Cuánto saben los argentinos sobre la ley de adopción, la alternativa que proponen los antiabortistas

Una encuesta de la Universidad Abierta Interamericana (UAI) reveló que más del 70 por ciento de la gente desconoce los alcances de la normativa, aunque opina que "funciona mal"

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"No abortes. Podés dar a tu hijo en adopción". La frase resuena en cada ámbito donde se debate la ley de despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Aparece como la alternativa simple, sana y legal de evitar un aborto entre quienes plantean "salvar las dos vidas". Pero el aborto y la adopción son dos temas independientes, demasiado complejos para emparentarlos entre sí en una sola oración. Ambos requieren de un análisis profundo y serio, y en la práctica exigen una participación activa del Estado que garantice los derechos de cada persona implicada. En especial, del niño que será entregado a una familia.

Sin embargo, a horas de la definición clave en el Senado, un 70,9% de la población admite que desconoce la ley de adopción, mientras que un 74.2% sostiene que "funciona mal". El dato surge de una encuesta realizada por la Universidad Abierta Interamericana (UAI) entre mayores de 18 años residentes en la zona metropolitana de Buenos Aires, y fue difundida días antes de la fecha que definirá el destino del proyecto por el derecho a decidir.

Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)
Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)
Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)
Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)

Infobae consultó a especialistas en la materia para conocer qué nivel de respuesta que ofrece hoy la ley de adopción a aquellas mujeres que ante un embarazo no deseado prefieren evitar el aborto, y que están dispuestas a atravesar los nueve meses de gestación de un bebé que, en principio, no será aceptado como un hijo propio.

Marcos Córdoba es decano de la facultad de Derecho de la UAI y fue además uno de los legistas convocados para redactar el nuevo Código Civil y Comercial en la Argentina. Se manifiesta en contra de la ley de despenalización del aborto, pero al mismo tiempo reconoce que no se han podido introducir algunas normas que necesita la sociedad argentina. Por ejemplo, instituciones paralelas a la adopción.

Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)
Encuesta Ley de Adopcion, Agosto 2018 (UAI)

Leé la encuesta completa:

"El tema de la adopción ha sido legalmente uno de los más complicados de la Argentina. Todas las leyes que ha habido, desde la década del 50 para acá, han provocado situaciones no queridas", explica Córdoba a Infobae. Y agrega un análisis interesante sobre el resultado de la encuesta: "Ese 29 por ciento que dice conocer la ley, lo que conoce es que una persona puede ser adoptada, pero no la conoce en profundidad. Hay un desconocimiento absoluto del derecho".

Graciela Fescina, directora del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (DNRUA), aclara que el aborto y la adopción son dos temas bien distintos, pero, si hablamos de lo segundo como una alternativa al aborto, es necesario reparar y conocer especialmente el artículo 607 inciso B del Código Civil y Comercial, que trata sobre la declaración judicial de la situación de adoptabilidad.

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"Yo creo que el 90% tiene un gran desconocimiento de la normativa, y que ese 30 por ciento que dice que hay que modificar la ley, quizás hable desde la insatisfacción personal por aún  no haber sido convocado, o por lo que escucha en la tele, o lo que les contó algún conocido. Muchos se quejan pero nunca estuvieron inscriptos. El trámite no es complicado. Sí hay un tiempo de espera para ser convocados", dice Fescina.

En primer lugar, hay que aclarar que no puede ser declarada en estado de adoptabilidad una persona que aún no ha nacido. Aunque la mujer embarazada que decide dar en adopción a su bebé puede informar su deseo con antelación, no será hasta después de los 45 días de dar a luz que podrá notificar formalmente a un juez de familia sobre su decisión, para que este y el órgano de protección definan los pasos a seguir. Y otro punto no menos importante: no podrá elegir a quién dejar a cargo de su hijo biológico.

– ¿Por qué hay que esperar 45 días?

– "Muchas veces pasa que la mujer que quiere abortar por algún motivo no lo hace, y después nace la criatura y no se quiere desprender de ella porque se creó el lazo afectivo", explica Córdoba. Es que el proceso de gestación puede llegar a producir un cambio en la decisión de esa mujer o pareja que en primera instancia manifiesta el deseo de dar en adopción a su hijo. Por eso mismo se establece un período de 45 días posteriores al nacimiento para dar a conocer su decisión.

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Por otra parte, la declaración judicial de la situación de adoptabilidad no puede ser dictada si algún familiar o referente afectivo del niño, niña o adolescente ofrece asumir su guarda o tutela y tal pedido es considerado adecuado al interés de éste. Esto se debe a que es prioridad que el niño o niña pueda permanecer dentro de su círculo familiar, aunque no es excluyente. Una vez corroborado ese aspecto, el juez debe resolver sobre la situación de adoptabilidad en el plazo máximo de noventa días.

Ahora bien, ¿qué ocurre en esos 45 días posteriores al nacimiento entre la madre y el niño no deseado?

"No es que lo van a tener que cuidar en esos 45 días. Hay diversos proyectos que están trabajando sobre el acompañamiento a las familias que deciden no criar al niño, porque no pueden o por que no quieren. En ese caso, el niño pasa a un hogar de tránsito hasta que sus progenitores pueden dar el consentimiento libre e informado", detalla la funcionaria.

No obstante, esa familia "de tránsito" no podrá adoptar al niño porque no están evaluadas para ello, ni estarán inscriptos en el RNUA. "Son familias que por lo general ya tienen otros niños, deciden no tener otro, pero sí quieren colaborar con el sistema", describe Fescina.

-Es complejo, se trata de un bebé recién nacido.

