
Giovanni Lauro, altivo y desafiante, le dio un beso a la estampita de San Genaro que dejó pegada en la pared de la celda y Francisco Salvatto, tembloroso, saboreó un par de pitadas a su cigarro. Fue lo último que pidieron hacer. De ahí fueron llevados ante el pelotón de fusilamiento, en el patio de la Penitenciaría Nacional. Ese sábado 22 de julio de 1916 se convirtieron en los últimos delincuentes en ser ejecutados en nuestro país por delitos comunes.
La pena de muerte había sido abolida en nuestro territorio por la Asamblea del Año 13. Sin tomar en consideración los casos políticos como fue el fusilamiento de Santiago de Liniers tres meses después de la Revolución de Mayo, el 4 de octubre de 1811 el Primer Triunvirato emitió un bando por el que se condenaba a muerte a los que eran sorprendidos robando en domicilios. La inseguridad ya era un problema.
Hasta 1852 se continuó fusilando por cuestiones políticas y en otros casos para “preservar las buenas costumbres”, como se adujo en el fusilamiento de Camila O’ Gorman y el cura Ladislao Gutiérrez el 18 de agosto de 1848. Derogada cuatro años después, la Constitución de 1853 la abolió y la provincia de Buenos Aires hizo lo propio en 1868. Sería reimplantada en el Código Penal de 1886.

El crimen de la calle Gallo
En la mañana del sábado 22 de julio de 1916, los calabreses Francisco Salvatto y Giovanni Lauro fueron ejecutados al ser encontrados culpables de la muerte de Frank Carlos Livingston. El caso había sido bautizado por el periodismo como “El crimen de la calle Gallo 1680″, cuyas alternativas el público siguió con avidez y atención.
Frank Carlos Livingston tenía 46 años. Al momento de su muerte, se desempeñaba como subcontador del Banco Hipotecario Nacional, donde había ingresado de joven. Llevaba nueve años de casado con Carmen Guillot, de 28 años y tenían seis hijos. En la madrugada del 20 de julio de 1914, al ingresar a su domicilio, en Gallo 1680, dos sujetos lo sorprendieron en el hall de entrada, y lo asesinaron de 36 puñaladas.
Si bien los primeros indicios orientarían a la policía a un robo, ya que al muerto le faltaba la billetera, al comisario Ruffet le llamó la atención el grado de ensañamiento por un simple robo. Además, la víctima aún tenía su reloj de oro.

La pista que llevaría a una rápida solución del caso fueron los cuchillos que los asesinos habían dejado en la escena del crimen: tenían un fuerte olor a pescado y uno de ellos tenía escamas adheridas. Enseguida, los investigadores interrogaron a la mucama, quien había tenido un romance con el pescador Salvatore Vitarelli, proveedor de la familia Livingston. El hombre no tardó en confesar que la esposa de la víctima le había propuesto pagarle para que asesinara a su esposo, al parecer una persona violenta y golpeadora. Vitarelli contrató a dos calabreses que estaban buscando trabajo: Giovanni Bautista Lauro, de 24 años y Francisco Salvatto, de 27.
El juez del crimen J. R. Serú los encontró culpables y los condenó a la pena de muerte. Y a la esposa, Carmen Guillot, y al pescador Vitarelli, a la pena de reclusión perpetua.
El 22 de julio de 1916 los reos sucumbieron bajo las balas de los ocho fusiles del pelotón de fusilamiento.
Si bien la pena de muerte estaba contemplada en el proyecto del Código Penal de 1922, finalmente el Congreso no la votó. Primó la postura de que no existe derecho alguno de matar a un semejante; que la muerte del acusado no repararía el mal causado y que, en definitiva, el condenado debía vivir precisamente para reparar el daño ocasionado.
Cuando el general José F. Uriburu derrocó a Hipólito Yrigoyen, instauró la ley marcial. Producto de ella, se fusiló el 1º de febrero de 1931 en la Penitenciaría Nacional al anarquista Severino Di Giovanni junto a su cuñado Paulino Scarfó, quienes habían sido autores de varios atentados en la ciudad de Buenos Aires. También hubo otros fusilamientos de delincuentes comunes, como ocurrió en la comisaría 1a de Avellaneda con los hermanos Gatti, que días atrás habían sido detenidos cuando robaban en un comercio en avenida Mitre. La orden la había dado el mayor José Rosasco, a cargo de la policía local; en venganza, sería asesinado meses después mientras cenaba en un restaurante de esa ciudad.

Una historia de violencia
La pena de muerte volvió a repensarse cuando fueron secuestrados Abel Ayerza y Santiago Hueyo, el 23 de octubre de 1932. Ayerza pertencía a una familia tradicional porteña y Hueyo, que días después sería liberado, era el hijo del ministro de Economía de Justo. Luego de meses de negociaciones con los secuestradores y de un fatal mal entendido, en febrero de 1933 el cuerpo de Ayerza fue hallado en un maizal. Entonces el Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de pena de muerte por electrocución, el método que se aplicaba en Estados Unidos. Pero los legisladores no lo trataron.
Durante el gobierno de Juan Perón, se pensó la pena capital para los casos de traición a la patria o de sublevación, especialmente cuando el intento de golpe de estado de Menéndez de 1951, pero no se aplicó.
En 1970, Juan Carlos Onganía la reimplantó luego del secuestro del general Pedro Aramburu; durante los tres años del gobierno democrático siguiente fue derogada y vuelta a aplicar durante la dictadura de 1976, aunque los desaparecidos fueron asesinados sin el debido proceso y al margen de esta norma.
En 1981, Néstor Evaristo, de 10 años, fue secuestrado por tres hombres que vivían en la calle, abusaron de él y lo asesinaron. Si bien un juez los había condenado a la pena de muerte, finalmente fueron sentenciados a reclusión perpetua.

En 1984, el gobierno de Raúl Alfonsín la derogó y cuando Argentina suscribió el Pacto de San José de Costa Rica, ya perdió la potestad de instaurarla, a menos que denuncie el Pacto.
Desde el año 2003, se celebra cada 10 de octubre el Día Mundial contra la Pena de Muerte, iniciativa impulsada por la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, un organismo que agrupa a las organizaciones abolicionistas que buscan erradicar esta pena de los sistemas judiciales de cada nación.
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