
La Prefectura Naval Argentina (PNA), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación, renovó los aranceles y las tasas para buques y artefactos inscriptos en la Matrícula Nacional. La decisión se formalizó a través de la Disposición 117/2025 que -según detalla- responde “a la necesidad de ajustar estos valores en función de la realidad económica nacional y asegurar una regulación eficiente y equitativa para todos los usuarios del sector náutico”.
La medida entró en vigencia el 1° de enero, en todo el país. Allí se concretó la modificación del Valor Unidad de la Tasa Fija Anual por Renovación de Matrícula y de los Aranceles, que ya están fijados en el Decreto N°1528/2007; y que está fijado en $286. “Esta modificación busca garantizar que los costos administrativos mantengan una relación equilibrada con la evolución de la economía, brindando previsibilidad a los actores del sector”, destacaron desde PNA.
Desde la Liga Naval también informaron que la resolución aplica a todos los buques o artefactos navales de más de 100 toneladas de registro y que están destinados al tráfico comercial, como son los tanques, cerealeros, de transporte, de carga general, remolcadores y barcazas. A su vez, también afectan a las embarcaciones inscriptas en el Registro Especial de Yates (REY), que aplica a las embarcaciones deportivas o de recreos.
Para la constitución del nuevo monto se tuvo en consideración el Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) el 14 de enero de 2025, y que reportó una variación interanual del 117,8% en el período 2023-2024.
En PNA argumentaron que el porcentaje está “muy por debajo del índice de actualización originalmente aplicado a las tasas del sector”. Asimismo, tomaron en cuenta la preocupación expresada de la comunidad náutica, ante el impacto de mayores costos y cargas impositivas en la actividad, “especialmente en un contexto económico desafiante”.
“La PNA dispuso que el nuevo esquema tarifario se actualice en el Reglamento de Procedimientos Administrativos de las Recaudaciones, lo que implica su publicación en la Plataforma Trámites a Distancia (TAD) y su difusión a través de los canales oficiales de la institución”, agregaron.
A su vez, la disposición se enmarca dentro de la implementación del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), que fue aprobado mediante el Decreto 37/2025, y que establece nuevos lineamientos normativos para la actividad náutica. El régimen fue encabezado por los ministros Federico Sturzenegger —de la cartera de Desregulación y Transformación del Estado— y Patricia Bullrich —a cargo de Seguridad-.
Según informó el gobierno nacional, el REGINAVE “se centra en la supresión de aquellas disposiciones que imponen el sometimiento del usuario a la tramitación de autorizaciones y aprobaciones que resultan redundantes en virtud de la duplicidad de autorizaciones y aprobaciones de igual tenor y fuerza legal”.
Por esto mismo, se decidió implementar estas modificaciones “con el objetivo de conferir al sector un mayor dinamismo, simplicidad y operatividad, para que los usuarios accedan a sus requerimientos sin cargas ni dilaciones innecesarias”.
“Esperamos que en los próximos 10 años la actividad se triplique. Porque tendremos libertad económica, estándares otorgados por organizaciones reconocidas internacionalmente, una mejor construcción y reparación de buques y habrá un régimen simplificado en buques de más de 10 toneladas”, había resaltado Bullrich en la presentación.
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