Crearon un listado de especies exóticas invasoras para controlar su circulación

Los objetivos de la normativa publicada en el Boletín Oficial son, además, promover acciones de contención, prevención y detección temprana

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible armó una lista de especies exóticas invasoras y potencialmente invasoras en la Argentina para poder controlarlas debido a que “son una de las principales amenazas a la conservación de la biodiversidad”
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible armó una lista de especies exóticas invasoras y potencialmente invasoras en la Argentina para poder controlarlas debido a que “son una de las principales amenazas a la conservación de la biodiversidad”
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El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible armó una lista de especies exóticas invasoras en la Argentina para poder controlarlas debido a que son “una de las principales amenazas a la conservación de la biodiversidad”.

Mediante la Resolución 109/21, publicada en el Boletín Oficial, la cartera de Ambiente conformó una mesa de trabajo federal e interinstitucional “para abordar la problemática de estas especies”.

“Se cuenta con el marco normativo para abordar el control de aquellas especies de mayor riesgo y generar las condiciones adecuadas para los sistemas productivos que dependen de especímenes de menor riesgo”, detalló el texto oficial.

El objetivo de la normativa es evitar que estas especies ingresen y se trasladen entre jurisdicciones, además de promover acciones de contención, prevención, detección temprana, control y su erradicación.

Las especies invasoras “son una de las principales amenazas a la conservación de la diversidad biológica”, cuyo riesgo puede aumentar por el incremento del comercio mundial, el transporte, el turismo y el cambio climático.

Y en la resolución publicada el lunes pasado se expresa la clasificación de estas especies invasoras de animales, vegetales, algas, hongos y/o microorganismos en tres categorías: “Especies de uso restringido: aquellas que no están sujetas a uso productivo o a algún otro tipo de aprovechamiento o que, siendo objeto de uso, representen una amenaza que a juicio de la autoridad de aplicación exceda los beneficios asociados a su aprovechamiento. Las especies de uso controlado: las que son objeto de uso productivo o de algún otro tipo de aprovechamiento que a juicio de la autoridad de aplicación corresponda mantenerlo pese al riesgo asociado. Por último, las especies de clasificación pendiente: aquellas cuya clasificación en alguna de las dos categorías anteriores no se ha completado por falta de información”.

“Los países firmantes del Convenio de Diversidad Biológica se comprometieron a impedir que sean introducidas especies exóticas y a controlarlas o erradicarlas cuando amenacen ecosistemas, hábitats u otras especies”, aclaró el documento y la normativa.

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Por otra parte, define como especies exóticas invasoras a “aquellas plantas, animales o microorganismos trasladados de manera voluntaria o accidental más allá de sus límites naturales de distribución, cuya introducción y propagación amenaza los ecosistemas, hábitats o especies, produciendo daños económicos o ambientales” y se trata de uno de los mayores riesgos para el desarrollo sostenible en distintas regiones del mundo.

Asimismo, prohíbe “la introducción al territorio nacional y el movimiento interjurisdiccional de las especies clasificadas como de uso restringido, así como su cría o cultivo, compra y venta, donación y liberación en lugares sometidos a jurisdicción nacional”.

La resolución aclaró posteriormente, en su artículo 15, que se asigna a la Dirección Nacional de Biodiversidad de la Secretaría de Política Ambiental en Recursos Naturales las funciones de “actualizar periódicamente la Lista de Especies Invasoras y Potencialmente Invasoras conforme a los preceptos de esta Resolución”.

Otro objetivo mencionado será “evaluar y aplicar los protocolos de análisis de riesgo de especies invasoras o potencialmente invasoras, previo a su ingreso al país o movimiento interjurisdiccional y de las nativas desplazadas por fuera de los límites de su distribución”.

Las sanciones por el incumplimiento de la normativa publicada “serán las que se fijen en cada una de las jurisdicciones conforme el poder de policía que les corresponde”. Fue firmada por Juan Cabandié, ministro de Ambiente de la Nación.

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