Elecciones CABA 2025: cuándo empieza la veda electoral y qué estará prohibido

Cuáles son las restricciones que establece la ley y a partir de qué hora no se podrán vender bebidas alcohólicas por los comicios porteños del 18 de mayo

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La Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la espera de las elecciones legislativas de este domingo (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la espera de las elecciones legislativas de este domingo (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

El proceso legislativo previsto para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrá lugar el próximo domingo 18 de mayo, fecha establecida en el calendario oficial del Instituto de Gestión Electoral (IGE) porteño.

Ese día se llevará a cabo la renovación de 30 bancas de la Legislatura de la Ciudad, órgano unicameral compuesto por un total de 60 legisladores.

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Los cargos electos comenzarán a desempeñar funciones a partir del 10 de diciembre de 2025 y ejercerán durante un período de cuatro años consecutivos, tal como lo estipula la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Este año, el proceso se desarrolla sin la instancia de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), luego de que la Legislatura aprobara su suspensión mediante una votación el 21 de febrero, por iniciativa del jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri.

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Podrán participar más de 2.526.000 electores, según el padrón definitivo publicado por la Justicia Electoral, y el sistema que se utilizará nuevamente para la emisión del sufragio será el de Boleta Única Electrónica (BUE), que ya se empleó en elecciones anteriores.

Cuándo empieza la veda electoral y qué estará prohibido

La veda electoral para las elecciones legislativas de 2025 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) comenzará el viernes 16 de mayo a las 8 de la mañana.

La normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 17 de mayo hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

veda electoral alcohol portada
La venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo (NA)

Además de la venta de bebidas alcohólicas, el artículo 71 de la Ley 27781 del Código Nacional Electoral, prohíbe:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección que habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada, deberá darse aviso a la autoridad policial.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
  • Los electores no podrán tomar fotografías de la Boleta Única Electrónica durante los comicios
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Cuándo termina la veda electoral de las elecciones CABA 2025

La disposición se extenderá hasta el próximo domingo a las 21 horas, tres horas después del cierre de los comicios.

Qué pasa si se rompe la veda electoral

Los ciudadanos que no respeten la veda estarán tipificados como violación al Código Electoral y serán sancionados si la Justicia comprueba la falta. Cada pena depende del incumplimiento en el que incurran.

Aquella persona que incumpla la veda electoral percibirá una multa de entre 10.000 y 100.000 pesos. Además, quienes vendan bebidas alcohólicas, en el lapso de la veda, podrán enfrentar penas de prisión que oscilan entre los 15 días a los seis meses.

Además, se impondrá hasta 15 días de prisión a todo aquel que porte armas, utilice banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada la veda electoral.

Por su parte, la agrupación política que realice actos de campaña, durante la veda electoral, será sancionada con la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual, por un plazo de 1 a 4 años y los fondos para el financiamiento de campaña por una 1 a 2 elecciones.

Qué pasa si no voy a votar en las elecciones CABA 2025

Según el Código Nacional Electoral, los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70 que no emitan su voto y no presenten una justificación ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a los comicios deberán enfrentar multas económicas.

Estas sanciones oscilan entre 50 y 500 pesos argentinos, dependiendo de la gravedad de la infracción, según lo estipulado en el artículo 125 del mencionado código.

Quienes no regularicen su situación quedarán registrados como infractores en el sistema electoral. Esto conlleva consecuencias adicionales, como la imposibilidad de realizar trámites oficiales durante un año, incluyendo la obtención del pasaporte.

Además, estas personas no podrán ser designadas para ocupar cargos públicos durante un período de tres años a partir de la fecha de la elección en la que no participaron.

Cuándo son las elecciones nacionales legislativas 2025

El domingo 26 de octubre se celebrarán las elecciones nacionales legislativas. Este día, los argentinos elegirán a los nuevos diputados y senadores que ocuparán los escaños del Congreso Nacional, los cuales representarán a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En estas elecciones legislativas se elegirán:

  • 130 diputados nacionales, que representan a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para renovar la mitad de la Cámara Baja.
  • 24 senadores nacionales, correspondientes a ocho provincias (cada una renueva un tercio de sus representantes), para renovar un tercio de la Cámara Alta.

Los diputados tienen mandatos de cuatro años y los senadores de seis. En cada elección legislativa nacional se renueva la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado.

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