Diputados: el ajuste en Discapacidad previsto para 2027 alteró el debate por la emergencia y complicó a los propios libertarios

El bloque oficialista trabajaba en un proyecto, pero el Presupuesto que envió Casa Rosada se contrapone a ese texto y desarma la protección vigente. Cortocircuitos, malestar y promesa de negociación “para que no caiga un capítulo entero”

Protesta por la ley de discapacidad
El Presupuesto 2027 prevé una nueva reducción en áreas de Discapacidad (Fotografía: RSFotos)
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A pocas horas de que ingresara el proyecto de ley de Presupuesto 2027, que elimina los puntos principales de la ley de emergencia en discapacidad, un plenario de comisiones de Discapacidad y Presupuesto y Hacienda en la Cámara de Diputados comenzó a discutir la prórroga de la emergencia.

Justamente, la llegada del Presupuesto modificó el escenario en el que hasta anoche la discusión iba a ser si avanzaba la prórroga o si el oficialismo presentaba un proyecto propio en el que venía trabajando. Pero la comisión comenzó con el pedido de parte de la oposición de eliminar el Capítulo 6, en el cual se disuelve el sistema de protección de las personas con discapacidad.

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“El presupuesto genera un nuevo contexto, el Ejecutivo propone destruir la ley de emergencia y desmantelar el sistema de derechos. Teníamos la intención de tener un dictamen por unanimidad y esto lo vuelve todo para atrás. Lo que enviaron busca generar una destrucción del sistema nacional, es por eso que queremos manifestar el completo rechazo al capítulo 6 y le pedimos que lo retiren”, señaló el diputado Juan Marino, propulsor de este emplazamiento.

La forma en la que el Gobierno definió los fondos para discapacidad también tomó por sorpresa al bloque del oficialismo y sus socios, lo que mostró una poca fluidez y desconexión entre la Casa Rosada y el Palacio Legislativo.

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Las diputadas libertarias Silvana Giudici y Laura Rodríguez Machado venían trabajando en un proyecto sobre discapacidad que, aseguraban, era superador del sistema actual. “Ahora habrá que ver cómo seguimos”, señaló un legislador libertario que estaba al tanto del trabajo parlamentario. “Hoy nos levantamos y estaba todo incendiado”, agregó.

La diputada Giudici pidió la palabra y, en una rara imagen, se mostró titubeante y aseguró que sigue creyendo “en el compromiso de tener un dictamen superador que quite el estigma de emergencia”. Pero lo cierto es que la diputada propone algo que se opone a lo que dispone el presidente Javier Milei. “Hay división de poderes, creemos que el Congreso tiene un tiempo largo para tratar luego el Presupuesto y debatir las mejores condiciones”, señaló la diputada.

Silviana Giudici de la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados
Silvana Giudici (Fuente)

En ese contexto fueron pasando más de 20 expositores de diferentes organizaciones ligadas al colectivo de discapacidad. Uno a uno, los expositores fueron señalando que el gobierno incumple sistemáticamente el pago a los proveedores y dificulta el desarrollo de los expedientes. “No tiene sentido que la ley de Presupuesto venga a borrar la ley que hoy estamos discutiendo”, fueron repitiendo varios de los expositores.

Quizás uno de los más gráficos fue Pablo Molero, sacerdote y coordinador del Foro Permanente para la Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, quien dijo que “el Gobierno está destruyendo todo y, perdón que lo diga, pero la ley de Emergencia en Discapacidad fue un dedo en el traste. Este Gobierno no está cumpliendo. Pagar a 90 días o a 60 días es robarle el dinero a la gente. Lo que hicieron los que escribieron el presupuesto es empujar a la población a la mendicidad”.

La tensión entre lo que buscaba proponer el bloque del oficialismo y lo que propuso el Ejecutivo estaba latente. Giudici les repitió a los socios que iban a seguir avanzando en el proyecto que venían trabajando. Desde el entorno del presidente de la Cámara, Martín Menem, explicaron que seguirán trabajando como lo venían haciendo y que lo del Ejecutivo “es una versión de máxima”, pero adelantaron que están dispuestos al diálogo “con los socios”, ya que, aseguran, “no vamos a dejar nada para que nos puedan voltear un capítulo entero en el recinto”. Esto fue lo que les sucedió en el debate del 2025.

El proyecto

La reforma en la ley de emergencia en discapacidad retoma el modelo de “invalidez laboral” en los artículos 36 y 40, lo cual implica un giro respecto del modelo social de derechos humanos que estableció la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La norma reemplaza ese criterio por uno médico que la mayoría de los especialistas considera anacrónico. Además, elimina por ley el Certificado Único de Discapacidad (CUD) como vía de acceso directo a la pensión y traslada la definición de los requisitos desde el Congreso hacia la reglamentación del Poder Ejecutivo, que queda con amplia discrecionalidad para fijarlos.

El artículo 37 introduce, a su vez, una incompatibilidad absoluta entre la pensión y el trabajo formal. La ley vigente permite compatibilizar el beneficio con el empleo registrado o el monotributo hasta dos salarios mínimos, pero el proyecto invierte esa lógica: cualquier alta tributaria o empleo registrado, incluso de pocas horas, extingue la pensión. También desaparece la suspensión temporaria y la rehabilitación inmediata una vez finalizado el contrato laboral, lo que empuja a las personas con discapacidad hacia la informalidad y contradice el artículo 27 de la Convención.

En materia de prestaciones, los artículos 39 y 41 eliminan el arancel único del Nomenclador de Prestaciones Básicas. A partir de ahora, cada obra social, prepaga o provincia podrá fijar valores diferenciados, lo que abre la puerta a una presión a la baja y a la fragmentación de la atención médica y terapéutica. La reforma también suprime la actualización mensual por movilidad y la reemplaza por una pauta trimestral discrecional, además de eliminar el estudio anual de costos que permitía ajustar los aranceles según los valores específicos del sector. Por otra parte, el artículo 41 deroga el artículo 8º de la Ley 27.793, con lo cual la cobertura médica obligatoria con el piso de prestaciones de la Ley 24.901 deja de ser un derecho exigible, y también deroga el artículo 9º de esa misma ley, que garantizaba el traspaso automático de las pensiones preexistentes al nuevo esquema de protección social.

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