
Con el Presupuesto 2026 aprobado, el Gobierno nacional ahora se concentra en los vencimientos de deuda que tiene hacia adelante.
En enero la Argentina tiene que pagar USD 4200 millones y es el primero de una lista de vencimientos que oscila entre los USD 17000 y los USD 19.000 millones. Y la escasez de dólares se mantiene.
En este escenario, el ministro de Economía, Luis Toto Caputo busca volver a los mercados de capitales internacionales para, vía la emisión de nueva deuda, enfrentar los vencimientos. Pero, además, buscará utilizar el mismo camino para hacerse de divisas extranjeras para financiar el proceso económico.
En este contexto, el kirchnerismo busca ponerle un freno a Caputo y, lo que entienden, su plan es la toma constante de deuda. A partir de esto es que en la Cámara de Diputados se presentó un proyecto de ley que fija un nuevo marco de disciplina fiscal y control de la deuda pública en Argentina, con el objetivo de reforzar la estabilidad macroeconómica y limitar el margen de maniobra de las políticas económicas de toma de deuda.
El proyecto, firmado por Itai Hagman, Germán Martínez, Cecilia Moreau, Pablo Yedlin, Victoria Tolosa Paz, Julia Strada, Sabrina Selva, Carlos Castagneto, Jorge Mukdise, Claudia Palladino, Andrea Freites, Cristian Andino, Ana María Ianni, Agustín Rossi y Raúl Eduardo Hadad, introduce reglas permanentes sobre el manejo del gasto, la deuda externa y la entrada de capitales extranjeros.

Según el texto del proyecto, que podrá ser comenzado a debatir a partir del 1 de marzo, la iniciativa establece que el resultado fiscal primario estructural de la Administración Nacional deberá ser, como mínimo, equilibrado o superavitario. Este cálculo se ajustará por efectos del ciclo económico y condiciones extraordinarias, y la Oficina Nacional de Presupuesto, bajo la órbita del Ministerio de Economía, será la encargada de su estimación anual.
La propuesta incorpora reglas anticíclicas: en períodos de recesión, el gasto fiscal primario real deberá crecer al menos un 0,6% anual respecto del año anterior, con una tolerancia de hasta el 1% del PBI sobre la meta fiscal. En contraste, si la economía crece más del 3% del PBI, el gasto primario solo podrá aumentar hasta un 90% del incremento nominal de los recursos.
Estas pautas buscan evitar que el Estado incremente el gasto público en contextos de bonanza y permita cierto margen de expansión en tiempos de crisis.
El proyecto también introduce un límite a la deuda bruta en moneda extranjera de la Administración Central y el Banco Central de la República Argentina (BCRA), que no podrá superar el 30% del Producto Bruto Interno. Si el porcentaje se excede por causas externas, quedará prohibida la emisión de nueva deuda en moneda extranjera salvo para cubrir vencimientos, según define el texto.
En cuanto al ingreso de capitales extranjeros, la normativa exige que los fondos de no residentes destinados a inversiones en moneda local permanezcan en el país al menos 180 días antes de poder transferirse al exterior. El Banco Central podrá exigir la constitución de depósitos nominativos en dólares no remunerados como condición para autorizar el ingreso de estos recursos.
El mecanismo de ajuste previsto obliga al Jefe de Gabinete a reasignar partidas y notificar al Congreso si durante la ejecución presupuestaria disminuyen los recursos previstos o aumentan los gastos al punto de poner en riesgo la meta fiscal. Además, la Oficina de Presupuesto del Congreso deberá elaborar informes trimestrales sobre la evolución de los gastos, los ingresos y el cumplimiento de las restricciones legales, de acuerdo con lo informado por Reuters.
El proyecto contempla una “cláusula de escape” que permitirá suspender temporalmente las metas fiscales y de deuda en casos de desastres naturales, crisis internacionales o emergencias, por un plazo máximo de dos años y solo con aprobación del Congreso.
Un dato no menor es que en uno de sus últimos artículos, el proyecto de ley que lleva la firma de Hagman, establece la eliminación del artículo 5 de la ley 24.629 el cual señala que “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”. Esto es lo que utilizó el Gobierno nacional para pausar las leyes de presupuestos universitarios y la de emergencia en discapacidad.
Entre los fundamentos, los autores destacan la necesidad de dotar a la política fiscal de flexibilidad y previsibilidad, y señalan experiencias similares en países como Chile, Brasil, Colombia y Perú.
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