– Sí, es complejo. -responde Frescina-. Pero hay gente que lo hace y lo hace muy bien. Hay ONGs que se ocupan de cuidar a estos chicos durante esos 45 días. Pasado ese tiempo, el juez junto con el órgano de protección acompañan -o deberían acompañar- una vez que toman conocimiento de la voluntad de los progenitores. Ahí es cuando se nos informa al registro para que se busque una familia para este recién nacido.

– ¿Esto está funcionando ahora?

– Hoy, el deber ser es, nace un niño cuyos progenitores manifiestan el no poder o el no desear asumir su crianza, ya los órganos de protección y el juez deberían contactarse con el registro de aspirantes a guarda con fines adoptivos del lugar de origen de este niño y buscar la familia que tiene ese perfil adoptivo, que busquen un niño menor de un año y que tengan las capacidades de poder adoptar. Eso es lo ideal, pero siempre hay demoras.

– Esas demoras de la que usted habla, ¿de cuánto son en promedio?

– Entre ocho meses y un año aproximadamente. En ese tiempo permanecen con su familia de guarda, que no es lo ideal porque se fortalecen los vínculos afectivos y es más difícil. Lo ideal sería que el sistema funcionara como un relojito en este sentido. Hay veces que se demoran porque puede aparecer alguien de la familia extendida de esos progenitores que quiere criar al chico. En ese caso, el juez deberá evaluar si corresponde o no tomar esa medida.

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– ¿Siempre es prioridad que permanezca en el núcleo familiar?

– Es prioridad, pero yo tengo mis dudas en lo personal respecto a cuando los progenitores deciden no criarlo cómo puede ser la vida de ese niño o niña dentro de un núcleo familiar cercano a quienes han transitado el embarazo y le han dado la vida deciden no criarlo. Pero como no soy juez, no me toca resolver en ese aspecto.

De acuerdo a Fescina, los tiempos del sistema hoy, tal como está, no funcionan rápidamente por diversos inconvenientes. "Sobre todo porque todavía no tienen muy internalizados ni los jueces ni los órganos de protección cómo actuar. Hay situaciones que hacen que esto se demore. Pero sí vamos camino a que suceda".

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– Usted cree que tal como está la ley de adopción funciona o puede funcionar como alternativa al aborto?

– La ley de adopción está bien. Hay que hacer un acompañamiento en esta situación del inciso B del artículo 607. Pero también generar las condiciones para que los progenitores estén informados de que existe esta posibilidad de decidir no criar al niño, que no va a ser penado por la ley, quitar el castigo social respecto de una decisión así. Yo creo que es el camino. No pongo en una misma línea el aborto con la adopción ni me voy a meter en el debate porque no he participado en las discusiones del proyecto, ni es importante qué es lo que pienso. Pero sí, decidir no criar a un chico y transitar el embarazo no tiene nada que ver con el aborto. Al mismo tiempo, la decisión de no transitar ese embarazo no va a cambiar por más ley de adopción que hagamos. Está previsto que quien no desea criar a su niño puede transitar el camino de la adopción para manifestar que no lo va a criar y no tiene ni que darle una mamadera.

– ¿Cree que es necesario que se conozca más acerca de esta alternativa?

– Creo que falta conocimiento a la sociedad en general y a quienes transitan ante un resultado de un test de embarazo y que no saben qué hacer. Debemos darles a conocer que existe esa posibilidad, ese 607 inciso B como alternativa de no crianza de ese bebé. Creo que hay mucho desconocimiento y que la estadística de que la ley está mal, ese 30 por ciento que dice que habría que modificarla, por ahí responde a los tiempos, que no entienden quién tiene el derecho a ser adoptado, que es el niño. El adulto solo tiene el derecho de inscribirse en el registro de aspirante y la posibilidad de que confluyan el perfil adoptivo con el perfil del niño para intentar formar una familia.

– ¿Piensa que si se conociera más este artículo muchos tomarían el camino de la adopción?

– No lo sé. Sí creo que hay que darlo a conocer porque quienes no quieren interrumpir un embarazo entran en un estado de angustia y de no saber qué camino tomar para no caer en una cosa ilegal. Tendría que estar funcionando muy bien el 607 inciso B, y muy evaluadas las personas que toman esta decisión para que nosotros o el órgano que va a cobijar a estas personas pudiera en el momento concreto decirles: Pensó en abortar en algún momento y esta fue su solución? para tener una estadística sobre ese punto. Hoy, a priori, no lo podemos saber.

Hay otro factor importante que es el tema de la salud. Si los abortos siguen produciéndose en forma ilegal e insegura, es decir clandestina, la mujer se expone a un riesgo importante. "No soy médica, pero creo que es menos riesgoso transitar un embarazo que practicarse un aborto. Obviamente si además hablamos de un aborto mal hecho el riesgo es mucho mayor", opina Fescina.

Para Córdoba, someterse a una intervención quirúrgica pone en riesgo su propia vida aunque se haga en un hospital público y con autorización legal.

"Cuando una mujer está con una gestación que no quiere, el Estado le tiene que dar una alternativa. Ofrecerle alguna motivación para que esa persona quiera seguir con la gestación, para que esa criatura nazca y pueda dar felicidad a una persona que quiera adoptar a un recién nacido, y pueda hacer que nazca una persona que va a ser feliz de vivir en una familia, sin tener que sacrificar a nadie", sostiene.

Por último, el especialista en Derecho hizo hincapié en la necesidad de elaborar sistemas de motivación para "preservar la vida". "El primero es la educación sexual", concluyó.

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