Fentanilo mortal: la causa ingresa en la etapa de definiciones, declara el último de los imputados

El juez Ernesto Kreplak evalúa las responsabilidades de cada uno de los 17 imputados; quienes serán procesados; y la calificación penal. También se esperan nuevas medidas y la declaración de posibles testigos

HLB PHARMA FENTANILO CONTAMINADO
La causa por el fentanilo mortal de HLB Pharma ingresa en etapa de definiciones (Fuente)
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El viernes próximo, 5 de agosto, la investigación por el fentanilo mortal que lleva adelante el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak ingresará en etapa de definiciones. El magistrado deberá decidir la situación procesal de los 17 imputados que hasta el momento están vinculados a la fabricación de las ampollas del medicamento contaminado con dos bacterias, Klebsiella variicola y Klebsiella pneumoniae, sobre todo en el lote 31202 supuestamente vinculado a 96 pacientes fallecidos. De ese total, en la lectura de cargos, hasta ahora hay 12 personas identificadas según el primer peritaje del Cuerpo Médico Forense, sobre 20 casos. Ya presentaron una segunda tanda de otra veintena de casos.

detención de Ariel García Furfaro
Ariel García Furfaro, propietario de los laboratorios bajo sospecha y vinculados al fentanilo mortal

El magistrado evalúa llamar a posibles testigos y medidas de prueba solicitadas por las defensas de los imputados, como por ejemplo, las solicitadas por Gastón Marano, el abogado de Ariel García Furfaro (está detenido junto a otras 6 personas), el propietario de los laboratorios cuestionados:Ramallo SA y HLB Pharma Group SA.

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hoy será indagado el último de los sospechosos, Eduardo Darchuk, quien, en la imputación de la fiscal, María Laura Roteta, figura que se desempeñó como: “Jefe de Producción de SPPV (Soluciones Parenterales de Pequeño Volumen) en Laboratorios Ramallo S.A., donde firmó registros de lotes y control de procesos para los lotes contaminados 31.202 y 31.244. Su firma figura, como jefe de Producción, en el batch record del lote 31.202 certificando el proceso productivo, y también interviene en la documentación del lote 31.244. El cargo de jefe de SPPV lo ubicaba bajo la Gerencia de Producción y Mantenimiento y era responsable directo de asegurar la correcta producción y documentación en los lotes” bajo sospecha”.

Fentanilo contaminado laboratorio Ramallo
Interior de Laboratorios Ramallo, dónde se produjo el fentanilo mortal

En el dictamen del Ministerio Público Fiscal, se sostiene que en la causa se investiga:

  •  Producción, distribución y comercialización de medicamentos adulterados y peligrosos para la salud pública (violación de los artículos 200 y 201 bis del Código Penal argentino).
  • Desvío y tráfico ilegal de estupefacientes, por el manejo y desvío no autorizado de fentanilo (artículos 5 inciso c y 11 de la Ley 23.737 de drogas, con agravante por tratarse de una organización).
  • Falsificación y manipulación de documentación sanitaria y de procesos de fabricación, con el objetivo de encubrir las irregularidades en la producción, control de calidad, distribución y trazabilidad de los lotes adulterados.

Los delitos abarcan tanto el daño a la salud pública por los productos contaminados como el desvío deliberado de sustancias controladas y la creación de un mecanismo empresarial para facilitar estas prácticas.

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La expectativa de pena para las calificaciones penales investigadas en la causa es la siguiente:

  • Producción y comercialización de medicamentos peligrosos o adulterados (artículos 200 y 201 bis del Código Penal):
  • Prisión de 3 a 10 años para el que envenenare, adulterare, vendiere, suministrare o pusiere a la venta sustancias destinadas a la medicina, alimentos o aguas de uso público, aptos para causar la muerte o lesiones graves.
  • La pena se eleva si resulta la muerte o lesiones a varias personas.
  • Desvío y tráfico ilegal de estupefacientes (artículo 5 inciso c y artículo 11 de la Ley 23.737):
  • Prisión de 4 a 15 años y multa para quien comercialice, entregue, suministre o distribuya estupefacientes.
  • El agravante de actuar en el marco de una organización criminal eleva el mínimo a 5 años y el máximo a 20 años.
Ernesto Kreplak portada
Ernesto Kreplak, el jues decidirá los procesamientos en los próximos días

Las sanciones podrían acumularse si se prueban ambos delitos para los imputados y existen agravantes adicionales, por ejemplo, si las conductas produjeron muertes o afectaron gravemente la salud pública.

Si bien en el expediente hay 122 historias clínicas de pacientes supuestamente fallecidos después de ser tratados con el fentanilo HLB Pharma, en la resolución, la fiscal María Laura Roteta, aclara que en la causa hay: “12 fallecidos confirmados cuya muerte se vincula causalmente con la administración de fentanilo contaminado, correspondiente al lote 31.202. Estos casos están individualizados con nombre y apellido y documentados en el expediente judicial y pericias forenses”.

