El Consejo de la Magistratura desestimó las denuncias contra el juez Luis Rodríguez, acusado de cobrar una coima millonaria para favorecer a Daniel Muñoz

Había sido denunciado de haber recibido un soborno para beneficiar al ex secretario de Nestor Kirchner. Según la instrucción realizada por el organismo, no se encontraron pruebas que corroboraran el presunto pago del soborno, ni tampoco de un enriquecimiento patrimonial

Compartir
Compartir articulo
El juez federal Luis Rodríguez (Adrián Escandar)
El juez federal Luis Rodríguez (Adrián Escandar)

El Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó hoy por mayoría desestimar todas las denuncia abiertas en el organismo contra el juez federal Luis Rodríguez. El titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 9 fue denunciado por mal desempeño por haber presuntamente frenado la investigación contra Daniel Muñoz, el fallecido ex secretario privado de Néstor Kirchner, a cambio de una coima millonaria para favorecer su situación judicial y la de su viuda, Carolina Pochetti, mientras lo investigaba por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

La investigación en el Consejo fue llevada adelante por el consejero académico Diego Molea, quien desde diciembre pasado, preside además la Comisión de Disciplina y Acusación del organismo. Actual rector de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y con posiciones cercanas al actual Gobierno, Molea instruyó el expediente a lo largo de un año y medio, y fue el autor del dictamen desestimatorio que se aprobó más temprano en la Comisión de Acusación.

Votaron a favor de su cierre, 10 de los 13 integrantes del cuerpo. Además de Molea, aprobaron el cierre de las denuncias el representante del Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz; los senadores Mariano Recalde e Inés Pilatti de Vergara, del Frente de Todos; la diputada Vanesa Siley, de la misma fuerza política; y los jueces Alberto Lugones, Juan Manuel Culotta y Rircado Recondo.

Se abstuvieron el diputado del PRO Pablo Tonelli y la abogada de origen radical Marian Sánchez Herrero. La única que se opuso fue la senadora nacional de la UCR Silvia Giacoppo.

El telón de fondo del expediente contra Rodríguez fueron las revelaciones del cobro de coimas por parte de ex funcionarios a empresarios a cambio de contratos con el Estado, en el marco de la causa de los cuadernos. Las denuncias se reactivaron con la declaración como arrepentida de Pochetti, quien afirmó que habría pagado USD 10 millones, para que Rodríguez frenara la investigación sobre más de USD 70 millones que movió el ex secretario de Néstor Kirchner y sus testaferros hacia el exterior.

Esa confesión generó que desde distintos sectores hicieran llegar al Consejo el reclamo de “basta de impunidad” a jueces que presuntamente protegieron al kirchnerismo, entre los cuales, Rodríguez fue tomado como uno de los magistrados emblemáticos.

Además de pedir copia de los diferentes expedientes penales en los que se cuestionó la actuación de Rodríguez, Molea solicitó la apertura de las declaraciones juradas del magistrado y su mujer, actualmente secretaria de la Corte, así como información a la Unidad de Información Financiera (UIF), a la AFIP, al Registro de la Propiedad Inmueble y al Automotor, y a la Dirección de Migraciones.

El último elemento que se sumó a la instrucción y que fue también determinante para que Molea pidiera su desestimación, fue el cierre de la causa penal por parte del juez Sebastián Casanello, a pedido del fiscal federal Gerardo Pollicita en marzo de este año.

Rodríguez acumuló media docena de denuncias en su contra, la mayoría de ellas por la presunta demora en tramitar a causa de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero contra Muñoz y su viuda, causa abierta originalmente en la Justicia penal en 2013 por una denuncia de Elisa Carrió contra Muñoz, Pochetti y el ex gobernador santacruceño Daniel Peralta, y reactivada en 2016 a partir de las revelaciones de los Panama Papers.

