito en la disminución de muertes violentas valida la continuidad de la política.
El caso suma tensión institucional porque el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad deberá expedirse en los próximos días sobre la validez de los controles policiales y el secuestro de cuchillos en la vía pública. El fallo, que será observado con atención por distintos actores, establecerá un precedente relevante para la política de seguridad local y para la interpretación de derechos y garantías de los ciudadanos en contextos urbanos complejos.
El desenlace judicial de este recurso determinará el marco con el que las autoridades podrán diseñar futuras acciones, en un escenario donde la prevención del delito y el respeto a las libertades siguen en permanente tensión.
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