
La fiscal federal Alejandra Mangano y el titular de la Procuración de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, apelaron la decisión de cerrar la causa por las irregularidades denunciadas en la licitación y construcción del Paseo del Bajo.
El 27 de diciembre 2019, el fallecido juez Claudio Bonadio había firmado el sobreseimiento del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, del ex ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, y del presidente de Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, Carlos María Frugoni, entre otros imputados. Con esa decisión, se archivó la investigación que también salpicaba a empresarios vinculados a la obra, como Angelo Calcaterra.
Ahora los acusadores apelaron la resolución y buscan que la Cámara Federal la revoque. Según sostuvieron, existen medidas de prueba pendientes en la investigación en donde aparecen “fuertes indicios de irregularidades administrativas sumado a beneficios económicos hacia empresas contratistas de obra pública sobre los que recaen dudas verosímiles acerca de su transparencia y legalidad”.
Según indicaron fuentes judiciales a Infobae, tanto Mangano como Rodríguez entendieron que el sobreseimiento y archivo de las actuaciones fue “prematuro” porque todavía faltaban medidas de prueba para esclarecer detalles en torno a las decisiones que se tomaron en la construcción de la obra. “El análisis de la documentación secuestrada reveló la existencia de indicadores de direccionamiento de las licitaciones y permitieron abrir nuevas líneas para profundizar la pesquisa, en lo que respecta a las diferentes aristas de la maniobra”, se señaló.

El Paseo del Bajo fue una de las obras más importantes de Cambiemos en la Capital Federal. “Este pavimento que estoy tocando no es relato, es real”, aseguró Mauricio Macri en un discurso de la campaña electoral, acompañado por Rodríguez Larreta y la entonces gobernadora María Eugenia Vidal. Se trata de un corredor vial de 7,1 kilómetros que conecta las autopistas Illia, 25 de Mayo y Buenos Aires-La Plata con carriles exclusivos que dividen el tránsito pesado del liviano y accesos rápidos y directos a la zona del Puerto de Buenos Aires y a la terminal de ómnibus de Retiro.
La causa penal para investigar esas obras se inició el 25 de octubre del 2018 con una denuncia de Fernando Míguez, de la Fundación del Cambio Climático, a la que luego se le sumó otra investigación realizada por la PIA. La base de la acusación se basa en si se adjudicó de forma indebida, mediante direccionamiento y a un precio mayor que el que hubiese correspondido, el tramo más oneroso de la licitación pública internacional en cuestión, en favor de la empresa IECSA.
El presupuesto de esa obra habría sido de $8.700.000.000, solventados en un 43% con fondos de la Ciudad y en un 57% con aportes nacionales, provenientes estos de un préstamo de hasta USD 400.000.000 otorgado por la Corporación Andina de Fomento (CAF), cuyo modelo fue aprobado mediante Decreto PEN 67/2017.
Esa norma delegó en el Ministro de Finanzas la suscripción del convenio y designó al Ministerio de Transporte de la Nación como “Organismo Ejecutor”, quien a su vez, mediante la suscripción de un convenio, delegó la ejecución de la obra en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires. Finalmente, la contratación de las obras fue realizada por Autopistas Urbanas S.A. (AUSA).
La parte clave de la maniobra, sostiene la fiscalía, radicaría en haber adjudicado este último tramo a la unión transitoria conformada por IECSA y Fontana Nicastro SA mediante la alteración de las normas previstas para el proceso de selección de la licitación, a través de circulares sin consulta libradas por funcionarios de AUSA. Esto habría permitido eliminar a otros posibles candidatos a quedarse con este tramo, beneficiando indebidamente a la UT en cuestión. Hay otros dos ejes más de la investigación, que apuntan a la inclusión de las obras de infraestructura civil del llamado “RER” y la remoción de un gasoducto.

Después de recolectar distinta información sobre el proceso administrativo, la licitación y los costos de la obra, el juez Bonadio decidió sobreseer al jefe de Gobierno porteño, al ex ministro de Transporte y al presidente de Autopistas Urbanas. También a Franco Moccia, ministro de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la época de los hechos investigados; y Natalia Bustos, jefa de Compras de Autopistas Urbanas Sociedad Anónima.
“No cabe más que concluir en la inexistencia de actos irregulares o ilícitos en los hechos denunciados –escribió allí Bonadio–. Nada de todo lo actuado, extensamente considerado, indica que se haya favorecido a IECSA Fontana Nicastro en forma ilegal y deliberada, en ninguno de los supuestos denunciados. La totalidad de los procedimientos observados, no exhiben cuestiones susceptibles de encuadrar en alguno de los tipos penales previstos en nuestra legislación”.
El juez también entendió en base a las medidas dispuestas en esa investigación que no existió “incumplimiento a los deberes de funcionario público” porque “ningún funcionario ha actuado de modo contrario a derecho” y “menos aún, alguna de las defraudaciones invocadas desde que no hubo ardid ni perjuicio económico”. “Las licitaciones fueron asignadas a empresas que cotizaron por porcentajes sensiblemente inferiores a los propios presupuestos estimados por el Estado al inicio de las licitaciones. Tampoco se probaron engaños, promesas ni dádivas”, se añadió.
Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, los acusadores entendieron que el sobreseimiento y archivo de las actuaciones era “prematuro” porque todavía faltaban medidas de prueba para esclarecer detalles en torno a las decisiones que se tomaron en la construcción de la obra. Hicieron referencia a medidas de prueba solicitadas por el Ministerio Público Fiscal durante el trámite de la causa que no habían sido evacuadas, además de sugerir otras nuevas. Sostuvieron que es necesario, por ejemplo, recabar declaraciones testimoniales de personas que hayan participado directamente en el proceso licitatorio, para corroborar o descartar información emanada de la documentación formalmente agregada a la causa y que forma parte del cúmulo probatorio oportunamente identificado y valorado.
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