
Una mujer que sufrió quemaduras en las piernas al someterse a un tratamiento de depilación definitiva por "luz pulsada" recibirá un resarcimiento económico de más de 100 mil pesos e intereses.
La víctima, Constanza Picciani, asistió en abril de 2011 a un centro de salud para una "depilación médica definitiva con luz pulsada (IPL) que le produjo quemaduras de primer grado a lo largo y ancho de sus piernas".
Picciani se atendió en un local de Rincón Vital SRL, ubicado en Tucumán al 1400, para realizarse la novena sesión de depilación. A su vez, esta firma había sido contratada por Depilife, propiedad de Imaginais SRL, para hacer el tratamiento.
"Depilife usaba distintas instituciones para atender a sus clientes. Yo iba dos veces por mes a ese local para realizar el tratamiento. Hasta ese momento no había tenido ningún problema. Me había depilado tres zonas del cuerpo: las piernas completas, el cavado y las axilas. Ese día me hicieron las piernas. Y cuando la chica que me atendió empezó disparar el láser comencé a sentir mucho ardor y le pedí que parara. Pero siguió y me dijo: 'estoy aplicando la misma intensidad que dice tu história clínica'", relató la mujer de 40 años, y detalló que en cada sesión había "una chica distinta".
"Cuando terminó y retiró el gel frío que te ponen para protegerte, sentí que me quemaba viva -dijo Picciani al diario Clarín-. Fue la única vez que por el dolor aluciné".

"Estuve 26 días encerrada en mi casa. Todas mis piernas estaban quemadas. No podía trabajar, no podía hacer nada", dijo la mujer, quien tardó cinco años en sanar sus piernas con un tratamiento médico.
Como consecuencia de ello, "deberá evitar tomar sol de por vida y usar protección FPS 100 en el lugar donde tuvo las lesiones para no pigmentar la piel", según explica el fallo, publicado por el sitio de internet elDial.com.
La Sala D de la Cámara Civil, en un fallo firmado por los jueces Patricia Barbieri y Osvaldo Onofre Álvarez, descartó el argumento del instituto médico en cuanto a que la mujer había consentido la práctica depilatoria con los riesgos que ello implicaba.
"El consentimiento informado no es una coartada que permite liberar al profesional de las consecuencias de los errores médicos provocados por culpa o dolo", dijeron los jueces.
En ese sentido, precisaron que el consentimiento no libera de responsabilidad a las profesionales que apliquen el tratamiento en una zona del cuerpo que no está preparada para ello, como por ejemplo cuando la piel está bronceada.
"Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos", resumió el fallo.
La víctima recibirá una indemnización de 102.932 pesos, más sus intereses a contar desde el momento en que ocurrió el siniestro.
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