
A menos de dos semanas de las elecciones legislativas, los candidatos afinan sus estrategias de campaña para lograr la mayor cantidad de votos. Lo que no muchos conocen es que todos los postulantes están obligados a presentar sus propuestas en una plataforma ante la Cámara Nacional Electoral.
Algunos espacios desaprovechan esta posibilidad y se limitan a informar ideas generales sobre los proyectos que presentarán en el Congreso en caso de obtener los escaños por los cuales pujan. Otros son mucho más concretos y explican a fondo qué iniciativas pretenden que se aprueben en el parlamento a partir del 10 de diciembre. Uno de esos casos es el de José Luis Espert, que en la plataforma electoral de Avanza Libertad dio precisiones sobre cuáles son sus planes.
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Uno de los capítulos del documento que contiene las propuestas de Espert apunta directamente a la necesidad de realizar una reforma laboral y a limitar el derecho a huelga.
Propone:
1. Limitar el derecho de huelga en cualquier actividad, previendo etapas previas de conciliación entre las partes. La ley preverá la inhabilitación y multa para los dirigentes sindicales que violen las instancias legales con huelgas salvajes y otros medios extorsivos. En cualquier caso, los días de huelga no serán pagos.
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2. Limitar a un mínimo excepcional la legalidad de las huelgas generales, que siempre tienen una motivación política. Las condiciones para la legalidad de las huelgas generales serán explicitadas taxativamente y la ley preverá condena de multa, inhabilitación y prisión para los dirigentes sindicales que convoquen al desacato impulsando movimientos de fuerza fuera de la ley. Aun cuando las huelgas cumplan con los requisitos legales, los días de huelga general no serán pagos.
3. Los empleados estatales y de servicios esenciales privatizados no tendrán derecho a la huelga y la ley preverá la inhabilitación y multa para los dirigentes sindicales estatales que violen las instancias legales con huelgas salvajes.
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“El tema laboral en Argentina involucra cambiar una legislación obsoleta para tiempos en los que los procesos productivos se alteran rápidamente frente al avance vertiginoso de la tecnología. Pero antes de precisar sus principales problemas y los remedios que se necesitan, cabe mencionar que existe un problema anterior a esto que es el comportamiento del movimiento sindical que, amparado por las leyes vigentes y por costumbres antirrepublicanas asumidas como normales, abusa de una participación pública con fines políticos extorsivos, procurando resolver en las calles lo que se debería dirimir en el Congreso a través de los representantes del electorado. Este es el problema político primario”, introduce.
En ese marco, Espert aborda los alcances del derecho a huelga y propone eliminar “la capacidad de extorsión del aparato sindical a través” de los paros generales y la ocupación de espacios públicos. “Esta anomalía también se aplica al comportamiento de los representantes de los trabajadores informales y los desempleados”, agrega en alusión a marchas de piqueteros y de otros grupos que suelen interrumpir el tránsito para solicitar planes sociales y empleo.
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Puntualmente, el candidato a diputado nacional pide “limitar el derecho a huelga” en cualquier actividad productiva. Para ello propone que se establezcan mecanismos de conciliación entre las partes que eviten el conflicto. La nueva ley, explica, contemplará multas y la inhabilitación de los dirigentes sindicales que violen estas instancias de diálogo a través de huelgas u otros “medios de extorsión”.
Las condiciones para la legalidad de una huelga estarán definidas taxativamente. Y aún cuando las huelgas cumplan con los requisitos legales, los días de protesta no serán pagos. “La ley preverá la condena de multa, inhabilitación y prisión para los dirigentes sindicales que convoquen al desacato impulsando movimientos de fuerza fuera de la ley”, define Espert.
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La plataforma añade, además, que los empleados estatales y de servicios esenciales privatizados no tendrán derecho a la huelga bajo ninguna condición.
La reforma laboral incluye otras ideas como el reemplazo del régimen de indemnizaciones por despido por seguros de desempleo; la flexibilización de contratos laborales para adaptarse a la velocidad de los cambios tecnológicos y maximizar la productividad; reducción de impuestos al trabajo; y una reforma sindical que prohíbe la reelección de secretarios generales y apunta contra la injerencia de los sindicatos en la salud.
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Semanas atrás, Espert fue convocado por el periodista Diego Iglesias para el ciclo Políticos en el Recreo. Cuando le pidieron que explicara su proyecto de reforma laboral para que lo entienda un chico de seis años, contestó: “Hay 6 millones de trabajadores en negro. Son el 40% de los laburantes. No tenés medicina, no tenés jubilación, no tenés aguinaldo, no tenés vacaciones. Una reforma laboral es necesaria para que el laburante tenga derechos, sino no los tiene”.
- ¿Cuándo en la Argentina se flexibilizaron las leyes laborales y aumentó el empleo registrado?
- Nunca se flexibilizó mucho las leyes laborales, y cuando se lo hizo, se lo hizo en un contexto de un desastre macroeconómico tan grande, que era imposible que esa flexibilización funcionara. Acá lo que no funciona es un sistema. Un problema son las pésimas leyes laborales que tenemos, otro es un tamaño del Estado que demuele impuestos a la gente de laburo. Y la tercera cosa que forma este sistema maldito que hay que cambiar es una clase empresaria que no le gusta competir con el mundo.
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- ¿Cómo calificarías a los empresarios argentinos en general?
- Te diría que el grueso son de primera. Son pymes que están matándose para sobrevivir. Y después tenés una pequeña parte del empresariado argentino que es la que domina las decisiones del poder político y las decisiones económicas que son de terror. Para mí hay un triunvirato, un trío mortal, un menage a trois de terror: empresarios prebendarios, políticos chantas, chorros, corruptos y sindicalistas mafiosos. Eso es lo que hay que terminar urgente en Argentina si no queremos ser una villa miseria.
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El derecho a huelga en la Argentina surge del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que prescribe: “Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”. El alcance y la regulación de ese derecho se establece en una maraña de leyes y decretos. Los sindicatos tienen la obligación de preaviso y de recurrir a procedimientos conciliatorios que pocas veces se cumplen. Las sanciones por incumplimiento tampoco suelen se abonadas.
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