
El sábado por la mañana, D.B., una mujer de 25 años oriunda de la ciudad chubutense de Puerto Madryn, asistió a un centro de salud cercano después de presentar síntomas compatibles con coronavirus. El diagnóstico confirmó más tarde la sospecha: el testeo que se realizó había dado positivo de COVID-19. En consecuencia, los médicos que la atendieron le comunicaron que debía hacer el aislamiento correspondiente. Sin embargo, D.B., que está embarazada, no respetó el protocolo sanitario y al otro día festejó el baby shower en su casa y con la presencia de más de 20 invitados.
Según confirmaron desde la policía provincial, la mujer, aun sabiendo que estaba contagiada, siguió adelante con la reunión, que se llevó a cabo el domingo por la tarde en un domicilio de la calle Bolivia al 1300, en la zona del Parque Industrial Liviano. Hasta allí llegaron efectivos de la Comisaría Segunda de la ciudad después de haber sido alertados por el personal de salud que atendió a D.B y allegados, afirmó a los medios locales el subjefe de la Unidad Regional Madryn, Víctor Urrutia.
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“Tomamos conocimiento después de que nos informaran que esta mujer había publicado el evento en las redes sociales, donde había anunciado fecha y horario”, dijo Urrutia. Tras contactarse con el Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) Ruca Calil del barrio Perón, confirmaron que D.B. se había atendido allí y que se le había informado del diagnóstico positivo y que debía guardar aislamiento. En consecuencia, fueron hasta el lugar donde se celebró el festejo de la bienvenida al bebé.

Cuando los oficiales llegaron, alrededor de las 18 del domingo, en la vivienda había al menos 20 personas, pese a las restricciones que existen actualmente por la pandemia de coronavirus (en Chubut están permitidas las reuniones sociales de hasta 10 personas como máximo). “Después constatamos que eran 18 mayores de edad y seis menores”, precisó el subjefe. Los agentes se comunicaron con el Juzgado Federal de Rawson, que resolvió iniciar una causa contra D.B.
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La organizadora de la fiesta clandestina quedó así imputada por violar el Artículo 202 del Código Penal Argentino, el cual prevé prisión de 3 a 15 años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas. También por infracción a los Artículos 205 y 239, al no respetar las medidas sanitarias vigentes.
En el caso del primero, establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
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Mientras que el 239 indica que será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

En tanto, el resto de los participantes del baby shower fueron imputados por violación al Artículo 205. Todos ellos además deberán realizar el aislamiento, al ser contactos estrechos.
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