
“¡Por favor, que alguien le dé un tiro en la frente!”, escribió Stefanía Belén Troncoso. Su comentario era uno de los tantos que había en la noticia que anticipaba la visita presidencial del entonces mandatario Mauricio Macri en el muro del medio local Elonce.com. Este viernes 17 se realizará el juicio en su contra. Enfrentará una pena de entre 2 y 6 años.
Macri arribó por 13ª vez a Entre Ríos el 17 de julio de 2019. Ese día participó de la inauguración de maquinarias en un frigorífico cercano a la capital de la provincia Paraná. El contexto era poco favorable. Había caída de reservas internacionales, el riesgo país trepaba a 900 puntos, la inflación interanual acumulaba una suba del 54,4 % y el peso se había devaluado un 10 % desde marzo.
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En ese contexto llegaría a las primarias de agosto acompañado de Miguel Ángel Pichetto como vice en la fórmula. Enfrente estarían quienes luego ganarían los comicios, Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner.
Mientras el entonces mandatario recorría las instalaciones de la nueva línea de faenado, dos personas llamaron al 0800 del Ministerio de Seguridad y advirtieron del posteo de Troncoso.
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El caso se derivó a la Policía Federal. La fuerza conducida por Néstor Roncaglia (hoy ministro de Seguridad de Entre Ríos) radicó la denuncia en el Juzgado Federal de Julián Ercolini. El magistrado, por una cuestión de competencia territorial, derivó las actuaciones a su par de Paraná, Leandro Ríos.
Troncoso es una mujer joven. Su padre era miembro de ATE (Asociación de Trabajadores del Estado). El comentario que formuló quedó encuadrado en los lineamientos que había fijado la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, de tolerancia cero.
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A raíz del episodio de un muchacho que posteó en Twitter una foto con balas y el nombre del presidente, la actual senadora había manifestado: “La política del Gobierno es la persecución penal de todas aquellas personas que generan amenazas de este tipo y quieren generar un clima de violencia”.
“Avanzamos con los departamentos de cibercrimen y con las denuncias a la línea 0800 del ministerio. Cuando esto ocurre, inmediatamente judicializamos los casos y los seguimos para que no queden sin resultados”, sentenció en la oportunidad.
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Cómo continuó el caso
Cuando el expediente llegó a Paraná, pasó al fiscal Carlos García Escalada. El funcionario calificó de “grave” el incidente y solicitó la indagatoria de la mujer. Esta primera declaración se realizó el 3 de agosto de 2020 y la acusada prefirió guardar silencio. El juez Ríos resolvió procesarla el 14 de diciembre de ese año.
La defensa apeló la determinación, pero la Cámara de Apelaciones de Paraná ratificó lo decidido por el magistrado el 29 de abril de 2021. Durante la instrucción se produjeron una serie de pruebas que incrementaron el grosor del expediente.
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Las fojas se fueron sumando con informes de empresas de telecomunicaciones, declaraciones testimoniales, informes de antecedentes penales e incluso un socio ambiental de Troncoso.
La acusada, en medio de la investigación, pidió declarar. En esa exposición confirmó que la cuenta desde la que se produjo la amenaza era de ella. Pero alegó que se la habían hackeado. Su defensa no presentó ningún elemento material para fundar el planteo.
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Fue la Fiscalía la que pidió un peritaje de la cuenta. No se encontraron indicios que permitan sostener el argumento defensivo.
Troncoso está siendo representada por la Defensa Pública. Sus letrados pidieron el lunes el sobreseimiento por vulneración del plazo razonable. El fiscal José Ignacio Candioti se opuso y el juez que intervendrá en el juicio, Sebastián Gallino, rechazó el planteo. Horas antes de que se produzca la audiencia, la Defensa interpuso un pedido de probation. Será analizado a las 11 hs del viernes. Si hay acuerdo, se dispondrán medidas alternativas. De lo contrario, comenzará el juicio.
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Los antecedentes marcan que la Justicia Federal no condenó a quienes realizaron amenazas a través de redes sociales contra Macri. En abril de 2019, el juez Marcelo Martínez de Giorgi absolvió a un grupo de tuiteros. El magistrado consideró que los posteos fueron “meras expresiones sin ningún tipo de finalidad delictiva”.
Además, evaluó que formaron parte de “un repudio contra ciertas políticas que se llevan a cabo desde el Estado Nacional”. En esa línea, sopesó que se hicieron “sin la intencionalidad de provocar temor público, tumultos o desórdenes, y menos aún de lastimar o poner en riesgo la integridad física del presidente de la Nación”.
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