Por el temor al coronavirus, suspendieron un encuentro de la OIT que iba a condenar al régimen de Maduro

Por primera vez en la historia se canceló la reunión del Consejo de Administración del organismo internacional que iba a comenzar el 12 de marzo. Venezuela tenía que responder si había cumplido recomendaciones para evitar actos de violencia e intimidación contra organizaciones de empresarios y trabajadores no afines al gobierno

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Guy Ryder, director general de la OIT
Guy Ryder, director general de la OIT

El temor por la expansión del coronavirus terminó beneficiando indirectamente al dictador venezolano Nicolás Maduro: se suspendió la reunión del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) que iba a realizarse en Ginebra, Suiza, entre el 12 y el 26 de marzo, que, entre otros temas, iba a determinar si Venezuela había cumplido una serie de recomendaciones del organismo para que cesara "todos los actos de violencia, amenazas, persecución, estigmatización, intimidación u otra manera de agresión contra las organizaciones de empresarios y trabajadores no afines al gobierno”.

La OIT efectuó un enérgico reclamo en ese sentido en octubre pasado luego de que 33 empresarios presentaron una queja ante la Comisión del Consejo de Administración de la OIT en la que denunciaban al régimen de Caracas por “violencia, incumplimiento de convenios internacionales, y de organizar una campaña de desprestigio contra la organización de empresarios Fedecámaras”.

Tras una visita de miembros de la Comisión de la OIT a Venezuela, incluso, el organismo internacional pidió la liberación inmediata de todo empresario o sindicalista que esté en prisión por el ejercicio de las actividades legítimas de sus organizaciones, como los responsables sindicales de Ferrominera Rubén González y Rodney Alvárez, quienes llevan respectivamente uno y ocho años en prisión.

El informe final de la Comisión que estuvo en Caracas denunció “prácticas de favoritismo o promoción de organizaciones paralelas y de discriminación, suplantación e injerencia en las actividades de las partes afectadas, e injerencia en las relaciones entre empleadores y trabajadores; todo ello vulnerando las garantías previstas en los convenios”.

Nicolás Maduro
Nicolás Maduro

El informe de los expertos incluyó recomendaciones a la dictadura de Maduro orientadas a promover “el respeto de la libertad sindical como base de un diálogo tripartito para la reconciliación nacional, el desarrollo económico sostenible y la justicia social”.

Ahora, el coronavirus postergará las explicaciones que tenía que dar oficialmente la delegación bolivariana y, temporariamente al menos, no habrá condena de la OIT por la gravísima situación que se vive en Venezuela también en materia laboral y sindical. El Consejo de Administración de la OIT se reúne tres veces al año, en marzo, junio y noviembre, por lo que si el virus COVID-19 detiene su expansión, el análisis del caso venezolano se reanudará en el encuentro de mediados de año.

El Consejo también tenía previsto analizar las quejas por los incumplientos de Chile a convenios sobre la libertad sindical, derecho de afiliación y negociación colectiva, entre otros, y si se constituía un tribunal especial de interpretación del convenio 87 del organismo, sometido a un duro conflicto jurídico luego de que el sector empleador rechazó la posibilidad de considerar el derecho de huelga como derecho internacional de trabajo y como parte de la libertad sindical.

En la OIT, empleadores y sindicalistas debaten sobre el derecho de huelga
En la OIT, empleadores y sindicalistas debaten sobre el derecho de huelga

En un informe sobre esta controversia elaborado por el Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma, se destacó que, por un lado, “los empleadores han intentado justificar su posición en contra del reconocimiento del derecho de huelga, y por ende de su tratamiento por parte de los órganos de control de la OIT. Al respecto, señalan que en ningún convenio de la OIT existe referencia a este derecho y que, por ende, en tanto no exista una norma internacional que lo regule expresamente, serán los Estados, a nivel nacional, quienes reglamenten las condiciones para su ejercicio, y destacan que dicha reglamentación no está sujeta al escrutinio de los órganos de control de la OIT”.

“La respuesta de los trabajadores hizo hincapié no sólo en la necesaria consideración de la huelga como parte del derecho a llevar adelante un plan de acción, en los términos del artículo 3 del Convenio 87, sino en la existencia de una pacífica tradición por parte de los órganos de control de la OIT en la interpretación de este derecho. En efecto, la Comisión de Expertos y el Comité de Libertad Sindical han hecho cuantiosas referencias durante décadas al derecho a la huelga, tanto en los informes anuales como en el tratamiento de las quejas individuales, en las que continúan considerando a este derecho como un componente fundamental de la libertad sindical. Por otra parte, la propia OIT ha elaborado documentos que recopilan gran parte de la intervención de los órganos de control, que en cierta medida dan cuenta de la falta de fundamentos de la posición adoptada por los empleadores”.

Por la Argentina integran el Consejo de Administración de la OIT un representante del Gobierno, uno del sector empleador (Pablo Dragún, de la Unión Industrial Argentina) y uno del sindicalismo (Gerardo Martínez, secretario general de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, Uocra).