
El Tribunal Constitucional (TC) validó la fusión de los ministerios de Hacienda y de Economía, Planificación y Desarrollo en República Dominicana y rechazó la acción directa de inconstitucionalidad contra la Ley 45-25. La sentencia TC/0288/26 mantiene en vigor la creación del Ministerio de Hacienda y Economía, según Dominicanos Hoy y Listín Diario.
La decisión desestimó de forma definitiva el recurso presentado por Wilkin Antonio Moreno Abreu, según consignaron ambos medios. La norma cuestionada había sido promulgada por el presidente Luis Abinader el 22 de julio de 2025, después de ser aprobada por el Senado el 22 de mayo de 2025 y sancionada de urgencia por la Cámara de Diputados el 15 de julio de ese año, de acuerdo con Dominicanos Hoy y Listín Diario.
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El reclamo sostenía que la Ley 45-25 debió tramitarse como ley orgánica por tratar materias vinculadas al presupuesto y a la planificación estatal. Para respaldar esa tesis, el demandante invocó el artículo 112 de la Constitución, que exige un procedimiento especial y mayoría calificada para determinadas leyes.
¿Qué resolvió el TC sobre la ley?

El TC concluyó que la Ley 45-25 fue aprobada correctamente como ley ordinaria porque su contenido se limita a reorganizar la estructura administrativa del Estado y redistribuir competencias entre instituciones públicas, según Dominicanos Hoy.
Listín Diario señaló que el tribunal entendió que la normativa no incurrió en extralimitación de funciones y que su objetivo principal es organizar y distribuir competencias funcionales dentro de la administración pública.
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El criterio de los jueces fue que la creación, modificación, fusión o eliminación de ministerios no integra las materias reservadas exclusivamente a las leyes orgánicas, según los medios locales. Con esa interpretación, el tribunal consideró que el procedimiento legislativo seguido por el Congreso Nacional se ajustó a los parámetros constitucionales, según Dominicanos Hoy.
La sentencia también descartó que la reforma afecte el régimen económico-financiero previsto en la Constitución o suprima mecanismos de control y contrapesos dentro de la administración pública. Listín Diario agregó que el TC entendió que la afirmación sobre una supuesta eliminación de controles institucionales carecía de sustento jurídico.
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El voto disidente de Army Ferreira
La decisión fue adoptada por mayoría y no por unanimidad, según Dominicanos Hoy y Listín Diario. La magistrada Army Ferreira votó en contra y expresó su desacuerdo con la interpretación del pleno sobre el alcance del artículo 112 de la Constitución, según Dominicanos Hoy.

De acuerdo con Listín Diario, Ferreira consideró “restrictiva” la lectura que hizo la mayoría sobre ese artículo. Según Dominicanos Hoy, la jueza entendió que el tribunal debió profundizar en las implicaciones de concentrar en una sola entidad las funciones de planificación y finanzas públicas.
Ferreira advirtió que esa concentración de competencias podría afectar el equilibrio institucional y la autonomía funcional de los sistemas de inversión pública del Estado, según Dominicanos Hoy. Listín Diario planteó ese señalamiento como un riesgo para el equilibrio institucional y la independencia funcional de esos sistemas.
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¿Qué establece la reforma?
La reforma validada por el TC dispuso la integración de los dos ministerios en una sola entidad y derogó la Ley 496-06, que había creado la entonces Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo.
El texto legal establece que la unificación busca fortalecer la coordinación entre la política fiscal, la planificación nacional y la inversión pública para mejorar la eficiencia del gasto estatal, garantizar la sostenibilidad fiscal y consolidar una gestión pública más integrada, según Dominicanos Hoy y Listín Diario.
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