
La Asociación de Emprendedores para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico en el Perú (AEDIVE PERÚ) alertó a los propietarios de motos eléctricas sobre los recientes cambios normativos que afectan el uso de ciclovías en el país.
Según el comunicado difundido por AEDIVE PERÚ, existe confusión sobre las diferencias entre vehículos de movilidad personal (VMP) y motos eléctricas, así como sobre los requisitos para circular en estas vías exclusivas.
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Diferencias clave entre VMP y motos eléctricas según la norma
La organización explicó que los VMP comprenden vehículos como patinetes eléctricos, segways, scooters, bicicletas eléctricas, bicimotos o trimotos eléctricas, siempre que su velocidad máxima de fábrica no supere los 25 km/h.
Estos vehículos están autorizados a utilizar las ciclovías y están exentos de trámites como tarjeta de propiedad, placa, casco, SOAT y licencia de conducir.
Por el contrario, todas las unidades eléctricas que superen los 25 km/h están obligadas a cumplir con requisitos similares a los de una motocicleta tradicional: tarjeta de propiedad, placa, casco, SOAT y licencia de conducir.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en multas, una medida que empezó a regir a partir del 2 de agosto de 2026, según lo informado por AEDIVE PERÚ.
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La dificultad de aplicar la normativa en la vía pública
Un aspecto central del comunicado es la problemática de aplicar la normativa en la práctica. AEDIVE PERÚ señala que resulta casi imposible para un policía distinguir a simple vista si un vehículo menor está autorizado o no a circular por la ciclovía.
Por ejemplo, un pequeño scooter podría estar configurado para no superar los 25 km/h, pero no existe un mecanismo sencillo para verificar esta limitación en el momento.
La asociación considera que, en estos casos, la policía no puede exigir la documentación ni imponer multas a los usuarios de VMP que cumplen con la velocidad permitida, ya que no hay forma inmediata de comprobar el incumplimiento.
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Propuestas para ordenar el uso de ciclovías
Con el objetivo de mejorar la fiscalización y el ordenamiento, AEDIVE PERÚ propone que los propietarios de VMP y vehículos eléctricos menores registren sus unidades en las municipalidades correspondientes.
A través de un proceso rápido, los usuarios presentarían su DNI y la hoja técnica del vehículo para obtener un QR distintivo. Este código permitiría a las autoridades identificar rápidamente la categoría y los requisitos de cada unidad.

Además, la organización sugiere capacitar a funcionarios municipales y a la policía nacional para que puedan identificar y escanear los QR, facilitando la supervisión y la aplicación de sanciones cuando corresponda. Esta iniciativa busca un trabajo conjunto entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), las municipalidades y la policía.
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Infracciones y sanciones contempladas en el nuevo marco
Entre las conductas sujetas a sanción, AEDIVE PERÚ menciona la ausencia de casco, licencia, placa, registro vehicular, SOAT, el uso indebido de la ciclovía por vehículos no autorizados, exceso de velocidad, maniobras peligrosas y la invasión de aceras y veredas.
La asociación considera clave consensuar y publicar una codificación clara de las infracciones para asegurar transparencia y equidad en la aplicación de la norma.
Llamado a una prórroga y asesoría gratuita para los usuarios
AEDIVE PERÚ solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que retrase la entrada en vigor de las multas por al menos un mes y medio.
Argumenta que los propietarios de estos vehículos, al momento de la compra, no habían recibido información sobre las nuevas exigencias. La asociación advierte que modificar las reglas de forma abrupta genera incertidumbre entre los usuarios.
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La entidad ofrece asesoría gratuita a propietarios, empresas y público en general para resolver dudas sobre la nueva regulación. El comunicado fue aprobado en sesión extraordinaria por el consejo directivo y consultivo de AEDIVE PERÚ.
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