
El gobierno bonaerense derogó hoy los artículos de la ley que penaba con prisión a periodistas y a "terceros" que hicieran públicas las declaraciones juradas de bienes que los funcionarios del Ejecutivo, policías y penitenciarios están obligados a presentar.
En el Boletín Oficial, el gobierno de María Eugenia Vidal dio a conocer el Decreto número 661 con el que se suprimió los artículos 1, 2 y 7 del Decreto 647, que fue publicado el miércoles pasado y en el que se estableció la reglamentación de la declaración patrimonial en la provincia. En esa norma, se establecía que "los funcionarios, empleados y terceros que de algún modo vulneren el carácter y/o el contenido de estas declaraciones serán pasibles de las penas previstas por los artículos 157 y 157 bis del Código Penal".
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El artículo 157 del Código Penal establece que "será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial de uno a cuatro años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos". La publicación del decreto se dio en medio de la polémica que generó a nivel nacional la inclusión de un artículo en la ley enviada al Congreso para el pago de los juicios a jubilados, que dispone penas de prisión y multas contra quienes divulguen información sobre el blanqueo de capitales.
En ese marco y tras conocerse el polémico decreto, que fue duramente cuestionado por sectores de la oposición, la gobernadora Vidal anunció el mismo miércoles que iba a derogar los artículos que versaban sobre sanciones, situación que se conoció hoy. El nuevo decreto publicado hoy señala que sobre la reglamentación de la declaración jurada de bienes "han surgido aspectos cuya aclaración resulta pertinente para garantizar el fiel cumplimiento de la finalidad del régimen".
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Por lo que "se propicia la presente medida aclaratoria a fin de propender al fortalecimiento del régimen instituido". Finalmente derogó los artículos 1, 2 y 7 del Decreto 647, que reglamentó la obligación de funcionarios del Ejecutivo, policías y personal del servicio penitenciario bonaerense a presentar su declaración jurada patrimonial anual.
El siguiente es el texto del decreto:
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- ARTÍCULO 1°. Derogar los artículos 1°, 2° y 7º del Decreto N° 647/16.
- ARTÍCULO 2°. Tener presente lo dispuesto en el artículo precedente a los fines de la aprobación del nuevo texto ordenado del Decreto Nº116/16, en los términos del Artículo 11 del Decreto N° 647/16.
- ARTÍCULO 3°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Justicia y de Coordinación y Gestión Pública.
- ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
María Eugenia Vidal, Gobernadora
Carlos Federico Salvai, Ministro de Gobierno
Roberto Jorge Gigante, Ministro de Coordinación
Gustavo Alfredo Horacio Ferrari, Ministro de Justicia y Gestión Pública

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