
La designación en comisión del juez Ariel Lijo y el jurista Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema, que decidió por decreto Javier Milei, abrió una multiplicidad de escenarios que pueden convalidar, demorar y hasta revertir la medida excepcional que tomó el presidente ante la falta de acuerdo político para cubrir las vacantes del máximo tribunal.
Son hipótesis que involucran a los tres Poderes del Estado, que con sus protagonistas y sus lógicas de funcionamiento, pueden cambiar el rumbo de la decisión del jefe de Estado o ratificarlo. Hay un dato de este mediodía que le pone complejidad al paisaje: con astucia, la Corte tomó rápidamente juramento a García-Mansilla pero postergó una definición sobre Lijo.
Lo cierto es que el ámbito natural donde debería resolverse la polémica por el decreto es el Senado de la Nación, que por manda constitucional tiene a cargo la confirmación o rechazo de la propuesta enviada por el presidente para designar a un juez de la Corte. Hasta que Milei nombró a Lijo y García-Mansilla, no había acuerdo para tomar ninguna decisión. ¿Qué puede pasar a partir de ahora?
El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, aclaró públicamente que el decreto con los nombramientos, y los pliegos -que tienen estado parlamentario y cumplieron todo el proceso, con oposición de antecedentes y audiencias públicas- van por carriles diferentes y que, incluso, si fueran rechazados por el Senado, las designaciones firmadas por Milei deberían mantenerse.
Pero veamos los posibles escenarios.
1- La oposición rechaza los pliegos en el Senado

Lo que llevó a la firma del decreto de Milei para la designación “tradicional” de los jueces fue la ausencia de consenso para debatir los pliegos de Lijo y García-Mansilla, que se enviaron el año pasado. Para aprobarlos se requiere dos tercios de los miembros presentes (48 sobre 72 bancas) y para rechazarlos, solo mayoría simple (37 sobre 72).
Antes de llegar al pleno de la Cámara para ser votados, los senadores que integran la Comisión de Acuerdos del Senado, debían firmar los dictámenes para habilitar su discusión en el recinto. Recién a fines de noviembre se consiguieron las nueve firmas requeridas y el 12 de febrero se anunció la presentación, con el objetivo de ser tratado en sesiones extraordinarias. Hay acá un punto clave: solo Lijo obtuvo ese aval; García-Mansilla no lo logró. Pero a este último, catedrático y jurista de renombre, la Corte le tomó juramento y ya es juez del máximo tribunal.
Apenas se conoció el decreto, hubo críticas durísimas de parte del peronismo de Unión por la Patria, que tiene 34 bancas y está a tres de tener mayoría propia, y también del radicalismo, que tiene 13, y del PRO, con 7. Sin embargo, no se anunció, hasta ahora, la convocatoria a una sesión para rechazar los pliegos porque en cada bloque hay senadores que están dispuestos a votar a Lijo. Los seis de La Libertad Avanza y los aliados batallan para defender la propuesta del Ejecutivo.
Es que la ausencia de consenso político hasta ahora no era solamente respecto de la aprobación de Lijo, sino también sobre el rechazo del pliego y de la candidatura de García-Mansilla, más allá de que esa ausencia de posiciones extremas, le haya permitido ingresar al máximo tribunal sin mayores resistencias.
2- La oposición en el Senado rechaza el decreto
La otra alternativa que podría ocurrir en la Cámara alta es que en la próxima sesión ordinaria -después de la inauguración que va a hacer Milei la noche del sábado- el Senado vote una resolución que rechaza el decreto con las designaciones. Fue una idea que planteó el senador por Tierra del Fuego, Pablo Blanco (UCR), pocos minutos después del anuncio del presidente.
En caso de aprobarse, de todos modos, no tendría un efecto práctico sobre la vigencia del decreto, aunque enviaría una señal política de la Cámara alta. Para su discusión, debería seguir el camino ordinario de cualquier proyecto o ser discutido sobre tablas, con mayoría agravada.
