
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este viernes a través de su publicación en el Boletín oficial, unas galletitas de primera marca por presentar un hilo en su interior.
La Disposición 9250/2021 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto: “Galletas Marineras Multicereal”, marca: Los Dos Chinos, RNPA 21-116581, Elaborado por Alimenticia Sauce Viejo, Parque Industrial Sauce Viejo, Lote 182, Sauce Viejo, Santa Fe - RNE 21-112970, por carecer de registros sanitarios al consignar registros dados de baja, resultando estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal.
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Asimismo, prohíbe la elaboración, fraccionamiento y venta en todo el territorio nacional de todos los productos que consignen en su rótulo el RNE 21-112970, con fecha de elaboración posterior al 06/08/20, por ser un registro dado de baja.
En su considerando, la norma explica que las actuaciones se iniciaron ya que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informa las acciones realizadas en el marco de la investigación de una denuncia en relación a la comercialización del producto que no cumpliría la normativa vigente, por presentar un elemento extraño, compatible con un hilo en su interior.
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Además, la ASSAl informó que el RNE 21-112970 se encontraba dado de baja de su sistema electrónico desde el 6/8/20, que por lo tanto, a partir del 7/8/20, dicho RNE no estaba habilitado para elaborar ningún producto y también informó que todos sus RNPA, incluido el RNPA 21-116581 estaban dados de baja.
A ello se suma que la ASSAl indicó que el domicilio funcionaba el RNE N° 21-115007, elaborador de productos farináceos, que en fecha 29/3/21 había solicitado la reutilización de las bobinas con marca “Los dos chinos” y que dicha solicitud fue rechazada por la ASSAl por registros inexistentes.
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En ese sentido expresó que el RNE 21-115007 no tenía registrado el producto alimenticio con denominación de venta “Galletas Marineras Multicereal, Marca: Los Dos Chinos.
Como consecuencia de todo, la ASSAl prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición y en su caso decomiso y desnaturalización del producto; también comunicó lo sucedido a los responsables de las Regionales y Auditores de la ASSAl y a las áreas de Alimentos de los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.
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Se determinó que el producto se halla en infracción por carecer de registros sanitarios al consignar registros dados de baja, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal y que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República.
Finalmente señala que a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.
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En relación a un alimento similar, el pasado 18 de noviembre, la Disposición 8563/2021 fijó la prohibición de la venta del producto “Galletitas dulces con miel”, marca “La Española”, RNPA Nº 13044532, RNE N° 13004748, elaborado hasta el 9/9/2021, por no incluir el rótulo del producto la frase de advertencia “puede contener leche”.
En el considerando señala que las actuaciones se originan a partir de que el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, en el marco de la investigación de una denuncia, informó las acciones realizadas en relación al producto dado que su consumo, habría causado en dos menores de edad una reacción alérgica a la proteína de leche.
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