
La República Dominicana formalizó este martes el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos en la administración pública con la entrada en vigor del Decreto No. 403-2026, una norma emitida por el Poder Ejecutivo para ordenar el intercambio de información entre organismos estatales y evitar que ciudadanos y empresas presenten datos que ya obran en otras oficinas.
La medida derogó el Decreto No. 92-22, del 8 de febrero de 2022, que había establecido el esquema anterior de interoperabilidad gubernamental.
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Según el anuncio oficial del Ministerio de Administración Pública, el nuevo diseño buscó transformar los procesos de intercambio de información del Estado y habilitar servicios públicos digitales integrados y proactivos.
El decreto fijó reglas para el intercambio seguro, estandarizado y trazable de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables entre entidades gubernamentales. El ministerio sostuvo que esa estructura permitirá una gestión más eficiente de los activos de información bajo control estatal y una administración menos burocrática.

El decreto obliga a compartir información institucional
Los organismos públicos deberán priorizar el intercambio de información institucional para impedir la repetición de trámites ya cubiertos por otras dependencias del Estado dominicano. El Ministerio de Administración Pública dijo que esa obligación reducirá la duplicidad documental y la carga administrativa.
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La nueva regulación colocó la calidad de los datos estatales entre sus objetivos centrales. La consecuencia inmediata fue operativa: los servicios centrales de la función pública y los sistemas transversales del Estado quedaron orientados a funcionar bajo un esquema común de interoperabilidad.
La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación, OGTIC, operará la Plataforma Única de Interoperabilidad, definida como la infraestructura clave para el intercambio de datos y documentos electrónicos entre instituciones públicas. El ministerio precisó que esa plataforma será prioritaria para garantizar la seguridad y disponibilidad de la información compartida.
El Ministerio de Administración Pública asumió la emisión de lineamientos, normas y protocolos funcionales, además de la definición de la arquitectura empresarial de la administración pública. También supervisará el cumplimiento del decreto y coordinará el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos, creado para el seguimiento interinstitucional de la implementación.
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Cada institución pública deberá registrar y mantener actualizados sus datos para facilitar su localización y uso interoperable. El ministerio subrayó que las entidades conservarán la titularidad, la responsabilidad y el control sobre la información que administran, con obligación de respetar las normas de confidencialidad y protección de datos.
El alcance de la disposición abarcó a todos los órganos y entes de la administración pública central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, además de instituciones de la seguridad social y otras entidades estatales que gestionen registros, sistemas de información, plataformas, servicios digitales o mecanismos de intercambio de datos.
La norma también reguló la interoperabilidad con el Registro Civil. Todos los procesos y servicios públicos que necesiten consultar, validar o verificar información de identidad deberán coordinarse con la Junta Central Electoral.
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El decreto estableció que toda información obtenida mediante interoperabilidad con el Registro Civil solo podrá usarse para fines legítimos y compatibles con la competencia de la institución solicitante. El ministerio afirmó que esa cláusula buscó reforzar la protección de los datos personales y la confianza en los servicios digitales estatales.
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