Los argumentos para el cierre

Según el dictamen desestimatorio, “de un seguimiento estricto de la marcha de la aludida causa (por la investigación contra Muñoz) se evidencia que la misma ha tenido desde su inicio un trámite ininterrumpido y que el doctor Rodríguez nunca rechazó la producción de medidas destinadas a la recolección de datos”.

Asimismo, se advierte que “la decisión del doctor Rodríguez de postergar las medidas propiciadas no implicó la paralización del trámite del legajo” y menciona que el descargo del juez “resulta contundente en cuanto contiene un pormenorizado detalle del trámite de la causa CFP nº 3867/2016 y refleja, sin hesitación, que su actuación estuvo ajustada a derecho”.

El dictamen elaborado por Molea destaca “el hecho de que ni el fiscal federal actuante ni tampoco la alzada (por la Cámara Federal) hubieren solicitado la extracción de testimonios a efectos de investigar el desempeño del aludido magistrado” en cuanto a una conducta “guiada con una finalidad espúrea” lleva a “descartar de plano tales insinuaciones y a reforzar la conclusión de que se trató de una mera disconformidad de criterios vinculados con la eficacia probatoria de determinados datos remitidos por la UIF y por autoridades extranjeras, y con la configuración del estado de sospecha requerido”.

Para Molea, “los denunciantes discrepan con los criterios jurisdiccionales adoptados, por el doctor Rodríguez, al conceder las eximiciones de prisión solicitadas en favor de Carolina Pochetti, Elizabeth Ortíz Municoy, Sergio Esteban Todisco y Carlos Temístocles Cortez en la mencionada causa”.

En cuanto a los dichos como arrepentida de Pochetti señalando que Rodríguez habría cobrado un soborno para beneficiaría a ella y al resto de los imputados, el dictamen aprobado sostiene que “con las constancias obrantes en la causa nº 3867/2016, se vislumbra que el relato adolece de otras serias inconsistencias cronológicas”.

Diego Molea, instructor de la investigación contra el juez Luis Rodríguez
Diego Molea, instructor de la investigación contra el juez Luis Rodríguez

El dictamen desestimatorio cita la conclusión del fiscal Pollicita en el fuero penal contra Rodríguez en el que se denunció “un acuerdo de impunidad para que el expediente judicial no avanzara”, y, en tal sentido, se hizo referencia, en primer término, a que “el primer allanamiento al domicilio de Pochetti fue pactado con el doctor Rodríguez; en segundo término, a que “el magistrado ordenó a Pochetti vender todas las propiedades para impedir el recupero de activos”; y, por último, a que “el millonario pago incluía el dictado de un sobreseimiento del matrimonio Muñoz- Pochetti por parte del juez Rodríguez”.

Según Pollicita, “ninguna de las declaraciones brindadas por Pochetti, Ortiz Municoy y Manzanares proporcionó algún dato concreto, objetivo y demostrable respecto de la supuesta entrega de dinero al juez Luis Rodríguez. Es decir, no se desprende ninguna referencia sustancial, precisa y comprobable respecto de dónde, cómo y cuándo se efectuó el pago, ni tampoco acerca de dónde se obtuvo el dinero, quiénes participaron de la entrega y recepción o quiénes conforman el `entorno´ que, según Ortiz Municoy, le dijeron que conocería la existencia de los hechos” .

Asimismo, el representante del Ministerio Público destacó que “el contenido del informe de inteligencia elaborado por la UIF en relación al magistrado Luis Rodríguez y su grupo familiar, y la información aportada por la AFIP en relación al citado grupo contribuyente, no evidenciaron la existencia de operaciones económicas, financieras o comerciales que dieran cuenta de movimientos de dinero compatibles con la hipótesis delictiva denunciada”. Finalmente, el dictamen elaborado por Molea cita el fallo del juez federal Sebastián Casanello que, con fecha 16 de marzo de 2020, sobreseyó a Rodríguez.

