El gremio que representa a los patovicas en todo el país emitió un comunicado en el que defendió el accionar del personal del boliche Le Brique, de Villa Gesell, durante la trágica noche que finalizó con el asesinato del joven Fernando Baéz Sosa (19) cometido por un grupo de diez rugbiers.
El Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (Sutcapra) consideró como “correcta” la intervención de los empleados de seguridad privada, luego de que fuera criticado el rol que asumieron los encargados de velar por la integridad física de los asistentes al boliche.
Las imágenes publicadas por Infobae ponen de manifiesto cómo los patovicas conducen al grupo de rugbiers por una puerta lateral del boliche. El primero en ser sacado a la fuerza de la pista es un joven rubio, que lleva el pelo atado con un rodete. Detrás de él se ve a otro de sus amigos que es arrastrado contra su voluntad, mientras dos patovicas lo tenían neutralizado del cuello y el brazo izquierdo.
Al resto del grupo, en cambio, se lo ve salir de manera pacífica y siguiendo las órdenes de evacuación. Pero los inconvenientes seguirían fuera del boliche, cuando los agresores perpetraron su brutal agresión a Fernando Báez y su grupo de amigos sobre la Avenida 3, hasta que intervino la policía.
En el escrito, el gremio de patovicas señala que “exige justicia por el asesinato de Fernando Báez Sosa y ratifica el correcto accionar del personal de seguridad del boliche Le Brique de Villa Gesell”. Luego, citó “cuáles son las obligaciones y funciones de los trabajadores de control de admisión y permanencia, según Ley Nacional 26370, la norma que regula la actividad”.
El texto del Sutcapra menciona los artículos del marco regulatorio del personal de seguridad de boliches. En los artículos 5 y 9, se destacan las obligaciones de los empleados que controlan el ingreso de los asistentes de estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar de entretenimiento donde se desarrollen espectáculos y eventos artísticos.

“Control de admisión y permanencia: son aquellas tareas realizadas por trabajadores en relación de dependencia, que tienen por finalidad el cumplimiento de las condiciones objetivas de admisión y permanencia determinadas por los titulares de los establecimientos o de eventos”, describe la normativa. Además, establece que los patovicas tienen la obligación de "requerir, cuando las circunstancias pongan en riesgo la seguridad de las personas o bienes, el concurso de la autoridad policial o de los organismos de seguridad, para preservar el orden y la integridad de los mismos”, esboza el inciso "L" del artículo 9.

En ese marco, el sindicato que encabeza su secretario general, Leandro Nazarre, insistió en la reglamentación del Decreto 1824/2009 en relación a las “obligaciones de los controladores” y consideró que el Sutcapra está abierto a la discusión del marco regulatorio vigente, “siempre y cuando no altere su espíritu y fundamento inicial ni las condiciones laborales de nuestros representados”.
“Sutcapra fue impulsor y redactor de la Ley 26.370. Además desde hace quince años ha realizado tareas de fiscalización y capacitación para normalizar y profesionalizar la actividad y dar combate a la violencia en las noches", concluye el comunicado.
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