La Justicia electoral de Córdoba ratificó el fallo de primera instancia que impugnaba la postulación de Pablo Riveros, actual jefe comunal de la ciudad de Villa Ciudad Parque que aspiraba a ir por la reelección.
En un primer momento, el tribunal había resuelto que el intendente estaba impedido jurídicamente para presentarse por un nuevo mandato al considerar que ya cumplió las dos gestiones que establece como límite la legislación electoral local. Riveros apeló la impugnación; sin embargo, este martes el fallo quedó firme y no podrá presentarse en los comicios. Frente a esta situación, el jefe comunal salió al cruce de la jueza electoral Marta Vidal: “Evidencia una posición prohibitiva y antidemocrática que impide nuestro derecho a elegir”.
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Riveros se había presentado con Unión Vecinal, una lista afín al kirchnerismo, con el objetivo de liderar la intendencia de Villa Ciudad Parque por otros cuatro años, pero su aspiración fue impugnada por el Frente Cívico que a nivel provincial forma parte de Juntos por el Cambio.
El argumento de la decisión judicial se fundamenta en el rol que cumplió el político entre los años 2015 y 2019, cuando Riveros fue miembro de la Comisión Comunal. Según la Ley Electoral 10.406, dicha función cuenta como una gestión, ya que tiene el mismo status que la de gobernador, vice, legislador, concejal y tribunos de cuentas. Por lo tanto, “pueden ser reelegidos en forma consecutiva por un solo período”.
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Riveros buscaba ir por un segundo mandato argumentando que la función que ejerció no era ejecutiva y que no es comparable con la de un intendente o la de un concejal, con lo cual había reclamado ante la Justicia la revisión del fallo de primera instancia y solicitó hacer una “interpretación amplia para subsanar ese error jurídico”.
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Sin embargo, la tribunal electoral de la provincia, teniendo en cuenta que Riveros fue reelecto en diciembre de 2019, ratificó que el intendente no puede competir por un nuevo mandato en las elecciones de este año.
“La comunidad de Villa Ciudad Parque repudia la intromisión de la jueza electoral Marta Vidal en la vida política de la comunidad”, criticó Riveros a través de un comunicado que dio a conocer en sus redes sociales. “El accionar de la jueza evidencia una posición prohibitiva y antidemocrática que impide nuestro derecho a elegir. La transformación que iniciamos en nuestro pueblo no se detiene”, agregó el jefe comunal.
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Inicialmente, los comicios municipales iban a llevarse a cabo el 4 de junio, pero, frente al conflicto judicial, Riveros estableció como nueva fecha el 23 de julio. Esa modificación también fue rechazada por la Justicia, por lo que dejó firme la primera convocatoria a elecciones para los primeros días del próximo mes.
”Han precluido las etapas preelectorales, incluidas las oficializaciones de listas”, se sostuvo en el fallo al rechazar el cambio de fecha para la realización de los comicios y se destacó que “las vías recursivas que pudieran estar en trámite no tienen efectos suspensivos”.
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Impugnada la postulación de Riveros, resta reubicar las candidaturas ya oficializadas en las listas, respetando la proporcionalidad de género, tanto en los titulares como en los suplentes. Por otro lado, las elecciones provinciales se realizarán el 25 de junio, con 11 listas que competirán para elegir gobernador y vice, 70 legisladores y tres miembros para el Tribunal de Cuentas, y se utilizará el sistema de Boleta Única de Sufragio (BUS), un solo papel con todas las candidaturas y las preferencias se marcan con tilde de lapicera.
En forma simultánea, habrá comicios para renovar autoridades en 227 municipios y comunas del total de 427 que conforman la provincia. En tanto, otros 380 distritos y comunas renovarán autoridades en ocho fechas diferentes entre mayo y julio, como es el caso de Villa Ciudad Parque, del departamento de Calamuchita.
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Con información de Agencia Télam.
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