
La Sala 4 del Tribunal de Impugnación del Poder Judicial en Salta resolvió confirmar la responsabilidad penal de Ernesto Fernando Gonza, exintendente de San Lorenzo por delitos cometidos en perjuicio de la administración pública. Esta decisión abre la puerta a una nueva audiencia en la que se se definirá si la sentencia será de cumplimiento efectivo y, por ende, si Gonza deberá cumplir pena de prisión efectiva. El ex jefe comuna fue denunciado por malversar fondos que debían destinarse a viviendas.
El fallo llega tras una apelación presentada por la fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, quien sostuvo que los hechos juzgados no constituyeron meros intentos, sino delitos consumados. El Tribunal, al hacer lugar al recurso, sostuvo que el daño económico al Estado se materializó de manera concreta en el marco de la gestión municipal de Gonza, quien había sido sentenciado inicialmente a una condena excarcelable. La nueva resolución, reconocida por la Fiscalía de Impugnación, representa un paso hacia mayores sanciones para los implicados.
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De acuerdo con el Ministerio Público Fiscal de Salta, la sala del tribunal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la responsabilidad penal del exintendente y de Sergio Armando —otro de los acusados— por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública y peculado de trabajos y servicios, ambos calificados como cometidos en concurso real. Esta nueva valoración de los hechos exige la realización de una nueva audiencia para la imposición de la pena, la cual será fijada en función de la gravedad del perjuicio ocasionado.
El proceso judicial se originó tras la condena impuesta por un tribunal colegiado, conformado por los jueces Ángel Longarte, Gabriela González y Javier Araníbar, el 12 de diciembre de 2022. En esa ocasión, Gonza fue hallado culpable de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa —dos hechos— y de peculado de trabajos y servicios, en concurso real. La pena dictada fue de tres años de prisión en suspenso, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y el cumplimiento de reglas de conducta.
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De igual forma, Sergio Armando, quien se desempeñó en la municipalidad durante la gestión de Gonza, recibió una condena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional, con reglas de conducta establecidas y en calidad de autor del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa —dos hechos— y partícipe necesario de peculado de trabajos y servicios.
Durante los alegatos de primera instancia, la titular de UDEC, Ana Inés Salinas Odorisio, había solicitado que la pena para Gonza ascendiera a cuatro años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, mientras que para Armando pidió tres años y seis meses, también de cumplimiento efectivo, argumentando la gravedad de la afectación al erario público. Esta postura fue refrendada en la instancia posterior, lo que motivó la intervención del Tribunal de Impugnación.
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Según la información oficial del Ministerio Público Fiscal, el recurso de casación presentado por Salinas Odorisio se centró en los hechos vinculados con las casillas del Plan “Una casa para tu hogar”. La representante de la acusación sostuvo que en este caso hubo daño concreto al patrimonio estatal, lo que implica la consumación de los delitos atribuidos a los exfuncionarios, en lugar de una tentativa, como había considerado previamente el tribunal de juicio.
El Tribunal de Impugnación aceptó el planteo de la Fiscalía, argumentando que la configuración de delitos consumados representa un agravante en la valoración de la responsabilidad penal de los acusados. Esta determinación implica que la pena que podría recaer sobre Gonza y Armando podría ser de cumplimiento efectivo, es decir, con la posibilidad de que ambos sean privados de su libertad si así lo dispusiera el tribunal en la próxima audiencia.
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La resolución también ordenó que la OFIJU coordine la nueva audiencia para determinar la pena correspondiente, de acuerdo a la agenda judicial disponible. Este paso resulta indispensable para ajustar el monto de la condena a la gravedad de los delitos, tras haberse descartado la figura de tentativa presentada inicialmente.
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