
Cristina Kirchner quedó sobreseída en una de las causas que se le abrieron cuando comenzó la causa de los cuadernos. Se trata del capítulo por los subsidios al transporte de colectivos. En rigor, la Cámara Federal –con las firmas de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi– ya le había revocado en 2019 el procesamiento que firmó en su contra el juez Claudio Bonadio
Ahora, el sucesor de Bonadio en el Juzgado Federal 11, Marcelo Martínez de Giorgi, resolvió el sobreseimiento de la vicepresidenta y la desvinculó del caso por entender que no hay elementos para mantenerla imputada en el expediente. El fiscal Carlos Stornelli podría apelar la resolución. También se sobreseyó entre otros a los ex funcionarios Julio de Vido, Juan Pablo Schiavi y a Ricardo Jaime. Son más de 200 sobreseimientos.
Se trata del caso que investigó los subsidios entregados al área de transporte durante la gestión kirchnerista. Para la Cámara Federal, las pruebas colectadas eran insuficientes y le habían encomendado a Bonadio profundizar la investigación. Ahora, sin pruebas que la involucren, Martinez de Giorgi firmó su sobreseimiento. Dijo que era imposible hacer una pericia técnica para corroborar si se falsearon los informes de kilometraje de las unidades, como había dicho Claudio Bonadio.
La situación judicial de Cristina en el caso de los cuadernos

Cristina Kirchner mantiene tres procesamientos ligados a la causa de los cuadernos: el de la causa principal, por las anotaciones de Oscar Centeno; el que habla de la cartelización de la obra pública; y el que alude a los subsidios ferroviarios. Se la acusa de ser la jefa de una asociación ilícita que recaudaba dinero ilegal entre empresarios que hacían negocios con el Estado.
Esas causas ya se encuentran elevadas ante el Tribunal Oral Federal 7, en donde presta funciones el juez Germán Castelli. Junto a Bruglia y Bertuzzi, Castelli fue protagonista de los reclamos que llegaron a la Corte Suprema por los jueces trasladados. Por el momento, todos continúan en los cargos a los que habían llegado en la gestión de Mauricio Macri.
En las otras causas en las que Bonadio la había procesado por hechos ligados al caso cuadernos, como el caso GNL, la Cámara Federal ya había dispuesto su falta de mérito. Sin embargo, esta es la primera vez que se dicta su sobreseimiento en una causa que se tramitó en el marco del escándalo de corrupción que sacudió a los tribunales en 2018.
El sobreseimiento de Cristina Kirchner se dicta en un momento clave. Es justo cuando la Cámara Federal de Casación Penal debe definir si se caen las declaraciones de los arrepentidos, el corazón de la causa de los cuadernos. Tal como reveló Infobae en septiembre pasado, un grupo de cuatro defensas reclamaron en una audiencia que se dicte la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido y su aplicación directa en esta causa, haciendo hincapié entre otras cuestiones en que no existen filmaciones de las declaraciones que 31 empresarios y ex funcionarios prestaron como imputados-colaboradores.
La definición sobre el futuro de la causa de los cuadernos en Casación está en manos de los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña. No obstante, se descuenta que cualquier definición será apelada ante la Corte Suprema de Justicia.
La causa por la que Cristina Kirchner fue ahora sobreseída

La causa ya existía desde el 2014 por una posible defraudación a la administración pública. Allí se investigaban los subsidios estatales que recibieron empresas de colectivos. Diversas empresas dedicadas al transporte público automotor habrían obtenido beneficios superiores a los que les correspondían, al falsear las declaraciones juradas que les servían de base y en las cuales se denunciaba haber recorrido una mayor cantidad de kilómetros que los reales.
En su momento, Bonadio procesó a De Vido, ex secretarios y un grupo de empresarios, pero en febrero de 2018, la Sala II de la Cámara Federal –en una decisión dividida– revocó esa decisión y ordenó profundizar los peritajes. Sin embargo, en agosto de 2018 explotó el escándalo de los cuadernos. Y para septiembre, cuando Bonadio dictó los primeros procesamientos de Cristina Kirchner como jefa de una asociación ilícita por las anotaciones de Oscar Centeno, también decidió abrir nuevas causas o anexar algunas que ya existían, como los sistemas de recaudación que habrían funcionado en el rubro transporte, por la nueva información que aportaron los “arrepentidos” de los cuadernos.
Fue así como Bonadio volvió a indagar a los ex funcionarios y unos 44 colectiveros, y procesó a todos. Dijo que entre 2003 y 2012 “las personas a cargo de las empresas de transporte pagaban entre un 5 y un 30 por ciento de los subsidios entregados al Estado Nacional a Jaime y a Schiavi” y a cambio los entonces funcionarios “garantizaban los pagos de subsidios por montos superiores a los que les correspondía”.
Usó para ello las declaraciones como arrepentidos de los empresarios Aldo Roggio, Benjamín Romero y Alberto Taselli y alusiones en los cuadernos de Centeno. Sin embargo, en julio de 2019, Bruglia y Bertuzzi señalaron que no estaba probado que “la matriz de corrupción instaurada con fines recaudatorios desde las más altas jerarquías del Ejecutivo entre 2003 y 2015 abarcase los hechos originados en esta causa” por los subsidios al transporte, que ya existía. Y dictaron una falta de mérito, con instrucciones al juez para seguir investigando.

Sobre esa base, a lo largo de 214 páginas, el juez Martinez de Giorgi fue repasando la prueba y concluyó con el sobreseimiento de Cristina Kirchner y de otros 200 imputados. Es que, según sostuvo, “el tiempo transcurrido desde los hechos investigados y la ausencia de datos fehacientes” hizo imposible “realizar peritaje alguno que permita aclarar” la hipótesis de la investigación.
“Si la AGN y la SIGEN enfrentaron las dificultades detalladas en sus informes ya reseñados y terminaron aludiendo a las complejidades de los sistemas y los problemas para su control, no parece posible encontrar organismo o especialista alguno que pueda superar su trabajo”, se sostiene.
En pocas palabras, dijo el juez en su fallo, “no hay manera de establecer si en el año 2004 o 2005, por ejemplo, un colectivo que tenía que hacer diez vueltas diarias, sólo hizo siete”.
“En definitiva, no es posible acceder a datos objetivos que sirvan de presupuesto para realizar un estudio pericial, que permita determinar cuántas vueltas completó diariamente cada colectivo de los diferentes ramales de las casi cuarenta líneas investigadas, durante un período de diez años; para cotejarlo con lo declarado ante la entonces Secretaría de Transporte. Se puede saber lo que se declaró, pero no hay forma de establecer si esas declaraciones reflejaban la realidad y si en consecuencia efectivamente se recorrió el kilometraje que allí se señala. Más aún si se pretende considerar otras variables como: la cantidad de pasajeros transportados, la recaudación de las empresas, la velocidad comercial –que alude al tiempo medio por vuelta de cada ramal, en cada momento histórico la semaforización, la conflictividad social, el incremento general del parque automotor, las obras viales que afectaron los diferentes recorridos, los cambios de los sentidos de las calles; entre muchas otras”, señaló el fallo.
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