
Por primera vez en el país una pareja heterosexual de Córdoba consiguió autorización judicial para gestar a su hijo en un vientre sustituto e inscribir a ese niño como propio, a pesar de que en la Argentina no hay un marco regulatorio concreto para esta práctica.
El juez de Familia Gabriel Eugenio Tavip fue quien, además de homologar el acuerdo para llevar adelante el embarazo subrogado, dió el aval jurídico al matrimonio para que puedan reconocer al hijo que crecerá en el útero de otra mujer y es producto de un embrión de ambos.
En la subrogación de vientre una pareja deposita un embrión con material genético de ambos (si son heterosexuales y pueden hacerlo) o de uno de los dos (si se trata de una pareja homosexual) en el útero de otra mujer, que lo gesta.
En Argentina ya son más de 20 los fallos que autorizaron gestaciones por sustitución, pero casi todos fueron casos que iniciaron durante el embarazo ya en curso o luego del nacimiento. La práctica de maternidad subrogada hasta ahora se hacía a través de acuerdos privados, pero luego surgían inconvenientes a la hora de inscribir a los recién nacidos porque no existe una regulación clara. Se calcula que actualmente hay entre 40 y 50 casos en curso de embarazos o de niños nacidos con este tratamiento.

Tavip explicó que a raíz de que el Código Civil estipula que los hijos son de la mujer que los pare, cuando se da una subrogación de vientre -también conocida como alquiler de vientre, gestación solidaria o gestación por sustitución- el proceso de inscripción se complejiza. Si bien el Código prevé y autoriza las prácticas de fertilización asistida, no contempla la maternidad subrogada. "Con lo cual la gente tiene que venir al poder judicial para que se resuelva porque, si ese niño nace, tendrá que ser inscripto como hijo de la mujer gestante. Lo que se busca es desplazar eso. Que, cuando nazca, quede como hijo de la pareja a quienes llamamos comitentes", indicó el juez en diálogo con Cadena 3.
El artículo 19 de la Constitución Nacional, sin embargo, al estipular que "ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe", deja lugar a interpretaciones. "El código no la prohíbe. Bajo determinadas circunstancias, es posible autorizarlas y que, cuando nazca el niño, sea inscripto como hijo de la pareja que aporta el material genético", dijo Tavip. "Nada está ni permitido expresamente ni prohibido".
En este caso en particular, la pareja que deseaba tener un hijo contó con la cuñada de la mujer (es decir, la esposa de su hermano) como mujer gestante. Se presentaron ante la justicia para autorizarla y solicitar que puedan inscribir al hijo como propio. Ella necesitó una intervención quirúrgica de emergencia, razón por la que no tiene útero pero sí ovarios y él posee espermatozoides. Entre ambos pueden conformar un embrión que, con la autorización del juez, se puede implantar en el vientre de la cuñada de la mujer (quien ya tiene tres hijos). La subrogación de vientre es la alternativa ideal para los casos donde un inconveniente médico se interpone entre la pareja y su anhelo de ser padres.

Tavip pidió la intervención del Cuerpo de Asistencia Técnica Multidisciplinaria (Catemu) para establecer si la voluntad de los protagonistas no estaba viciada y si comprendían cabalmente lo que estaban por emprender. Para determinar su decisión, la gestante fue interrogada sobre los sentimientos respecto del ser que llevaría durante nueve meses y su respuesta sorprendió a todos, incluído al juez: "Este no es mi hijo, yo lo voy a alojar solamente un pequeño tiempo porque sus papás no lo pueden alojar".
A pesar de que todos mostraban su conformidad con el acuerdo, el juez reveló que rebatió la opinión de un comité de bioética del poder judicial que se pronunció en contra "porque entendía que esto podía acarrear peligros en la salud física y psicológica de la gestante o los niños". "Los fundamentos que daban no me convencieron en absoluto", señaló Tavid.
"Hay muchas aristas en esto, es un tema a debatir", señaló el juez Tavip. "Nos dimos cuenta de que era un fin absolutamente altruista y yo fallé en este caso, pero no sé si tuviera que fallar en un caso donde hay una transacción. No se si fallaría igual". Ante la falta de regulación podrían existir casos donde haya transacciones económicas entre las partes. En este escenario los derechos y obligaciones de los padres y la gestante no están claros.
Reunidos todos los elementos, el juez Tavip se inclinó por homologar el acuerdo y autorizó el tratamiento (los tres protagonistas deben prestar su consentimiento al centro de salud). El magistrado también ordenó que el niño o la niña sea inscripto como hijo de la pareja comitente y que no se establezca ningún vínculo paterno-filial con la mujer gestante. Finalmente, Tavip instó también al matrimonio a que, "en caso de que se produzca el nacimiento, hagan conocer al niño/niña su historia gestacional, cuando tenga edad y grado de madurez suficiente".
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