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Keiko Fujimori dice que puede discrepar del fallo del TC sobre Ollanta Humala, pero “corresponde respetarlo”

Presidenta afirma que todo apuntaría a que el Ministerio Público “no ha hecho un buen trabajo” y que ello explicaría la decisión del Tribunal Constitucional

Este video muestra a Keiko Fujimori, identificada como Presidenta de la República, ofreciendo declaraciones a la prensa en Junín. Está rodeada de individuos, algunos con indumentaria de INDECI y MINDEF. La mandataria aborda temas relacionados con la supervisión de zonas afectadas por un sismo, la reconstrucción de viviendas y aulas, y asuntos legales, incluyendo el respeto a las resoluciones judiciales. La escena se desarrolla al aire libre, con micrófonos y gráficos informativos en pantalla. Es una cobertura de evento.
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La presidenta Keiko Fujimori se pronunció sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró nulo el proceso penal contra el exmandatario Ollanta Humala, incluida la condena de primera instancia de 15 años de prisión por lavado de activos.

Desde Junín, Fujimori indicó que “vivimos en un estado de derecho, y cuando se vive un estado de derecho se tienen que respetar las resoluciones, nos guste o no nos guste”

“A mí, en lo personal, en el pasado, hace cerca de ocho años atrás, me tocó una resolución que fue dolorosísima, me privaron de mi libertad. Y luego, a través de mi defensa legal, pues pudimos ganar cada una de estas resoluciones en las que yo no estaba de acuerdo”, apuntó.

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A pesar de que en el caso de Ollanta Humala el TC ratifica el criterio que usó para anular el caso Cócteles, la mandataria indicó que puede discrepar de la decisión. “Pero me corresponde respetarla. Hay que analizar los temas de fondo, pero parecería, en todo caso, que el Ministerio Público no ha hecho un buen trabajo y por eso el Tribunal Constitucional ha tomado esta decisión”, añadió.

Keiko Fujimori y Ollanta Humala
Keiko Fujimori y Ollanta Humala

Piden liberación inmediata de Humala

Los dos letrados que defienden al expresidente Ollanta Humala presentaron escritos ante la Segunda Sala Penal Nacional de Apelaciones para exigir su excarcelación inmediata, luego de que el TC anulara el proceso penal por lavado de activos en su contra.

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El abogado Edinson Huamán, en declaraciones a Canal N, señaló que la defensa informó a la sala del fallo del TC, adjuntó la sentencia y solicitó que se oficie de manera inmediata al INPE para que disponga la libertad del exmandatario. “Si el TC ya señaló que el hecho por el cual fue condenado no es delito, entonces, ¿qué hace todavía el expresidente Humala en Barbadillo?”, cuestionó. Para Huamán, “lo que debe corresponder es la inmediata libertad” y estima que eso debería ocurrir este mismo 31 de julio.

Documento oficial del Tribunal Constitucional de Perú que declara la nulidad de un proceso, junto a una imagen del expresidente Ollanta Humala con anteojos
El fallo del Tribunal Constitucional anuló las investigaciones, las resoluciones judiciales y la sentencia de 15 años de prisión contra Ollanta Humala por lavado de activos agravado. (Infobae / Fotocomposición)

Su colega Wilfredo Pedraza, en entrevista con Epicentro, apuntó en la misma dirección y pidió además “la nulidad de la sentencia y de todas las resoluciones dictadas”. “El expresidente Humala tiene preso más de quince meses por una situación que ya el TC, lo ha reiterado ahora, no es delito. Eso me parece una injusticia”, afirmó.

La sentencia del TC

El fallo a favor de Ollanta Humala fue adoptado por cinco votos contra dos, lleva fecha del 15 de julio y fue publicado el 30 de julio. El TC concluyó que la condena de 15 años de prisión que pesaba sobre Humala vulneró los principios de legalidad y tipicidad, que prohíben sancionar a una persona por actos que no constituían delito al momento de cometerlos.

El Ministerio Público acusaba al expresidente de haber convertido fondos de presunto origen ilícito —atribuidos al gobierno venezolano de Hugo Chávez y a las constructoras brasileñas Odebrecht y OAS— a través de su uso en las campañas presidenciales de 2006 y 2011. El TC, sin embargo, determinó que esa conducta corresponde a la figura de receptación patrimonial, modalidad que solo fue incorporada al ordenamiento jurídico peruano en noviembre de 2016.

Para la mayoría del colegiado, aplicar esa figura a hechos ocurridos entre cinco y diez años antes constituyó una aplicación retroactiva de la ley penal, expresamente prohibida por la Constitución. Los magistrados señalaron que los operadores de justicia “forzaron” la inclusión de la conducta bajo la Ley 27765, que regulaba el lavado de activos durante el período investigado.

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