El procurador Casal se opuso a un pedido para que la Corte Suprema intervenga en la polémica por la candidatura de Manzur

La oposición de Tucumán objetó la habilitación para que el jefe de Gabinete sea candidato a vicegobernador el año que viene

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Juan Manzur
Juan Manzur

El procurador general, Eduardo Casal, dictaminó hoy por rechazar un pedido de la oposición de Tucumán para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga en una causa para que el jefe de gabinete, Juan Manzur, no pueda ser candidato a vicegobernador de esa provincia en las elecciones del año que viene. Sin embargo, Casal le dejó al máximo tribunal la posibilidad de que decida si acepta tratar el caso.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que Casal presentó hoy ante la Corte Suprema su dictamen ante la presentación que hizo el partido provincial CREO.

Manzur es gobernador de Tucumán en licencia mientras ocupa la jefatura de Gabinete. Ya anunció que el año que viene será candidato a vicegobernador y para eso se presentó en la Corte Suprema de Justicia de la provincia para que lo habilite en base a la Constitución local. Manzur irá en la lista con Osvaldo Jaldo, electo vicegobernador a cargo del Poder Ejecutivo por la licencia de Manzur.

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El máximo tribunal de Tucumán lo habilitó por tres votos contra dos al analizar el artículo 90 de la Constitución provincial que establece solo una reelección.“En la primera parte se regula conjuntamente la situación del Gobernador y Vicegobernador (determinación del mandato y permisión de reelección en ese mismo cargo); en la segunda parte se regula exclusivamente la situación del Vicegobernador bajo ciertas circunstancias específicas (aquel que fue elegido en dos ocasiones consecutivas como Vicegobernador) y la tercera parte vuelve a regular de modo conjunto la situación del Gobernador y del Vicegobernador (al establecer una prohibición expresa respecto de la posibilidad de ser elegido en ese mismo cargo de Gobernador y Vicegobernador y admitir una permisión también expresa de aspirar a ocupar nuevamente tales cargos por las mismas personas si es que intermedia un período electoral)”, dijo el voto de la mayoría que permitió la candidatura de Manzur.

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El procurador Eduardo Casal (Nicolás Stulberg)
El procurador Eduardo Casal (Nicolás Stulberg)

Pero el partido CREO se presentó directamente en la Corte Suprema. Reclamo que se le orden a la Junta Electoral de Tucumán que no inscriba la candidatura de Manzur hasta tanto haya una sentencia definitiva. Explicó que a su criterio con la habilitación a Manzur “se alterara el espíritu de la disposición contenida en el art. 90 de la Constitución local — que es contrario a la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador—, pues permitiría que ambos se alternaran recíprocamente en el poder de manera indefinida, ya que si se admitiera que el gobernador reelecto fuera candidato a vicegobernador, bastaría con que dejara transcurrir ese período como vicegobernador para luego ser nuevamente candidato a gobernador”.

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En su dictamen de cinco páginas, Casal señaló que el caso es similar a otros que ya trató la Corte Suprema de Justicia en los que se reclamaba la intervención del máximo tribunal en disputas electorales de provincias. “Por lo allí expuesto y dada la índole taxativa de la competencia prevista en el art. 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, sostuvo.

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Sin embargo, el procurador deja abierta la posibilidad de que los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz pueden intervenir. Casal señaló que por las causas que el partido opositor enumeró en su presentación y “toda vez que esa Corte es el intérprete máximo y final de sus propios dichos y decisiones, de considerar V.E. que en autos se configuran las extremas circunstancias allí evaluadas (relacionadas, en especial, con el sistema republicano de gobierno y la alegada violación del art. 5° de la CN), podría decidir la intervención procesal que considere pertinente”.

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