La fiscalía también sostiene que “la cifra podría elevarse, ya que hay un centenar de casos sospechosos que aún están bajo análisis del Cuerpo Médico Forense y podrían sumarse al recuento oficial conforme avancen los estudios sobre historias clínicas, resultados del Instituto Malbrán e informes de hospitales”.

Familiares de las víctimas se movilizan en reclamo de justicia (Foto AP/Gustavo Garello)
Familiares de las víctimas se movilizan en reclamo de justicia (Foto AP/Gustavo Garello)

La lista de los 17 imputados, y las tareas que desarrolló cada uno de ellos en Laboratorios Ramallo SA y HLB Pharma Group SA, es la siguiente:

  1. Ariel Fernando García: Principal autoridad real de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo. Consignado como la figura que concentraba la toma de decisiones y el diseño del sistema de producción. Se le atribuye responsabilidad directa en el desvío ilegal de fentanilo, así como haber permitido y sostenido un patrón sistemático de incumplimientos de Buenas Prácticas de Fabricación y control de calidad que derivó en la elaboración y puesta en circulación de lotes infectados, resultando en daños graves a la salud pública.
  2. Nilda Ester Furfaro: Madre de Ariel García, figura en la dirección de HLB Pharma Group SA. Participó activamente en la gestión del laboratorio. Imputada por liderazgo y toma de decisiones empresariales que facilitaron la producción deficiente y el desvío de estupefacientes.
  3. Damián Roberto García: Hijo de Nilda Furfaro, vinculado con la operación del grupo empresarial. En la imputación se lo vincula con tareas decisorias y de supervisión en Laboratorios Ramallo.
  4. Diego García: Hermano de Ariel y Damián García, parte del núcleo de dirección real del grupo empresarial. Imputado por su participación en la estructura de conducción de las operaciones responsables de los hechos.
  5. José Antonio Maiorano: Figura en el núcleo directivo y accionario del grupo, relacionado a la toma de decisiones y ejecución de la política empresarial que llevó a las irregularidades.
  6. Horacio Antonio Tallarico: Presidente de Laboratorios Ramallo SA y apoderado para firmas digitales. Responsable por omisión y falta de supervisión de la aplicación y ejecución del sistema de calidad, permitiendo la salida al mercado de los lotes contaminados.
  7. Rodolfo Antonio Labrusciano: Accionista y director Suplente de Laboratorios Ramallo SA. Por su posición, responsable solidario de las graves falencias y omisiones en la gestión y control.
  8. Carolina Ansaldi: Directora técnica de Laboratorios Ramallo SA. Ejecutó y supervisó personalmente la elaboración y liberación de los lotes infectados. Se le imputa conocimiento y omisión ante irregularidades manifiestas.
  9. Víctor Boccaccio: director técnico farmacéutico de Laboratorios Ramallo SA. Firmó y avaló controles de calidad y documentos técnicos de los lotes, incurriendo en omisiones relevantes en tareas críticas que desembocaron en la salida al mercado de productos contaminados.
  10. Javier Tchukran: Director general de Laboratorios Ramallo y Director de Manufactura de HLB Pharma. Responsable por la producción técnica de los lotes implicados, la gestión de la documentación y el seguimiento de la política empresarial que propició los hechos.
  11. Wilson Daniel Pons: Jefe de Control de Calidad de Laboratorios Ramallo. Supervisó análisis y firmó validaciones en controles de calidad de los lotes, omitiendo el cumplimiento riguroso de los requisitos, lo que permitió la liberación de ampollas contaminadas.
  12. María Victoria García: Gerenta de Gestión de Calidad. Intervino en la validación y firma de documentación y protocolos sobre los lotes investigados, incluida la manipulación documental y sustitución de registros de lotes, para disimular falencias ante inspecciones.
  13. Arzolidys Dayana Astudillo Bolívar: Jefa de Garantía de Calidad. Firmó y validó protocolos de análisis microbiológico y de endotoxinas, admitiendo y permitiendo la circulación de productos a pesar de hallazgos e irregularidades.
  14. Edgardo Sclafani: Nivel jerárquico en Laboratorio Ramallo SA, desempeñó tareas de supervisión e intervención documental en el proceso productivo de los lotes comprometidos, con conocimiento de las falencias.
  15. Rocío del Cielo Garay: Subjefa de Control de Calidad. Firmó y validó registros y protocolos de controles microbiológicos, participando en la manipulación y omisión documental.
  16. Adriana Iudica: Subjefa de Control de Calidad. Su intervención incluyó firma y validación de registros de calidad relacionados a los lotes, propiciando la circulación de productos riesgosos.
  17. Eduardo Darchuk: Jefe de Producción en Laboratorios Ramallo S.A. Firmó registros de lotes y controles de procesos en los lotes 31202 y 31244, validando etapas críticas que presentaban deficiencias, permitiendo así la producción y distribución de medicamentos contaminados.

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