
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció que seis partidos políticos tendrán derecho al denominado espacio no electoral, una modalidad de financiamiento público indirecto que estará vigente hasta las próximas Elecciones Generales. La medida fue establecida mediante la Resolución Gerencial n.° 000009-2026-GSFP/ONPE.
Las organizaciones políticas beneficiadas son Fuerza Popular, Juntos por el Perú, Partido del Buen Gobierno, Renovación Popular, Partido Cívico Obras y Ahora Nación – AN. De acuerdo con la norma, el beneficio corresponde a los partidos que obtuvieron representación en la Cámara de Diputados y/o el Senado en las elecciones inmediatamente precedentes a la fecha de asignación.
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¿Qué partidos acceden al espacio no electoral?
El Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios establece que las organizaciones políticas con representación parlamentaria tienen derecho a este espacio gratuito en medios de comunicación de propiedad del Estado. La determinación de los partidos que superaron la barrera electoral se realizó mediante las resoluciones n.° 1411-2026-JNE y n.° 1412-2026-JNE.
La primera resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) corresponde a la elección de diputados, mientras que la segunda está relacionada con la elección de senadores. Con base en estos resultados, la ONPE estableció la relación de organizaciones políticas que accederán al beneficio.

Cinco minutos mensuales en radio y televisión
Según el reglamento, cada organización política tendrá cinco minutos mensuales de espacio gratuito en los medios de comunicación de radio y televisión de propiedad del Estado. Este tiempo permitirá a los partidos y alianzas electorales nacionales con representación parlamentaria difundir sus propuestas y planteamientos.
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La norma también precisa que la renuncia de un diputado o senador al partido con el que obtuvo su representación no implica la pérdida del espacio asignado a dicha organización política. Del mismo modo, la incorporación de un parlamentario renunciante a otra organización sin representación parlamentaria no le otorga a esta última el derecho a recibir el espacio.
Uso limitado al periodo no electoral
La Ley de Organizaciones Políticas (LOP) establece que estos espacios únicamente pueden utilizarse durante el periodo no electoral. Por ello, su difusión queda suspendida desde el día siguiente de la publicación del decreto supremo que convoca a elecciones generales o regionales y municipales en todo el ámbito nacional.
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El espacio no electoral volverá a estar disponible una vez concluido el proceso electoral, tras la publicación en el diario oficial de la resolución del JNE que declara su conclusión. De esta manera, la medida permite que las organizaciones políticas beneficiarias utilicen mensualmente el espacio asignado para comunicar sus propuestas durante el periodo establecido por la normativa electoral.

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