Qué dice la ley sobre la presencia de abogados durante los allanamientos

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Carlos Beraldi, abogado de la ex presidente (Adrián Escandar)
Carlos Beraldi, abogado de la ex presidente (Adrián Escandar)

Carlos Beraldi, uno de los abogados de la ex presidente Cristina Kirchner, denunció que por orden del juez federal Claudio Bonadio, la policía le impidió presenciar el allanamiento al departamento que su cliente tiene en el barrio porteño de Recoleta, ordenado en el marco de la causa conocida como "Cuadernos de la corrupción". ¿Qué dice la ley al respecto?

El Capítulo 2 del Título III del Código Procesal Penal regula los allanamientos, que pueden ser ordenados "si hubiere motivo para presumir que en determinado lugar existen cosas vinculadas a la investigación del delito".

El artículo 228 es el que establece las formalidades del procedimiento. "La orden de allanamiento será notificada al que habite o posea el lugar donde deba efectuarse o, cuando esté ausente, a su encargado o, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se hallare en el lugar, prefiriendo a los familiares del primero. Al notificado se le invitará a presenciar el registro", dispone la norma. Esto quiere decir que la persona notificada del procedimiento debe ser invitada por la autoridad a presenciar el registro.

Según Beraldi, esa persona era él. "Yo abrí las puertas por encargo de mi cliente y puse a disposición todos los elementos del domicilio", contó. Sin embargo, dijo que no le permitieron presenciar el allanamiento. "El policía a cargo del procedimiento recibió una instrucción directa del juez para que me sacaran del domicilio y poder hacer lo que se les ocurra", denunció.

Asimismo, aclaró que al autorizar el allanamiento, el Senado "hizo específicamente mención de que el abogado defensor iba a estar dentro del domicilio para controlar el procedimiento".

A su vez, el artículo 200 del Código Procesal Penal, que regula el "derecho de asistencia" de los acusados, dispone que los abogados defensores tienen "derecho a asistir a los registro domiciliarios", así como a una amplia gama de medidas de prueba, como "reconocimientos, reconstrucciones, pericias e inspecciones". Y aclara que "las partes tendrán derecho a asistir a los registros domiciliarios".

Por eso, Berladi adelantó que pedirá la nulidad del procedimiento y presentará una denuncia penal contra Bonadio. "Es un acto de arbitrariedad del juez, uno de los tantos que ha cometido, y que ha sido apañado por el Poder Ejecutivo. Aquí no se quiere hacer ninguna inspección, sino una farsa donde el juez, una vez más, muestra la ilegalidad de su comportamiento", reprochó el abogado.

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