
La Justicia habilitó a tres opositores al líder de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), Abel Furlán, a actuar como querellantes en la causa en la que se investiga una presunta administración fraudulenta de fondos sindicales, pero desestimó por ahora suspender el contrato entre el gremio y la empresa USEM.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12 tras analizar los pedidos de intervención presentados por los abogados Pablo Slonimsqui y Alejandro Rúa, junto al escrito de los opositores metalúrgicos Ángel Derosso, Pablo González y Gerardo Alberto Piva, quienes reclamaron su incorporación formal como partes interesadas, un paso clave para participar activamente en el expediente en el que se está investigando la posible comisión de los delitos de defraudación por administración fraudulenta y asociación ilícita.
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El fallo sostiene que Derosso, González y Piva, representados por el abogado Yamil Castro Bianchi, cumplieron los requisitos para ser tenidos por querellantes al evidenciar tanto su condición de afiliados a la UOM como, en algunos casos, de dirigentes o candidatos dentro de la estructura sindical: Derosso lideró la lista opositora a Furlán en las elecciones de la UOM Zárate-Campana, de la que formó parte Piva, mientras que González es titular de la Seccional Villa Constitución del gremio metalúrgico.

El tribunal remarcó que ese estatus justifica un interés directo, concreto y legítimo en la investigación sobre los hechos denunciados. Por ese motivo, consideró que los peticionantes pueden ser calificados en esta etapa como “particularmente ofendidos”, lo que les permite sumarse con plena voz y voto a la pesquisa.
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En la causa se investiga a Furlán y a María Soledad Calle, accionista y directora de la empresa USEM, por un contrato firmado por la UOM con esta compañía, cuyo control sería de dirigentes ligados a La Cámpora, que recauda más de 100 millones de pesos por mes provenientes de unos 200 mil afiliados.
Técnicamente, en medios tribunalicios dan a Furlán y Calle como imputados en la causa, pero en la UOM aclararon que “no hay imputación” sino el pedido del fiscal de investigar una causa en la que, aseguraron, el jefe metalúrgico “aportó pruebas en forma voluntaria”.
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Otro punto clave del fallo fue el rechazo a la medida cautelar solicitada para suspender el contrato vigente entre la UOM y USEM, pedido que buscaba frenar en forma inmediata los efectos del acuerdo y las operaciones bancarias asociadas, pero el tribunal denegó el pedido por no advertir aún motivos suficientes para una interrupción drástica del convenio. El juzgado explicó que la investigación apenas se encuentra en marcha y que “restan producirse diversas medidas conducentes para esclarecer los hechos denunciados”.
En el mismo acto, el juzgado dispuso abrir y verificar los libros societarios secuestrados en la causa, con el objetivo de cotejar su contenido con las copias que ya había entregado la defensa. Esta tarea busca determinar si corresponde devolver esos registros a las partes, según el estado material en que se encuentren.
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En cuanto a los siguientes pasos del proceso, el juzgado envió notificaciones electrónicas tanto al Ministerio Público Fiscal como a las partes y ordenó una serie de requerimientos de información. Solicitó formalmente a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que informe si María Soledad Calle mantiene o mantuvo relación laboral con la UOM, detallando fecha de alta, baja y demás constancias previsionales.
También exigió, nuevamente, a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales que aclare si la entidad sindical presentó sus estados contables de los últimos cinco períodos y, en su caso, remita copia de los mismos o detalle la fecha de su presentación.
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