
En noviembre pasado la Sala I de la Cámara Federal porteña había resuelto la situación procesal de varios de los imputados en el caso llamado Ciccone 2. Allí se investiga la ruta del dinero y las responsabilidades de ex funcionarios públicos en el entramado que le permitió al ex ministro de Economía y ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, quedarse con la empresa Ciccone Calcográfica.
Boudou tiene una condena de un Tribunal Oral Federal, confirmada por la Cámara de Casación y luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El ex vice debe cumplir una pena de cinco años y diez meses de prisión porque fue hallado culpable de los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho, debido a que a través de personas cercanas se quedó con Ciccone, la empresa que estaba en condiciones de fabricar papel moneda. Boudou era ministro de Economía y tenía bajo su mando a la Casa de Moneda que contrató a Ciccone. La Justicia debe decidir si Boudou, excarcelado por la pandemia de coronavirus, debe cumplir su condena en la cárcel o mantener el beneficio de la prisión domiciliaria.
Al frente de la Casa de Moneda estaba una amiga de Boudou, Katya Daura, cuyo procesamiento por favorecer desde su cargo a la Ciccone adquirida por Boudou había sido dictado por el juez Ariel Lijo en 2018. Lijo había procesado también a Ricardo Echegaray quien cuando Boudou cometió el delito, estaba al frente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Lijo había determinado que Echegaray debía ser procesado por el delito de abuso de autoridad por “haber cambiado su posición respecto del otorgamiento de la conformidad de la AFIP para el levantamiento de la quiebra de Ciccone Calcografica, en un lapso de dos días sin justificación. Si bien el administrador federal tenía la facultad de otorgar su conformidad de manera condicionada o incondicional para ese acto; lo que no podía hacer Echegaray de manera legítima era variar sustancialmente el carácter de la conformidad prestada, en un lapso corto, sin más motivación que una solicitud por parte de la empresa quebrada sin ningún tipo de especificación”.

En noviembre pasado la Cámara Federal -con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Martín Irurzun- revocó algunos procesamientos y ordenó algunas indagatorias. Y también confirmó los procesamientos de Daura y de Echegaray.
En el caso de Echegaray sucedió algo curioso. Echegaray es defendido por el prestigioso penalista León Arslanian quien no se presentó a la audiencia que le correspondía para fundamentar la apelación ante la Sala I de la Cámara Federal. Arslanian había argumentado que su ausencia se debió a un problema informático que afectó a su estudio y que impidió que viera la citación que se había efectuado mediante cédula electrónica . La Sala I de la Cámara Federal no atendió el reclamo por el “problema informático”, declaró desistido el recurso y el procesamiento del ex funcionario kirchnerista quedó firme.
Pero la defensa de Arslanian planteó una apelación ante la Sala IV de la Cámara de Casación para que se revise lo actuado por la Cámara Federal. Allí explicó qué fue lo que le impidió recibir la cédula de notificación: “…tan pronto tomamos conocimiento de ello, mediante escrito del 1° de junio de 2019, hicimos saber a la Cámara dichas circunstancias, acompañando un informe elaborado por la empresa que nos brinda soporte informático, en el cual se indicaron las causas y efectos del virus que afectó la correcta recepción de correos electrónicos, y que produjo daños irreparables en numerosos archivos, la mayoría de ellos irrecuperables. Señalamos en dicho escrito que, habiéndose celebrado la audiencia prevista en el art. 454 del CPPN, y encontrándose a estudio de la a quo las impugnaciones formuladas, entendemos que nada impedía ni en modo alguno retrasaba su labor la consideración del recurso de apelación interpuesto contra el auto que dispuso el procesamiento de nuestro asistido”.
Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo analizaron el pedido de Arslanian y resolvieron anular la confirmación del procesamiento dictado por la Cámara Federal. Lo hicieron en virtud del “derecho de defensa” que asiste al imputado. En la misma resolución le ordenaron a la Sala I de al Cámara Federal que revise el procesamiento de Echegaray y resuelva nuevamente.
La Casación no analizó la responsabilidad de Echegaray en el Caso Ciccone 2. Tan solo resolvió un pedido de la defensa que adujo no haber podido presentarse a la audiencia de apelación ante la Cámara por haber padecido un virus informático. Esto fue unos meses antes de la pandemia de coronavirus.
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