Por último, en los argumentos para desestimar la denuncia se menciona que desde el Consejo “se ha practicado un exhaustivo y pormenorizado análisis del flujo patrimonial del doctor Luis Osvaldo Rodríguez y su cónyuge, desde el año 2012 hasta la actualidad, habiendo quedado demostrado que la evolución patrimonial registrada resulta concordante con los ingresos provenientes de los haberes percibidos, por ambos, como funcionarios del Poder Judicial de la Nación, los que tuvieron un incremento justificado y proporcional en los sucesivos años”.

Y precisa que “con la totalidad del material probatorio recabado se procedió a realizar un análisis patrimonial destinado a confrontar las declaraciones juradas patrimoniales presentadas por el doctor Luis Osvaldo Rodríguez y su cónyuge, las declaraciones juradas impositivas presentadas por ellos en idéntico período, los gastos registrados en los resúmenes de sus tarjetas de crédito y los ingresos detectados en sus cuentas bancarias, ello a fin de establecer si ha habido un incremento patrimonial injustificado por parte del nombrado desde su designación como magistrado federal, que pudiera resultar compatible con la percepción de un soborno por su parte”.

También menciona que en la ampliación de su descargo, Rodríguez “realizó un minucioso detalle de cómo evolucionó su patrimonio y el de su cónyuge en el período investigado, utilizando la metodología de origen y aplicación de fondos, procediendo a indicar de forma anual el patrimonio al inicio del año, los ingresos y egresos en el período y el patrimonio al cierre de los mismos. El aludido detalle de evolución patrimonial ha sido corroborado con la vasta documentación que fuera remitida” al Consejo.

En relación a al denuncia presentada por la senadora Silvia Elías de Pérez, el dictamen sostiene que las resoluciones adoptadas por Rodríguez en la causa contra Julio de Vido, José López y José Alperovich debe ser cuestionadas en las instancias revisoras pertinentes “no debiéndose considerar a este Consejo de la Magistratura como una nueva instancia revisora de las decisiones que los magistrados adoptan en cumplimiento de sus funciones”, y recuerda que la Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal resolvió confirmar la incompetencia de Rodríguez y la de la Justicia Federal de Tucumán.

Las denuncias contra Rodríguez

Rodríguez acumuló media docena de denuncias en su contra. La primera de ellas había sido presentada por ex perito contador de la Corte Alfredo Propitkin en 2016 y desestimada por el Consejo al año siguiente.

De las que se tuvieron en consideración para el dictamen desestimatorio, la primera fue presentada por los diputados nacionales de la Coalición Cívica Paula Oliveto, Juan Manuel López y Mariana Zuvic en 2018 por su actuación en la investigación del presunto enriquecimiento del ex secretario privado de Nestor Kircher y su viuda.

En esa causa, la Sala II de la Cámara Federal apartó al juez Rodríguez a pedido del fiscal Carlos Stornelli por su demora en investigar el aumento patrimonial de Muñoz quien, a través de distintos testaferros, habría pasado a ser dueño de 16 inmuebles por más de USD 70 millones en Estados Unidos. Según la investigación del fiscal y los informes aportados en la causa por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), a partir de las revelaciones de los Panama Papers en 2016, Muñoz y su viuda habían utilizado un entramado de sociedades en el extranjero para el lavado de dinero proveniente de las coimas que se cobraba a empresarios contratistas del Estado durante el kirchnerismo.

El año pasado, los mismos legisladores nacionales ampliaron su denuncia a partir de los dichos de la viuda de Muñoz como arrepentida en la causa de los cuadernos de las coimas en enero de 2019. En la investigación por lavado contra Muñoz, Rodríguez le había concedido la eximición de prisión pese a que el fiscal Stornelli le había pedido que ordenara la detención de Pochetti y sus presuntos testaferros, su indagatoria y el congelamiento de las cuentas detectadas en Estados Unidos, a los fines de recuperar esos bienes a futuro para el Estado.

