El bloque de diputados del PRO presentó un proyecto para indemnizar a las víctimas de la Tragedia de Once

Es como respuesta al proyecto para resarcir a los familiares de la tripulación del ARA San Juan que se debate el jueves en el recinto. También firmó la UCR

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La tragedia de Once, ocurrida
La tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012, tuvo 51 víctimas fatales y más de 700 heridos (Foto: EFE)

El bloque del PRO en la Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley para reconocer a las familias de las víctimas fallecidas y a los sobrevivientes de la Tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012. Fue en respuesta al proyecto que este jueves se tratará en Diputados para resarcir a los familiares de los tripulantes del ARA San Juan. En el primer caso la Justicia apuntó a la responsabilidad penal y política de la gestión del gobierno de Cristina Kirchner y en el segundo, a los funcionarios del gobierno de Mauricio Macri.

La voz de la diputada María Luján Rey conmovió a sus compañeros de bancada en la reunión del lunes por la noche. De hecho, su planteo y el debate interno se llevó gran parte de la charla vía remota, incluso más que la ley de Ganancias presentada por Sergio Massa. Representante de la provincia de Buenos Aires en el Congreso Nacional, se hizo conocida por ser la madre de Lucas Menghini Rey, la última víctima en ser encontrada en la tragedia ferroviaria. Tenía 19 años, era papá de y viajaba en el convoy pero recién fue encontrado dos días después entre los restos del tercer y cuarto vagón.

En el encuentro del bloque del PRO, Rey insistió en que el proyecto del ARA San Juan mostraba “víctimas de primera y víctimas de segunda”. Y aunque hubo quien señaló que en el caso del submarino se trata de trabajadores del Estado, se acordó la presentación de un proyecto de ley para reconocer a las familias de las 51 víctimas fatales y los 789 sobrevivientes del siniestro (pasajeros que hubiesen sufrido lesiones graves o gravísimas) ocurrido en la Estación Once del Ferrocarril Sarmiento. Los familiares piden reconocer a 52 víctimas ya que una de las personas fallecidas fue una mujer embarazada de seis meses.

En caso de ser aprobado, los beneficiarios tendrían derecho a percibir, por única vez, una indemnización extraordinaria de carácter económico, hayan o no iniciado demandas por daños y perjuicios contra el Estado Nacional.

El texto lleva la firma del jefe del bloque, Cristian Ritondo y de María Luján Rey y los acompañan otros 44 diputados del PRO y de la UCR como Jorge Enríquez, Graciela Ocaña, Álvaro González, Carmen Polledo, Silvia Lospennato, Luis Pastori, Diego Mestre, Aída Ayala y Roxana Reyes. De la Coalición Cívica firmó Mariana Stilman.

Según se establece, el beneficio sería cobrado en partes iguales por los hijos y las hijas y si no los hubiera, los progenitores y las progenitoras por partes iguales. También cobraría el/la cónyuge o conviviente, siempre que no se hubiera encontrado separado o separada de hecho al día del siniestro.

En el caso de las víctimas fallecidas, el grupo familiar directo tendría derecho a percibir una indemnización equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) y multiplicada por 200. La cifra rondaría los $13.386.480.

En el caso de las personas que hubiesen sufrido lesiones gravísimas sería el 70% de la suma de las víctimas fatales, mientras que quienes hubiesen sufrido lesiones graves tendrían derecho a percibir el equivalente al 50%.

La lista de víctimas fatales fue incorporada al texto de la ley y fueron reconocidas en proceso judicial, mientras que en el caso de heridos con lesiones gravísimas o graves deben acreditar su inclusión dentro de la lista de víctimas reconocidas por el Expediente N° 1710/2012 determinadas por el Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, Secretaría 21. Finalmente en el artículo sexto se establece que las indemnizaciones estarán exentas de descuentos impositivos.

Cristian Ritondo, jefe del bloque
Cristian Ritondo, jefe del bloque del PRO

Además se establece que todos aquellos que pidan acogerse a los beneficios de la ley deberán desistir de toda acción y derecho que los asiste en los respectivos procesos judiciales y renunciar a entablar futuras acciones judiciales por daños y perjuicios contra el Estado Nacional por el mismo hecho.

Por otra parte quienes ya hubieran recibido una sentencia de indemnización por daños y perjuicios solo podrían percibir la diferencia entre lo establecido en el proyecto y los importes efectivamente cobrados.

En cambio quedan excluidos de la ley aquellos familiares de víctimas fallecidas o víctimas sobrevivientes que hayan firmado un acuerdo en forma extrajudicial con las firmas TBA S.A., FAVICOR S.A. y/o COMETRANS S.A y/o con empresas vinculadas a éstas y/o con empresas vinculadas a los particulares responsables del siniestro.

Sin embargo, la ley no impide que quien lo desee reclame una indemnización por daños y perjuicios ante los Tribunales Ordinarios pero sí establece que no podrán cobrar este resarcimiento, siempre y cuando la ley se apruebe.

Entre los fundamentos se destaca que “la Tragedia de Once fue una tragedia anunciada y evitable. El deplorable estado del servicio de pasajeros de trenes urbanos era conocido por todos y denunciado por sus trabajadores, por los usuarios y por la propia Auditoría General de la Nación, que desde el año 2008 advertía de las graves falencias del sistema ferroviario de transporte en nuestro país, particularmente de la línea Sarmiento, que atentaban directamente contra la seguridad de los pasajeros y trabajadores del ferrocarril”.

También se destaca que “la responsabilidad del Estado es insoslayable” después de que recibieran condena penal los empresarios a cargo de la concesión (TBA S.A.), dos ex Secretarios de Transporte de la Nación, confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime), y además un ex ministro, Julio De Vido, con condena confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal.

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