Para el Gobierno, como planteó Francos, una declaración de rechazo del decreto no tendría efectos, porque no se trata de un DNU, sobre los cuales el Congreso sí tiene posibilidad de rechazarlos. Los decretos son decisiones presidenciales solo alcanzadas por la jurisdicción de los jueces.
3- El Gobierno retira los pliegos
Una alternativa que se barajó en las últimas horas, sobre todo para evitar el riesgo de que una mayoría provisoria los rechace, fue la de retirar ambos pliegos del Senado. Se buscaría así blindar las candidaturas hasta que el tiempo político se modere y las tensiones políticas se calmen, después del impacto que generó en la Cámara el decreto presidencial.
En el comunicado con el que la Oficina de la Presidencia de la República Argentina (OPRA) dejó en claro que la decisión de Milei es, por ahora, la de mantenerlos a fin de que se establezca una negociación política con la oposición, sobre todo con el peronismo, para que se apruebe.
El presidente del bloque Unión por la Patria, el formoseño José Mayans, en un seminario que organizó la revista Parlamentario, dejó una frase que adquiere ahora nuevo significado. “Nosotros ofrecimos al Poder Ejecutivo el diálogo. Hay dos lugares que son importantes (por los de Lijo y García-Mansilla), pero algunos hablaban de una Corte de siete o de nueve, después está el tema del Procurador General, el Defensor General, el Defensor del Pueblo. Nosotros dijimos: hagamos una conversación entre las fuerzas políticas y este problema lo resolvemos en una semana”.
“Pero si el Gobierno quiere por la fuerza imponer sin ningún tipo de diálogo, diciéndonos que los candidatos que ellos ponen son los candidatos nuestros, a mí me parece que de esa forma no pueden conseguir el acuerdo”, dijo.
Más allá de eso, en el Gobierno remiten a lo que difundió la cuenta de OPRA: “Esta administración continuará con el trámite legislativo para que la Cámara alta ejerza sus atribuciones y preste los correspondientes acuerdos a los pliegos”.
4- La Justicia frena la aplicación del decreto
El decreto de nombramiento en comisión, como toda decisión del Ejecutivo, puede ser pasible de ser declarada inconstitucional -y, por lo tanto, impedida su aplicación- por un juez federal. Hay un antecedente de enorme gravitación y que puede servir como ejemplo: en diciembre de 2015, el magistrado Alejo Ramos Padilla rechazó el decreto que había firmado Mauricio Macri nombrando en comisión a los dos miembros actuales de la Corte, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, e instó a que no se les tomara juramento.
Para que un fallo de ese tipo ocurra, debe existir un reclamo de un particular o de una persona jurídica. En los últimos días, diversas entidades civiles se presentaron en tribunales.
Más allá de una medida de ese tipo, los jueces del máximo tribunal actual -que irónicamente son Rosatti y Rosenkrantz- este mediodía aceptaron tomarle juramento a García-Mansilla y dejaron para más adelante la consideración sobre Ariel Lijo. En este último caso hay diferencias por el pedido de una licencia extraordinaria, en vez de renunciar al juzgado federal a su cargo.

5- El Senado trata y aprueba los pliegos
Se trata del escenario más improbable ante el estado de cosas que dejó en la política la firma del decreto. De todos modos, en las sesiones ordinarias y con el dictamen firmado, un acuerdo político con parte de Unión por la Patria, con los oficialistas y los aliados, permitiría que se lleve al recinto y se apruebe la nominación, al menos, del juez federal Lijo, que cumplió con todas las exigencias y trámites previos.
Es una alternativa que implicaría el nombramiento de otros cargos vacantes en la Justicia -desde jueces federales de primera instancia a camaristas que están sin cubrir hace años- del Procurador General e, incluso, la ampliación de la Corte. “No está en agenda por ahora”, aclararon desde el Gobierno, que esperan que la Corte Suprema acepte tomarles juramento a Lijo y García-Mansilla para iniciar un diálogo político.
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