La declaración como arrepentida de Pochetti reactivó las denuncias contra Rodríguez, pero no se pudo probar que le hubiera pagado un soborno de USD 10 millones.
La declaración como arrepentida de Pochetti reactivó las denuncias contra Rodríguez, pero no se pudo probar que le hubiera pagado un soborno de USD 10 millones.

El otro expediente en el Consejo fue también abierto en 2018, por una denuncia del abogado Ricardo Monner Sans en esa misma causa, por evidenciar “un trato permisivo” hacia “responsables de presuntos actos de corrupción”, en referencia a Muñoz y su entorno. El letrado amplió su denuncia , as u vez, luego de los dichos de Pochetti como arrepentida sobre el presunto cobro de un soborno por parte de Rodríguez.

Otra presentación en el Consejo contra Rodríguez fue la del ex presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Lipera, también el año pasado, por su actuación en el expediente contra Muñoz y en otra causa abierta contra carlos Liuzzi, segundo del entonces secretario de Legal y Técnica de la Presidencia de Cristina Kirchner, Carlos Zannini. En 2016 la Cámara Federal anuló el sobreseimiento que le había dictado Rodríguez a Liuzzi y lo apartó de la investigación.

Finalmente, la senadora nacional de la UCR Elías de Pérez denunció por mal desempeño a Rodríguez por su actuación en la causa contra el ex ministro de Planificación Federal De Vido, José López y el ex gobernador de Tucumán José Alperovich, actualmente senador de licencia tras der denunciado por abuso sexual por su sobrina, por “ negociaciones incompatibles”. En ese expediente se investigaba la presunta existencia de irregularidades vinculadas a la implementación, por el Ministerio de Planificación Federal, del plan conocido como “Más Cerca” destinado a concretar obras públicas en varias provincias, entre ellas, Tucumán. Elías de Pérez advirtió que Rodríguez se declaró incompetente y envió la causa a la justicia provincial, lo que “truncó la continuidad normal de la pesquisa”.

El descargo de Rodríguez

En un escrito presentado en su defensa ante el Consejo, Rodríguez negó haber dilatado la investigación y aseguró haberle dado impulso a las medidas solicitadas por el fiscal Stornelli y la UIF. No obstante, admitió que “decidió postergar su adopción por considerar que el fiscal federal interviniente había incurrido en una valoración probatoria prematura en tanto a esa fecha -cuando fueron solicitadas en 2018-, no había sido corroborada la información remitida por las autoridades extranjeras en respuesta a las múltiples rogatorias diplomáticas cursadas”.

A su vez, enumeró la serie de medidas que tomó – 56 en total, según precisó- en la investigación contra Muñoz y Pochetti a los largo de los dos años y medio que instruyó la causa, de las cuales 28 fueron de “coerción penal”, como el allanamiento del domicilio de Muñoz un mes después de iniciada la investigación, así cómo el de los supuestos testaferros, Sergio Esteban Todisco y Elizabeth María Ortíz Municoy. También mencionó la posterior inhibición general de bienes y el congelamientos de cuentas.

Asimismo, detalló el envío de siete exhortos al exterior para corroborar en el expediente la información aportada por la UIF, sin valor legal, hasta no ser oficialmente incorporada en el expediente.

Rodríguez detalló que tres de los cuales fueron denegados (de parte de las autoridades de China, Islas Vírgenes y Andorra); otro (Panamá) aportó los datos aunque no se registró información vinculante a los imputados; y la respuesta de México estaba pendiente cuando la causa dejó de estar su cargo y pasó a manos del juez Claudio Bonadio. Según informó el magistrado, Estados Unidos fue la única jurisdicción que brindó información.

Respecto de la denuncia de la senadora Elías de Pérez , advirtió que “omitió” mencionar que la Cámara Federal había dispuesto la competencia de la Justicia Federal tucumana.

Seguí leyendo